El consejo superior del audiovisual en Francia

Revista catalana de derecho público - Nbr. 34, May 2007

Jean-Louis Autin - Profesor de Derecho Público en la Universidad de Montpellier 1 y Director del Centro de Investigación y Estudios Administrativos de Montpellier.
Permanent Link: http://vlex.com/vid/consejo-superior-audiovisual-francia-62383443
Id. vLex: VLEX-62383443

Acceda a este documento
y pruebe vLex GRATIS durante 3 días

Previous | Nbr. 34, May 2007 | Next

Sponsored Ads:


Summary:

I. Introducción 1 La liberalización del sector audiovisual 2 La creación del Consejo Superior del Audiovisual 3 El problema del estudio II. Una autoridad pública atípica A. Unas amplias atribuciones 1 Disponer de un poder reglamentario especial 2 Tomar medidas individuales 3 Ejercer una magistratura de influencia B. Una misión de regulación independiente 1 Una regulación problemática 2 Una relativa independencia III. Un control jurisdiccional ordinario A. Las dudas iniciales 1 La controversia en torno al control jurisdiccional 2 La opción del orden jurisdiccional administrativo B. Adopción de soluciones clásicas 1 El control de legalidad 2 El contencioso de la responsabilidad IV. Conclusión V. Bibliografía sumario

Citations:

Headnotes:

Extract:

El consejo superior del audiovisual en Francia

I. Introducción

La creación del dispositivo francés de regulación del audiovisual se sitúa históricamente en el cruce de dos evoluciones: la primera, relativa a los cambios que tuvieron lugar en el régimen jurídico del sector de la comunicación audiovisual a principios de los años ochenta, y la segunda, en lo referente a la aparición, en el mismo periodo, de una nueva categoría institucional denominada autoridades administrativas independientes (AAI).

1. La liberalización del sector audiovisual

Hasta finales de los años setenta, el paisaje audiovisual francés estaba dominado por el monopolio que ejercía el Estado sobre los servicios de radiodifusión y televisión. Únicamente las formas de gestión de este monopolio habían evolucionado en el tiempo. La explotación inicial directa del Estado (1945) fue sustituida en 1959 por la gestión desde un organismo público de carácter industrial y comercial: la RTF, que en 1964 se convierte en la ORTF el 1964. Posteriormente, en 1974, la ORTF da lugar a una pluralidad de instituciones, siempre controladas por el Estado, especializadas en la producción, realización y programación, difusión y conservación de los archivos. En 1981, con el inicio de la presidencia de F. Mitterrand, se entabla un debate ante la necesidad de suprimir este monopolio. Se pone de manifiesto una doble exigencia:

- Una exigencia económica vinculada a la desaparición inevitable del monopolio, dadas las mutaciones tecnológicas y la emergencia de un número considerable de radios privadas que, dotadas normalmente de importantes medios financieros y materiales, empezaban a emitir de forma anárquica.

- Una exigencia política vinculada al deseo de promover la libertad de comunicación y el pluralismo de expresión de las corrientes de pensamiento, varios de cuyos episodios de la vida pública nacional acababan de demostrar su fragilidad.

2. La creación del Consejo Superior del Audiovisual

Unos años más tarde, se manifestó otra tendencia en la evolución de nuestro derecho administrativo y en nuestras instituciones públicas que modificaba sensiblemente el espíritu que velaba por su funcionamiento: búsqueda de una transparencia más amplia, deseo de equidad y promoción de un estado imparcial, con la voluntad de alejar el aparato administrativo de las influencias de las disputas partidistas. Estas preocupaciones debían encontrar su traducción institucional en la emergencia de una categoría totalmente inédita, extranjera respecto a nuestras tradiciones jurídicas: la de las autoridades administrativas independientes. La primera acababa de crearse en 1978 para garantizar la protección de las señas personales introducidas en ficheros informatizados pertenecientes a administraciones y grandes empresas.1 Se extendió rápidamente que una fórmula institucional como ésta podía aplicarse a otros ámbitos sensibles, donde la libertad se somete a la codicia de diferentes poderes. Y así sucedió en el sector que nos interesa cuando, en 1982, nació la Alta Autoridad de la Comunicación Audiovisual (HACA), calificada posteriormente de AAI por el Consejo Constitucional.2 Este organismo difícilmente llegó a encontrar su lugar en nuestro dispositivo institucional, y rápidamente se convirtió en el objeto de disputas políticas. Su denominación y régimen cambiaron dos veces: en 1986, la Alta Autoridad fue sustituida por la Comisión Nacional para la Comunicación y las Libertades (CNC...



Activate your free trial now

Make your order

Need help? Contact us

Try vLex for FREE for 3 days

Access legal information from Spain including:

  • Forms and Contracts
  • Collective Agreements
  • Case Law
  • Legislation
  • Books and Journals
  • Legal News

Try vLex without any commitment for 3 days and see why you need it.

3

days of Free Access



If you are already a vLex customer, Access Here

Sponsored Ads:


Other documents:
notificacion de sentencia en juicio de faltas, expediente numero 7... | recargo de las prestaciones de la seguridad social: un supuesto específico de punitive damages | Tornadoes Kill at Least Four, Level Buildings in Two States | DECRETO Nº 66460, DE 20 DE ABRIL DE 1970. Prorroga o Prazo para Execução Dos Serviços Concernentes Aos Registros Publicos, Regulados Pelo De... | Regolamento CE n 424/98 della Commissione del 20 febbraio 1998 relativo alla fornitura di zucchero bianc... | Junta Comercial Do Estado de São Paulo | arrete du 3 mars 2003 relatif aux marges des medicaments remboursables | Acórdão Nº 70030380059 of Tribunal de Justiça do RS Segunda Câmara Especial Cível of June 24 2009 | Decisions n 01-0263B/R9564 of Commission Permanente de Recours des Ref... | 7 CFR 987.20 Part and subpart. | Exito en el primer trasplante completo de intestinos a un adulto en Espana | La fiesta mayor del barrio se alarga en las madrugadas con juergas espontáneas, amenizadas con ...

Previous | Nbr. 34, May 2007 | Next