Resolución de 6 de octubre de 2008, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Acuicultura Marina de Andalucía (Cód. 7100375).

BOJA. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, October 22, 2008 (Nbr. 210)

3. Otras Disposiciones - CONSEJERIA DE EMPLEO
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Resolución de 6 de octubre de 2008, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Acuicultura Marina de Andalucía (Cód. 7100375).

Visto el texto del Convenio Colectivo de la empresa Acuicultura Marina de Andalucía (Cód. 7100375), recibido en esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social en fecha 4 de agosto de 2008, suscrito por la representación de la empresa y la de los trabajadores con fecha 31 de julio de 2008 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 1.040/81, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias y Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril de las Vicepresidencias y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto del Presidente 13/2008, de 19 de abril, por el que se designan los Consejeros y Consejeras de la Junta de Andalucía, esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social,

RESUELVE

Primero. Ordenar la inscripción del Convenio Colectivo en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de ámbito interprovincial con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Remitir un ejemplar del mencionado Convenio al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales para su depósito.

Tercero. Disponer la publicación de dicho Convenio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de octubre de 2008.- El Director General, Juan Márquez Contreras.

IV CONVENIO COLECTIVO

ACUICULTURA MARINA DE ANDALUCÍA

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1.º Ámbito territorial.

Artículo 2.º Ámbito funcional.

Artículo 3.º Ámbito personal.

Artículo 4.º Vigencia y duración.

Artículo 5.º Revisión-denuncia.

Artículo 6.º Absorción y compensación.

Artículo 7.º Garantías Ad Personam.

CAPÍTULO II

Organización del trabajo, ingresos, ceses y clasificación del personal

Artículo 8.º Organización del trabajo.

Artículo 9.º Facultad de dirección.

Artículo 10.º Período de prueba.

Artículo 11.º Formas de contratación.

Artículo 12.º Clasificación profesional.

CAPÍTULO III

Jornada, horario y descansos

Artículo 13.º Jornada laboral.

Artículo 14.º Trabajos a turnos.

Artículo 15.º Horas extraordinarias.

Artículo 16.º Vacaciones.

CAPÍTULO IV

Disposiciones económicas

Artículo 17.º Retribuciones.

Artículo 18.º Conceptos salariales.

Artículo 19.º Salario Convenio.

Artículo 20.º Plus de especialización.

Artículo 21.º Plus de asistencia.

Artículo 22.º Plus de transporte.

Artículo 23.º Promoción económica.

Artículo 24.º Gratificaciones extraordinarias.

Artículo 25.º Dietas y locomoción.

Artículo 26.º Compensación de días de descanso y festivos.

Artículo 27.º Nocturnidad.

CAPÍTULO V

Seguridad y salud laboral

Artículo 28.º Salud y seguridad laboral.

Artículo 29.º Reconocimientos médicos.

Artículo 30.º Servicios e higiene.

Artículo 31.º Prendas y equipos de trabajos.

Artículo 32.º Capacidad disminuida.

Artículo 33.º Higiene personal.

CAPÍTULO VI

Ayudas sociales y complementarias

Artículo 34.º Seguro de vida o invalidez.

Artículo 35.º Indemnización complementaría por incapacidad temporal.

Artículo 36.º Permisos retribuidos.

Artículo 37.º Permisos no retribuidos.

Artículo 38.º Trabajadores con cargos públicos o sindicales.

Artículo 39.º Cuota sindical.

Artículo 40.º Información a los representantes de los trabajadores.

Artículo 41.º Reuniones en el centro de trabajo.

Artículo 42.º Comisión Paritaria.

CAPÍTULO VII

Régimen disciplinario

Artículo 43.º Régimen disciplinario.

Cláusula de descuelgue

Única.

CLÁUSULAS TRANSITORIAS

Transitoria primera.

Transitoria segunda.

Transitoria tercer...



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