BOE. Boletín Oficial del Estado, October 19, 1994 (Nbr. 0250)
I - Disposiciones Generales - Jefatura del estado
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/completa-cuerpo-guardia-civil-15381541
Id. vLex: VLEX-15381541
Acceda a este documento
y pruebe vLex GRATIS durante 3 días
CHANGED by
LEY 13/1996, de 30 de Diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del Orden social.

Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública. de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública. - Artículo 25
Ley Orgánica 11/1991, de 17 de junio, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil. de 17 de junio, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.
Ley 20/1981, de 6 de Julio, de Creacion de la Situacion de Reserva activa y Fijacion de las Edades de Retiro para el Personal militar profesional. de 6 de Julio, de Creacion de la Situacion de Reserva activa y Fijacion de las Edades de Retiro para el Personal militar profesional. - Artículo 4
Ley Organica 5/1985, de 19 de Junio, del Regimen electoral general. de 19 de Junio, del Regimen electoral general. - Artículo 108
LEY 28/1994, de 18 de Octubre, por la que se completa el Regimen del Personal del Cuerpo de la Guardia civil.
JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren, Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley: EXPOSICION DE MOTIVOS La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, dispone, en su artículo 13, que el régimen estatutario de la Guardia Civil será el establecido en la propia Ley y en el ordenamiento militar, y que el Cuerpo de la Guardia Civil se estructura jerárquicamente según los diferentes empleos, de conformidad con su naturaleza militar. El régimen del personal militar profesional está contenido actualmente en la Ley 17/1989, de 19 de julio, Reguladora del Régimen de Personal Militar Profesional, y las disposiciones que la desarrollan. El régimen del personal profesional de la Guardia Civil se establece conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1986 y, además, se basará en lo establecido por la Ley 17/1989, con arreglo a su artículo 4. La aplicación de la Ley 17/1989 al personal profesional de la Guardia Civil hace necesaria la introducción de modificaciones en el régimen vigente, cuales son: La distribución de los Oficiales del Cuerpo en dos Escalas, Superior y Ejecutiva, de acuerdo con el distinto nivel de titulación exigido para el acceso a una u otra. La creación de una Escala que incluya a Cabos y Guardias Civiles, la determinación de...Try vLex for FREE for 3 days
Access legal information from Spain including:
Try vLex without any commitment for 3 days and see why you need it.
3
days of Free Access
If you are already a vLex customer, Access Here