REDI Revista Electrónica de Derecho Informático - Nbr. 29, December 2000
Katitza Rodriguez Pereda - Directora de Contenidos Vlex.com.pe
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Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico) de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico)
Derecho de las comunicaciones
Telecomunicaciones
Redes de comunicación
Obligaciones
Contratos
Contratos informáticos
Empresa mercantil
Contratos mercantiles
Contratos electrónicos
Tratamiento jurídico de los contenidos nocivos e ilícitos que circulan en Internet.
I. Introducción
Internet ha creado nuevas formas de comunicación e intercambio de información, su naturaleza ha hecho que este intercambio se realice de forma inmediata y sin control. Internet no tiene un centro rector que dirija o apruebe el contenido que libremente circula en ella. Es controlada por todos los usuarios y son los usuarios los que deciden pasar de un servidor a otro y elegir el contenido que desean ver sin ser identificados por su nombre real, su sexo ni por su edad. Internet también es el soporte ideal para difundir a través de sus herramientas (chat, correo electrónico, listas de interés, foros de discusión, FTP, buscadores) contenidos (en formato texto, imagen, animación y/o sonido), que afecten el desarrollo del menor y/o archivos ilícitos que atenten contra la dignidad humana. En ese sentido, surgieron diversos intentos por controlar el contenido que circula en ella. Cabe resaltar que este trabajo analizará el tratamiento jurídico de los contenidos nocivos e ilícitos que circulan en Internet, tomando como ejemplo la pornografía como contenido obsceno que afecta el desarrollo del menor y la pornografía infantil, como contenido ilícito. Por tal motivo, quisiéramos destacar la diferencia entre cada uno de estos diferentes contenidos, los cuales tienen soluciones igualmente diferentes. II. Los contenidos en el tiempo a) En un principio, Internet fue utilizado para fines militares, el acceso era muy restringido por ende los contenidos que circulaban eran contenidos secretos de índole militar por lo cual no existía ningún tipo de cuestionamiento sobre su circulación. b) Luego, Internet fue usado para fines académicos y científicos, en consecuencia los contenidos que circulaban eran referidos a éstos rubros. c) Hasta este momento los gobiernos no se preocupaban por regular los contenidos que circulaban en Internet; ya que muy pocas personas en el ámbito internacional tenían acceso a ella. A partir de 1990, el acceso a Internet se abrió a toda la comunidad internacional y en consecuencia los contenidos comenzaron a incrementarse, empezaron a circular todo tipo de contenido, entre los cuales se encontraban los nocivos para menores e ilícitos. La circulación de éste tipo de contenido en un principio fue tolerado por los usuarios de Internet, luego al darse cuenta los gobiernos de la cantidad de contenido de esta índole que circulaba libremente en Internet, surgió la intención de controlar el contenido que circulaba en Internet sea regulándolo, autorregulándolo o co-rregulándolo III Tratamiento jurídico de los contenidos nocivos e ilícitos en Internet 3. 1 Tratamiento jurídico de los contenidos nocivos que circulan en Internet 3.1.1 Regulación del contenido nocivo: La pornografía La pornografía es el carácter obsceno de obras literarias o artísticas(ii). Lo obsceno depende de diferencias culturales, morales y sociales. Cada país puede determinar que es obsceno para ellos, siendo su concepto de obscenidad muy distinta a la de otro país. La pornografía es un contenido lícito para mayores, sin embargo éstos contenidos suelen ser una ofensa a los valores o sentimientos de algunas personas, y ...Try vLex for FREE for 3 days
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