Actualidad Jurídica (Uría & Menéndez) - Nbr. 19, April 2008
Agustín González . Marco Zambrini - Área de Derecho Mercantil de Uría Menéndez (Madrid y Barcelona)
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Legislación. Jurisprudencia. Decisiones de Autoridades Administrativas

Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículos 18 , 20
Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico. de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico. - Artículo 38
Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. de 9 de julio, Concursal.
Comunicación, tecnología y ocio
Comunicación, tecnología y ocio.Esta sección de Derecho de la Comunicación, Tecnología y Ocio ha sido coordinada por Agustín González y Marco Zambrini. Para su elaboración han contado con la colaboración de Cecilia Álvarez, Rafael Izquierdo, Asier Crespo, Leticia López-Lapuente, Sandra Sanz, José Soria y Nicolás Toribio, del Área de Derecho Mercantil de Uría Menéndez (Madrid y Barcelona). 1. Legislación Unión Europea Directiva 2007/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2007 por la que se modifica la Directiva 89/552/CEE del Consejo sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva (DOUE de 18 de diciembre de 2007) Modificación de la Directiva de Televisión Sin Fronteras En el año 2001 se inició el proceso de revisión de la conocida como «Directiva de Televisión sin Fronteras», pieza angular del ordenamiento jurídico comunitario en materia audiovisual. Ese proceso de revisión ha concluido recientemente con la aprobación de la Directiva 2007/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2007, que trata de modernizar el marco regulador de las actividades de radiodifusión televisiva y, más en concreto, adaptar dicho marco a las novedades tecnológicas aplicadas a los servicios de comunicación audiovisual. En cualquier caso, la Directiva 2007/65/CE sigue basculando sobre el concepto de responsabilidad editorial, elemento esencial para definir el papel del prestador del servicio de comunicación audiovisual, responsable de los contenidos emitidos y sujeto pasivo, en fin, de las obligaciones previstas en la norma que comentamos. Igualmente, el principio de control en origen o país de origen sigue siendo nuclear en la Directiva 2007/65/CE, con el doble objetivo de garantizar la libre circulación de información y la creación de un mercado interior en el que se homogenicen, en la medida de lo posible, las normas que se aplican a servicios audiovisuales en general y a los de comunicación audiovisual a petición, muy en particular. N...
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