España: El derecho a controlar la información personal. (Actualizado).

REDI Revista Electrónica de Derecho Informático - Nbr. 49, August 2002

Dr. Esteban Ruíz Martínez - Autor de la obra: 'Los informes comerciales y el derecho a la información'
Permanent Link: http://vlex.com/vid/controlar-informacion-personal-actualizado-165797
Id. vLex: VLEX-165797

Acceda a este documento
y pruebe vLex GRATIS durante 3 días

Previous | Nbr. 49, August 2002 | Next

Sponsored Ads:


Citations:

Headnotes:

Extract:

España: El derecho a controlar la información personal. (Actualizado).

El objetivo del presente trabajo será analizar el derecho humano a controlar la información personal a partir de las características, necesidades, valores y naturaleza de la persona humana y su comunidad, en especial su injerencia sobre la actividad informativa que utiliza datos personales, procesándolos en sistemas informáticos y/o cuando la información personal se difunda al público[1].

No se encontrará en este trabajo una exposición pacífica de conceptos ya dados, sino que se cuestionará libremente sobre el fundamento, alcance y características de este derecho a controlar la información personal.

A) Una nueva realidad:

La búsqueda de este nuevo derecho surge a raiz de la informática y la multiplicidad de medios tecnológicos disponibles en nuestra sociedad para captar información personal, pues a través de la informática es que se han conformado bases de datos casi intangibles y con una facultad de procesamiento casi sin límites en el espacio y el tiempo. Tal realidad tecnológica es la que pone en serio riesgo los derechos individuales y la que nos convoca día a día para acompañarla con un adecuado ordenamiento jurídico.

A través de la ciencia actual los fenómenos naturales son traducidos en información inteligible y procesable[2], siendo una realidad que gran parte de los actos humanos son convertidos a información. En tal sentido, somos emisores constantes de información y es natural que la captemos y/o querramos captarla, pues hace a nuestra condición natural. Por ello, varios de nuestros actos cotidianos son comunicados a terceros con una velocidad y facilidad antes inimaginable, en especial dentro de la red informática INTERNET (y sus peculiares 'cookies'[3]).

Podemos enumerar, de entre muchos, los siguientes ejemplos sobre la traducción de nuestros actos a información: el registro de nuestros llamados telefónicos; cuando adquirimos un bien e ingresan nuestros datos en una computadora (aunque sólo sea para formalizar una factura); las operaciones con tarjetas de crédito o cajeros automáticos; operaciones con bancos a través de una cuenta corriente o caja de ahorro; al navegar por internet; al utilizar los servicios de nuestra obra social; al realizar operaciones de seguro; cuando compramos pasajes de larga distancia; etc.. Tal realidad actual es inevitable. La sociedad utilizará cada vez más los distintos medios tecnológicos, por cuanto nos resulta más sencillo, cómodo y eficiente para nuestra vida cotidiana.

Ahora bien, la facultad de traducir nuestros actos en 'información disponible' (procesable) es: a) Una necesidad humana, que hace al derecho fundamental a conocer y estar informado. En tal sentido, es natural al hombre el pretender conocer el mundo que lo rodea, en todos sus ámbitos; b) Es necesario para el bien común, pues la comunidad toda se beneficia con el aumento del conocimiento sobre el medio en que se desarrolla, configurando un hecho positivo y necesario para el mejor desarrollo económico[4].

En tal sentido, podemos afirmar sin temor a error que el procesamiento de información es una actividad que hace al desarrollo básico de la persona y asimismo un bien de alto valor para nuestra sociedad y fuente de progreso, conformando parte del bienestar comunitario.

Nuestra época se denomina como 'la sociedad de la información' [5] y ya es prioridad de los organismos gubernamentales y no gubernamentales, el velar por un correcto desarrollo y utilización de las 'tecnologías de la información y comunicación' (TIC), dado que afecta a todos los sectores y aspectos de la comunidad (laborales, empresariales, de la salud, educación, etc) [6].

Por otro lado, y en contrapartida, el surgimiento de las nuevas tecnologías introduce altos riesgos sociales y conflicto de intereses, dando lugar a la acumulación de poder a través de la información[7], como bien describe Perez Luño[8]: 'En las sociedades informatizadas del presente, el poder ya no reposa sobre el ejercicio de la fuerza física, sino sobre el uso de información que permite influir y controlar la conducta de los ciudadanos, casi sin necesidad de recurrir a medios coactivos[9]. Por ello, la libertad personal y las posibilidades reales de intervenir en los procesos sociales, económicos o políticos se hallan determinadas por el acceso a la información'.

Tomar conciencia de esta situación implica reconocer, como afirma Adalbert Podlech, que en la coyuntura política actual la aceptación o no del orden social y jurídico por parte de los ciudadanos depende del correcto planteamiento que pueda hacerse de problemas tales como la protección de datos personales, del ambiente o de la manipulación genética.'

Ante esta realidad, una de las cuestiones críticas radica en quién y cómo se controla la información. Siendo la información un sinónimo de 'poder', cuanto más se acumule y pueda procesarse, más poder se tendrá.

Cuando decimos 'poder' nos referimos no sólo al poder político, sino a cualquiera de sus manifestacione...



Activate your free trial now

Make your order

Need help? Contact us

Try vLex for FREE for 3 days

Access legal information from Spain including:

  • Forms and Contracts
  • Collective Agreements
  • Case Law
  • Legislation
  • Books and Journals
  • Legal News

Try vLex without any commitment for 3 days and see why you need it.

3

days of Free Access



If you are already a vLex customer, Access Here

Sponsored Ads:



Documentos Relacionados:


Revista de Derecho vLex (January 2002)

El derecho a controlar la información personal

REDI Revista Electrónica de Derecho Informático - Nbr. 55, February 2003

La problemática de la utilización de los medios de comunicación de la empresa.

REDI Revista Electrónica de Derecho Informático - Nbr. 33, April 2001

El Bien Jurídico en el Delito Informático.

Other documents:
ACUERDO de 11 de febrero de 1998 de la Comisión del Distrito Unico Universitario de ... | Sommaire | charles hill et al. petitioners v united states department of labor tennessee valley authority respondents. 65 f.3d 1331 6th... | 326075 - Bodegas del Pago de Penuelas Sl. | Aviso n.º 24564/2008 de 06 de Outubro de 2008 | Bij vonnis, gewezen door de rechtbank van eerste aanleg te Gent op 7 juni 2001, werd de akte, verleden voor Mr. Jan Myncke, notaris te Gent, op 2... | Acordao N 70018568790 of Tribunal de Justica do RS Decima Quarta Camara Civel of November 29 2007 | Acórdão Nº 70020595500 of Tribunal de Justiça do RS Quarta Câmara Cível of October 17 2007 | nº 1999.01.00.099387-3 of tribunal regional federal da 1a região, of septembe... | Regolamento CE n 577/2000 della Commissione del 16 marzo 2000 che modifica il regolamento CEE n 2219/92 relativo alle modalita di app... | decisao n 2005.02.01.011482-2 of tribunal regional federal da 2a regiao of december 14 2005 | POLÍTICAS INDUSTRIALES La apuesta por la diversificación y el desarrollo tecnológico | Bundesgesetz vom 21. Feber 1983 uber die Anwendung der Wahlwerbungskostenbeschrankung gema de...

Previous | Nbr. 49, August 2002 | Next