ORDEN de 3 de septiembre de 2004, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Justicia y Administración Pública y a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, adaptándola al Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre...

BOJA. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, September 20, 2004 (Nbr. 184)

3. Otras Disposiciones
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ORDEN de 3 de septiembre de 2004, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Justicia y Administración Pública y a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, adaptándola al Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre...

ORDEN de 3 de septiembre de 2004, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Justicia y Administración Pública y a la Consejería para la Igualdady Bienestar Social, adaptándola al Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías.

El artículo 4 del Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías (BOJA Extraordinario núm. 3, de 25 de abril de 2004 y BOJA núm. 91, de 11 de mayo de 2004), establece que corresponden a la Consejería de Justicia y Administración Pública las competencias que actualmente tiene atribuidas, salvo las relativas a la política informática dela Administración de la Junta de Andalucía. Asimismo, le corresponden las competencias que actualmente tiene atribuidas la Consejería de Asuntos Sociales ejercidas por la Dirección General de Reforma Juvenil.

Dicha reorganización requiere la inmediata distribución de puestos de trabajo, inicialmente, procedentes de la Consejería de Asuntos Sociales y que fueron incorporados provisionalmente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, y su adscripción a la Consejería de Justicia y Administración Pública, en proporción al volumen de actividad generado por las competencias asignadas a estas Consejerías.

Mediante esta Orden se procede a la asignación orgánica y distribución de determinados puestos de trabajo de la Consejería de Justicia y Administración Pública y de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social procedentes de la extinta Consejería de Asuntos Sociales.

De acuerdo con el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y con el Decreto 286/2003, de 7 de octubre, por el que se modifica el artículo 10.1 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, que establece en su artículo único,que el titular de la Consejería de Justicia y Administración

Pública, podrá modificar mediante Orden la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los siguientes supuestos:

c) Modificación de la denominación, dependencia orgánica o localidad de los centros de destino.

d) Modificación de la relación de puestos de trabajo para la distribución de puestos de trabajo por centro de destino.

DISPONGO

Artículo primero. Modificación de la relación depuestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Justicia y Administración Pública y a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Justicia y Administración Pública y a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social queda modificada en los términos previstos en el Anexo 1 de esta Orden.

Artículo segundo. Adscripción de personal.

El personal que resulte afectado por el cambio de código de su puesto de trabajo queda adscrito a los centros de destino y puestos de trabajo que figuran en el Anexo 2 de esta Orden.

Disposición adicional única. Modificación presupuestaria.

Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La entrada en vigor ylos efectos administrativos y económicos motivados por la presente Orden serán del día 1 de octubre de 2004.

Sevilla, 3 de septiembre de 2004

MARIA JOSE LOPEZ GONZALEZ Consejera de Justicia y Administración Pública

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Página 20454 del Boletín número 184 de 20/09/2004

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