Resolución de 19 de febrero de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Coperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convocan subvenciones a las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, correspondiente al año 2009.

BOE. Boletín Oficial del Estado, March 11, 2009 (Nbr. 60)

III - Otras Disposiciones - Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
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Resolución de 19 de febrero de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Coperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convocan subvenciones a las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, correspondiente al año 2009.

Según lo previsto en las bases tercera y duodécima de la Orden AEC/1303/2005, de 27 de abril (Boletín Oficial del Estado n.º 113, de 12 de mayo de 2005), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a organizaciones no gubernamentales de desarrollo para la realización de intervenciones en materia de cooperación internacional para el desarrollo, y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo II del Título I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado n.º 276, de 18 de noviembre) y los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado n.º 285, de 27 de noviembre) procede efectuar la correspondiente convocatoria y la determinación de los proyectos de cooperación para el desarrollo que podrán ser objeto de financiación, sus requisitos y prioridades, así como los créditos presupuestarios a los que deben imputarse las correspondientes subvenciones.

En atención a lo expuesto, previo informe de la Abogacía del Estado en la AECID, he tenido a bien disponer:

Primero. Convocatoria.-La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, con cargo a los créditos 12.401.143A.484 y 12.401.143A.486 de los Presupuestos Generales del Estado y por unos importes de 25.971.970 y 33.429.003,31 euros respectivamente, convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2009.

De acuerdo con lo establecido en el art. 58.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la cuantía máxima de las subvenciones a conceder podrá ser incrementada en un importe adicional máximo de 10.000.000,00 de euros, cuando exista un aumento de los créditos disponibles derivado de la aprobación de ampliaciones de crédito y/o como consecuencia de haberse reconocido o liquidado obligaciones derivadas de convocatorias anteriores por importe inferior a la subvención concedida, siempre que se trate de convocatorias con cargo a los mismos créditos presupuestarios.

En todos los casos la efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, que deberá efectuarse en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

Segundo. Objeto y finalidad.

1. Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de proyectos en materia de cooperación internacional para el desarrollo que realicen las organizaciones no gubernamentales de desarrollo en colaboración con la política de cooperación española.

Se entenderá por proyecto de cooperación para el desarrollo un conjunto de acciones diseñadas para lograr un objetivo específico de desarrollo en un periodo determinado, en un país y para una población beneficiaria predefinida, cuyos efectos deben ser perdurables una vez finalizada su ejecución. Los proyectos son un instrumento de financiación anual, pudiendo extenderse la duración de su ejecución a un periodo de mayor duración hasta un máximo de 24 meses. Las ampliaciones superiores a tres meses sobre la fecha prevista de finalización en la formulación del proyecto deberán ser autorizadas por la AECID.

2. La finalidad de las subvenciones es el cumplimiento de los objetivos de desarrollo que se contemplan en el Plan Director de la Cooperación Española 2009-2012, así como en las prioridades que define la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo en esta convocatoria. De acuerdo con las prioridades geográficas establecidas en dicho Plan, se asignará a proyectos en el conjunto de los países de Asociación Amplia, el 65 por 100 de los créditos asignados a la misma, y a proyectos en Países Menos Adelantados (PMA) un importe mínimo del 25 por 100. Si no se alcanzasen los citados porcentajes, el remanente resultante se acumulará a los fondos destinados al resto de proyectos. 3. Del crédito pres...



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