Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, April 26, 2006 (Nbr. 4621)
Disposiciones Generales
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Id. vLex: VLEX-20373714
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RESOLUCIÓN TRI/1141/2006, de 9 de febrero, por la que se dispone el registro y la publicación del Acuerdo de condiciones de trabajo para el personal funcionario del Ayuntamiento de Ulldecona (código de convenio núm. 4302772).
RESOLUCIÓN TRI/1141/2006, de 9 de febrero, por la que se dispone el registro y la publicación del Acuerdo de condiciones de trabajo para el personal funcionario del Ayuntamiento de Ulldecona (código de convenio núm. 4302772). Visto el texto del Acuerdo de condiciones de trabajo para el personal funcionario del Ayuntamiento de Ulldecona, suscrito por las partes negociadoras en fecha 13 de abril de 2005, y presentado por las mismas partes en fecha 19 de enero de 2006, y de conformidad con lo que establecen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y los artículos 11.2 y 37.4 de la Ley orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, del Estatuto de autonomía de Cataluña, Resuelvo: .1 Disponer el registro del Acuerdo de condiciones de trabajo para el personal funcionario del Ayuntamiento de Ulldecona (código de convenio núm. 4302772), en el Registro de convenios de los Servicios Territoriales de les Terres de l'Ebre. .2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Notifíquese esta Resolución a la Comisión Negociadora del Convenio colectivo. Tortosa, 9 de febrero de 2006 Fermí Andrés i Molins Director de los Servicios Territoriales en Les Terres de l'Ebre Traducción del texto original firmado por las partes Acuerdo de condiciones de trabajo para el personal funcionario del Ayuntamiento de Ulldecona Capítulo I Disposiciones generales Artículo 1 Ámbito funcional El presente Acuerdo de condiciones tiene como finalidad la regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Ulldecona. Artículo 2 Ámbito personal Los pactos contenidos en este Acuerdo se aplican tanto en lo que respecta al personal funcionario de carrera como interino del Ayuntamiento de Ulldecona. Se excluyen expresamente los puestos de trabajo reservados al personal eventual que ocupe cargos de confianza o asesoramiento especial, así como a los cargos electos de la corporación. Artículo 3 Ámbito temporal Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su ratificación por el Pleno Municipal, aunque todos los efectos que de él se deriven empezarán su vigencia el 1 de enero de 2005, y finalizarán el 31 de diciembre de 2007, y será tácitamente prorrogable de año en año a partir de esta fecha, excepto en el caso de denuncia expresa y escrita de alguna de les partes, formulada con un mínimo de 3 meses de antelación del plazo final de vigencia o a partir de alguna de sus prorrogas. La intención de los firmantes del presente pacto es equiparar el personal funcionario del Ayuntamiento de Ulldecona a los funcionarios de la Generalidad de Cataluña. Como la duración del presente pacto sólo permite reducir la diferencia salarial entre los dos colectivos mencionados, los firmantes ...
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