Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, December 23, 2002 (Nbr. 3787)
Disposiciones Generales
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Id. vLex: VLEX-19335902
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RESOLUCIÓN TIC/3696/2002, de 18 de noviembre, por la que se ordena la inscripción, el depósito y la publicación del Convenio colectivo de trabajo de Fomento de Construcciones y Contratas, SA, de Figueres, para 2002-2003 (código de convenio núm. 1700681).
RESOLUCIÓN TIC/3696/2002, de 18 de noviembre, por la que se ordena la inscripción, el depósito y la publicación del Convenio colectivo de trabajo de Fomento de Construcciones y Contratas, SA, de Figueres, para 2002-2003 (código de convenio núm. 1700681). Visto el texto del Convenio colectivo de trabajo de Fomento de Construcciones y Contratas, SA, de Figueres, para 2002-2003, suscrito de una parte por los representantes de la empresa y de la otra por la de los trabajadores el día 6 de junio de 2002, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido del Estatuto de los trabajadores; el Decreto 326/1998, de 24 de diciembre; el artículo 11.2 de la Ley orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, del Estatuto de autonomía de Cataluña, y otras normas concordantes, Resuelvo: -1 Ordenar la inscripción del Convenio colectivo de trabajo de la empresa Fomento de Construcciones y Contratas, SA, de Figueres, para 2002-2003 (código de convenio núm. 1700681), en el Registro de convenios de la Delegación Territorial de Trabajo, Indústria, Comercio y Turismo de Girona. -2 Ordenar el depósito en la oficina correspondiente de esta Delegación. -3 Disponer que el citado Convenio se publique en el DOGC. Notifíquese esta Resolución a la Comisión Negociadora del Convenio. Girona, 18 de noviembre de 2002 Montserrat González i Falcó Delegada territorial de Girona en funciones Transcripción literal del texto firmado por las partes CONVENIO colectivo de trabajo de la empresa Fomento de Construcciones y Contratas, SA, en su centro de trabajo de Figueres Capítulo 1 Normas generales Artículo 1 Ámbito funcional, personal y territorial El presente Convenio será de aplicación para todo el personal que preste sus servicios en el centro de trabajo de la empresa Fomento de Construcciones y Contratas, SA en su centro de Figueres, adscrito a los servicios de limpieza pública, riegos, recogida de basuras domiciliarias y otros residuos relativos a la adjudicación del Ayuntamiento de Figueres, o adscrito a los servicios otorgados a la empresa en otros municipios o pueblos del Alt Empordà, y que se organice su trabajo desde este centro, a excepción de Llançà, Portbou y Port de la Selva que tienen además convenio propio. En el ámbito personal afecta concretamente a los empleados relacionados en el Anexo 1, relación que distingue la adscripción actual de los empleados nominados en la misma a la adjudicación de Figueres o al resto de contratas o concesiones (Alt Empordà), lo que se especifica sin perjuicio del contenido del punto anterior y a efectos de cualquier posible futura subrogación por supresión a la empresa de sus actuales concesiones, que se estará a lo dispuesto en el artículo 49 del Convenio general del sector, en el ámbito señalado en este artículo. Estando previsto que durante la vigencia del presente Convenio cambie el adjudicatario de la concesión cuyo titular es el Ayuntamiento de Figueres, la Disposición final concreta las condiciones que continuarán con F...
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