BON. Boletín Oficial de Navarra, September 10, 2003 (Nbr. 116)
I - Comunidad Foral de Navarra
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 2 , 59 , 132
DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES. Resolución de expedientes sancionadores.
DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES. Resolución de expedientes sancionadores.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de las Resoluciones (P.S.T.) que se relacionan a continuación, se procede a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley. Resolución expediente sancionador RESOLUCION (P.S.T.) 4622/2003, de 1 de julio, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se sanciona con multa de 300 euros, a Serrano Jauregui, José Angel, con D.N.I./N.I.F. número 15727970H. Con fecha 23/09/2002, se notificó a Serrano Jauregui, José Angel, la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3053/02, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-9545-AN, el día 18/06/2002 en el km 108 de la carretera N-232, por circular con un limitador de velocidad que no funciona correctamente, al no entrar en funcionamiento, siendo la velocidad máxima permitida 90 km/h. Comprobación realizada con calculadora HTC, modelo 1602, número de serie 003165. Visto el informe de el/la instructor/a, y analizadas las alegaciones presentadas, se confirma toda vez que el hecho queda acreditado por el informe del Agente en el cual además de ratificarse en el hecho, facilita al interesado información de cómo se realizó la medición, dando contestación así al certificado de la casa Iveco presentado por el denunciado. Remitido este documento al interesado al domicilio fijado por él mismo para que alegare lo que a su derecho conviniere, fue d...Try vLex for FREE for 3 days
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