REDI Revista Electrónica de Derecho Informático - Nbr. 1, August 1998
Xavier Ribas - Abogado.
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Esta ponencia es un extracto de la obra del mismo autor: Manual práctico sobre comercio electrónico en Internet.
INDICE - INTRODUCCIÓN - Perspectiva del comercio electrónico en Internet 1. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL 1.1 Contenidos 1.2 Diseño gráfico 1.3 Código fuente: HTML, Java, Java Script, CGI, etc. 1.4 Prueba de la titularidad: Escrow, RPI, Contratos, etc. 1.5 Derechos de terceros: imágenes, gráficos, citas, links, marcas, etc. 1.6 Conflictos entre dominios y marcas 2. REQUISITOS DE LA OFERTA 2.1 Descripción del producto o servicio: prevención de errores de interpretación del usuario 2.2 Normativa sobre publicidad 3. REQUISITOS DEL FORMULARIO DE PEDIDO 3.1 Requisitos establecidos en la LORTAD 3.2 Normativa sobre venta a distancia 3.3 Normativa sobre facturación telemática 4. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 4.1 Legislación aplicable 4.2 Arbitraje y competencia jurisdiccional 5. PRUEBA DE LA ACEPTACIÓN 5.1 Entidades certificadoras 5.2 Firma digital 6. PREVENCIÓN DE RESPONSABILIDAD CIVIL 6.1 Responsabilidad civil por contenidos 6.2 Responsabilidad civil por links 6.3 Revisión de la cobertura del seguro de responsabilidad civil 7. PREVENCIÓN DE DELITOS 7.1 Delitos en Internet 7.2 Infracción de los derechos de autor 7.3 Estafas electrónicas 7.4 Daños informáticos 7.5 Interceptación de telecomunicaciones 7.6 Uso no autorizado de terminales 7.7 Revelación de secretos 7.8 Falsedades documentales en comercio electrónico 7.9 Publicidad engañosa en Internet
Ley 26/1991, de 21 de noviembre, sobre contratos celebrados fuera de los establecimientos mercantiles. de 21 de noviembre, sobre contratos celebrados fuera de los establecimientos mercantiles.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 197 , 212 , 264 , 270
Derecho mercantil
Derecho bancario
Contratos bancarios
Tarjetas bancarias
Otras tarjetas y el comercio electrónico
Derecho de las comunicaciones
Telecomunicaciones
Redes de comunicación
Obligaciones
Contratos
Contratos informáticos
Obligaciones
Contratos
Forma del contrato
Contratación entre ausentes
Contratación electrónica
Empresa mercantil
Contratos mercantiles
Contratos electrónicos
Comercio electrónico en Internet. Aspectos jurídicos
INTRODUCCIÓN: Perspectiva del comercio electrónico en Internet. La revolución del comercio electrónico está llegando a nuestro país, y se espera que el año 98 sea el periodo de mayor crecimiento de esta modalidad, gracias a la consolidación de los nuevos protocolos que garantizarán la seguridad de las transacciones y al incremento de usuarios de la red. El hecho de que el comercio electrónico en Internet vaya dirigido prioritariamente al consumo, y en especial, a la compra compulsiva, obliga a tener en cuenta los aspectos jurídicos de la transacción, tanto en la fase de preparación de la oferta, como en la de aceptación. Las razones que impulsan a un usuario a permanecer en un web no son únicamente la utilidad y el interés de sus contenidos, sino también el atractivo de sus gráficos y el nivel de sorpresa que suscita cada sección. Ello conlleva un esfuerzo creativo que debe ser convenientemente protegido mediante las técnicas habituales del Derecho de Autor y de la Propiedad Industrial. Por otra parte, debe cuidarse el contenido del contrato on line, la adecuación de sus cláusulas a las especiales características de la contratación electrónica, y la forma en que se efectúa la transacción, con el fin de demostrar que el usuario ha prestado su consentimiento a las condiciones de la oferta. La concurrencia de oferta y aceptación, pago y entrega, puede producirse en tiempo real o de forma diferida. El software, por ejemplo, que constituye el producto más vendido a través de Internet, puede ser transferido mediante ambas modalidades. A través de una transacción en tiempo real, el usuario efectúa un "download" del programa tras cumplimentar el formulario de pedido en un entorno seguro. En el caso de la transacción diferida, el usuario obtiene una licencia de uso limitado y, tras efectuar el pago, obtiene un password que hará que el programa sea plenamente operativo. No obstante, no todas las transacciones podrán basarse exclusivamente en medios electrónicos: algunas operaciones bancarias, los negocios que deban formalizarse en documento público y la contratación de seguros de vida o altas en mutuas, que contengan datos relativos a la salud, exigirán la firma original del usuario. 1. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL 1.1 Contenidos 1.1.1 Diseño de la oferta comercial Un "web site" tiene tres elementos susceptibles de ser protegidos mediante el derecho de autor: la información que contiene, el diseño gráfico y el código fuente que debe ser interpretado por el programa navegador o "browser". Aunque el contenido es el que genera a los usuarios de Internet la necesidad de visitar un web, el diseño gráfico es el que le da su atractivo y hace que el usuario se sienta cómodo. En muchos casos, es el diseño gráfico el que, a través de las revistas especializadas, hace que los cibernautas se sientan atraídos por esa URL. En el comercio convencional, se intenta, a través de la publicidad, que la oferta sea atractiva para el consumidor potencial de un producto o servicio. En Internet, existe un gran empeño en que el atractivo de la oferta comercial sea incluso superior al que se daría en la vida presencial. Este fenómeno tiene su explicación en diversas causas, entre las que cabe destacar las siguientes: a. Al no estar presentes las partes, la imagen corporativa de la empresa depende de la apariencia estética y los contenidos del web. b. El usuario no puede apreciar directamente la calidad de los productos, por lo que debe tomar como referencia las fotografías y las explicaciones técnicas introducidas en el web. c. El aspecto estético, la comodidad del usuario, la capacidad de sorpresa que ofrezca la disposición de los contenidos, la accesibilidad de los menús, entre otros, son los elementos que diferenciarán un web con éxito de los demás. Este esfuerzo invertido en el diseño estético y funcional del web debe ser protegido jurídicamente no sólo porque constituye una creación intelectual, sino también porque representa una estrategia comercial de la empresa que puede ser copiada o imitada por la competencia. El contenido puede estar formado por obras independientes, que gozan de protección jurídica como creaciones intelectuales, pero también puede contener información o datos que no pueden ser considerados como obras protegidas, pero que al estar dispuestas y ordenadas de una manera singular, constituyen una creación intelectual reconocida en el artículo 12 de la Ley de Propiedad Intelectual. 1.1.2 Obr...
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