Cuadro de indicadores sobre la aplicación de la Agenda de Política Social

Revista del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales - Nbr. 37, September 2002

Sonsoles de la Villa de la Serna
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267 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

Cuadro de indicadores sobre la

aplicación de la Agenda de Política

Social

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA *

SUMARIO: PRESENTACIÓN.'1. COMUNICACIÓN DE LA COMISION AL CONSEJO,

AL PARLAMENTO EUROPEO, AL COMITÉ ECONOMICO Y SOCIAL Y AL COMITÉ

DE LAS REGIONES (2001). 1.1. Introducción. 1.2. Evaluación general. 1.3. Hacia más y mejores

puestos de trabajo. 1.4. Prever y gestionar el cambio en el entorno de trabajo mediante un

equilibrio renovado entre flexibilidad y seguridad. 1.5. Combatir la pobreza y todas las formas

de exclusión y discriminación a fin de fomentar la integración social. 1.6. Modernizar la protección

social. 1.7. Promover la igualdad entre hombres y mujeres. 1.8. Fortalecer los aspectos

sociales de la ampliación y de las relaciones exteriores de la Unión Europea.'2. COMUNICACIÓN

DE LA COMISION AL CONSEJO, AL PARLAMENTO EUROPEO, AL COMITÉ

ECONOMICO Y SOCIAL Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES (2002). 2.1. Introducción.

2.2. El empleo y la situación social. 2.3. La aplicación de la Agenda de Política Social. a) Hacia

más y mejores puestos de trabajo. b) Previsión y gestión del cambio. 3.3. Fomento de la inclusión

social. c) Modernización de la protección social. d) Promoción de la igualdad entre hombres

y mujeres. 3.6. Refuerzo de los aspectos de política social de la ampliación y de las relaciones

exteriores de la Unión Europea. 2.4. Conclusiones y perspectivas.

PRESENTACIÓN

La aprobación de la Agenda de Política

Social (Resolución de 25 de octubre de

2000) ha sido un acontecimiento de

indudable interés para la política social europea.

Abarcando un amplio período de siete

años, se encuentra prácticamente en el

momento de arranque y sus resultados son

aún inciertos, pero no hay ninguna razón

objetiva para no juzgarlos esperanzadores.

La Agenda materializa el compromiso tanto

de los quince como de las instituciones europeas

para la modernización y mejora del

modelo social europeo, en lo que asimismo

han de participar las autoridades regionales

y locales, los interlocutores sociales a nivel

europeo, las organizaciones no gubernamentales

y algunas empresas. Los objetivos son

muy ambiciosos y, por tanto, muy difíciles de

alcanzar, puesto que se trata de reforzar de

modo simultáneo la productividad, la competitividad,

la solidaridad y la justicia social.

Instrumentos imprescindibles son el método

abierto de coordinación (MAC), la legislación,

el diálogo social, los fondos estructurales

(en particular el FSE) y los diversos programas

puestos en práctica para cada acción

en concreto. Una auténtica prioridad es el

aumento radical de la tasa de participación * Abogada.

laboral, no sólo puesta la mira en mayor número

de empleos sino en mejor calidad de los mismos;

una clave a no perder de vista en el empeño

es el equilibrio entre la oferta y la demanda

de las nuevas cualificaciones necesarias en la

economía basada en el «conocimiento». Otro

propósito básico de la Agenda Social es el

fomento de la «inclusión social» para corregir

definitivamente el número inaceptable de personas

que viven en la propia Unión Europea

por debajo del llamado «umbral de la pobreza».

El Parlamento Europeo, en su Resolución

sobre el Cuadro de indicadores para la aplicación

de la Agenda Social (Documento 313.865)

'sin perjuicio de criticar ácidamente que el

cuadro de indicadores se presentara al Consejo

Europeo de Estocolmo antes de que el Parlamento

lo hubiera podido examinar, y sin

perjuicio de reivindicar su participación futura

en la toma de decisiones sobre los indicadores

de referencia y en el ajuste progresivo de

la Agenda Social' ha avalado la indudable

importancia de ésta, reconociendo que constituye

un elemento clave de la modernización

económica y social de la Unión Europea, de

modo que su aplicación completa y sin dilaciones

habrá de resultar decisiva para realizar

los objetivos estratégicos fijados por el Consejo

Europeo de Lisboa (marzo 2000). Iniciativa

significativa del Parlamento es proponer que

la concentración de actividades políticas que

constituye la Agenda de Política Social debería

reflejarse en el Presupuesto de la Unión

Europea, corrigiendo el riesgo más que probable

de que los ámbitos del empleo y de los

asuntos sociales resulten negativamente afectados

por la reducción de los recursos destinados

a ambas acciones prioritarias.

En la Comunicación de la Comisión del

año 2002, se define plásticamente la Agenda

Social como «la hoja de ruta de la Unión Europea

» de cara a la modernización y la mejora

del modelo social europeo a través de la inversión

de las personas y de la construcción de

un estado del bienestar activo. Se presenta, a

la vez, la Agenda Social como un rotundo

ejemplo de nuevo y mejor gobierno y de cómo

pueden las autoridades públicas a escala

local, regional, nacional y comunitaria trabajar

de modo conjunto con los interlocutores

sociales y la sociedad civil con vistas a la

introducción satisfactoria de reformas.

Se reproducen seguidamente las dos Comunicaciones

de la Comisión al Consejo, al Parlamento

Europeo, al Comité Económico y Social y

al Comité de las Regiones de los años 2001 y

2002, para un mejor conocimiento de los planteamientos

habidos hasta el presente, aunque

desde luego el interés mayor se centra en la

segunda, principalmente porque en ella se sitúan

los retos inmediatos de la Agenda en cuanto

al empleo, la transformación del en torno de trabajo,

la integración social, la protección social, el

fomento de la igualdad entre hombres y mujeres

y la cooperación entre los países candidatos

para su preadhesión a la Unión.

1. COMUNICACIÓN DE LA

COMISIÓN AL CONSEJO, AL

PARLAMENTO EUROPEO, AL

COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL

Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

(2001) *

1.1. Introducción

El Consejo Europeo de Niza aprobó la

Agenda de política social hasta 2005 e invitó

a la Comisión a presentar anualmente un

cuadro de indicadores sobre los progresos

realizados en la aplicación de la Agenda,

comenzando con la presentación de un primer

informe en la cumbre de Estocolmo.

La Agenda de política social se basa en la

Comunicación de la Comisión de 28 de junio

de 2000 1. El Comité Económico y Social y el

Comité de las Regiones adoptaron sendos dictámenes

el 19 de octubre de 2000 2 y el 13 de

DOCUMENTACI'N E INFORMES

268 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

* Bruselas, 22-02-2001. COM (2001) 104 final.

1 COM(2000)379: Agenda de polÌtica social.

2 CES/2000/1189: Agenda de polÌtica social.

diciembre de 2000 3, respectivamente. El Parlamento

Europeo aprobó su resolución el 25

de octubre y los Ministros de Empleo y Asuntos

Sociales aprobaron, el 28 de noviembre,

una contribución del Consejo. Tanto el Parlamento

Europeo como el Consejo solicitaron a

la Comisión la presentación de un cuadro de

indicadores a fin de evaluar los progresos realizados

en la aplicación de la Agenda. Los

interlocutores sociales y las ONG han participado

plenamente en todo el proceso y sus

aportaciones han sido tomadas en cuenta en

las posiciones adoptadas por la Comisión, el

Parlamento Europeo y el Consejo. Los Jefes

de Estado y de Gobierno ratificaron la Agenda

de política social en la cumbre de Niza.

La Agenda ofrece un marco coherente para

la realización de nuevas iniciativas, que no

sólo se derivan del Tratado de Amsterdam,

sino que son también fundamentales para la

transposición del calendario de reformas

acordado en Lisboa en marzo de 2000.

La cumbre de Lisboa definió para la Unión

Europea un objetivo estratégico sumamente

ambicioso, aunque pragmático, que consiste

en llegar a ser en 2010 «la economía basada

en el conocimiento más competitiva y dinámica

del mundo, capaz de crecer económicamente

de manera sostenible, con más y mejores

empleos y con mayor cohesión social».

Como señala la Comisión en sus objetivos

estratégicos para 2000-2005, es necesario un

enfoque destinado a conseguir la renovación

económica y social. El Consejo Europeo de Lisboa

propuso la adopción de una Agenda de

política social que recoja el compromiso de

todos los Estados miembros, las instituciones

europeas y otros agentes en favor de la modernización

y mejora del modelo social europeo.

A fin de simplificar la presentación, el cuadro

de indicadores mantiene los seis títulos

de la Agenda que figuran en las Conclusiones

de la Presidencia de la cumbre de Niza. Estos

títulos ofrecen una visión clara de la situación

por lo que respecta a las medidas adoptadas

para reforzar la calidad del trabajo, de

la política social y de las relaciones laborales.

1.2. Evaluación general

La Agenda de política social supone una

reforma, en particular para responder a las

transformaciones económicas y sociales y

ofrecer una respuesta positiva a las necesidades

de las personas y las empresas. Su objetivo

es reforzar simultáneamente la productividad

y la competitividad, así como la solidaridad

y la justicia social.

La presentación de un primer cuadro de

indicadores en la cumbre de Estocolmo, escasos

meses después de la aprobación de la

Agenda en Niza, significa que algunas iniciativas

se encuentran en una fase incipiente,

mientras que algunos resultados son imputables

a iniciativas emprendidas con anterioridad

a la adopción de la Agenda de política

social. No obstante, se trata de un proceso de

aplicación dinámico que reúne elementos

nuevos y antiguos y que asocia a numerosos

agentes a niveles diferentes. El cuadro de

indicadores refleja por lo tanto este aspecto

dinámico y flexible.

La presentación de este cuadro de indicadores

en una fase tan temprana del proceso

no sienta en modo alguno la forma ni el contenido

de los cuadros que se elaborarán en el

futuro para evaluar los progresos realizados

en la aplicación de la Agenda de política

social.

Cuanto más avanzado esté el proceso, más

podrá definirse de manera explícita el papel

de cada uno de los agentes implicados. Además,

el desarrollo de instrumentos que permitan

mejorar la evaluación, también desde

un punto de vista cualitativo, forma parte

intrínseca de la Agenda. Este aspecto deberá

examinarse con atención en los próximos cua-

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

269 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

3 CDR/2000/300/: Agenda de polÌtica social.

dros de indicadores. En este contexto, cabe

mencionar el informe anual de síntesis, preparado

para el Consejo europeo de primavera,

en el que se exponen, en particular, los

resultados concretos de las medidas adoptadas

con vistas a alcanzar el objetivo estratégico

establecido en Lisboa y los objetivos

específicos del programa global de reforma

económica y social.

La aplicación efectiva y duradera de la

Agenda de política social depende de la participación

activa de todos los agentes interesados,

la interacción positiva de todas las medidas

y la complementariedad de los instrumentos

políticos. Se ha invitado explícitamente

a las instituciones europeas, los

gobiernos nacionales, las autoridades regionales

y locales, los interlocutores sociales a

nivel europeo y en los Estados miembros, las

organizaciones no gubernamentales y las

empresas a que asuman sus responsabilidades

en la aplicación de la Agenda de política

social.

Sólo podrán lograrse avances reales si

todas las iniciativas se orientan hacia la consecución

del objetivo estratégico global. Por

ello, las políticas económicas, las políticas

sociales y las políticas de empleo deben reforzarse

mutuamente. Por esta misma razón, el

Método Abierto de Coordinación (MAC), la

legislación, el diálogo social, los Fondos

Estructurales (en particular el FSE) y los

programas ocupan un lugar preponderante.

La investigación, incluida la realizada en el

marco de los programas de investigación de la

UE, constituye un elemento fundamental

para adquirir una visión en profundidad de

algunas de las cuestiones contempladas en la

Agenda de política social.

1.3. Hacia más y mejores puestos

de trabajo

La Agenda requiere la adopción de políticas

que propicien un aumento radical de la

tasa de participación laboral en consonancia

con la máxima prioridad política de pleno

empleo acordada en Lisboa 4, y subraya la

importancia de empleos de mayor calidad.

Esto contribuirá a lograr una sociedad mejor

adaptada a las opciones personales de los

hombres y de las mujeres. La Agenda de política

social insiste, por lo tanto, en la necesidad

de reforzar la calidad del trabajo al tiempo

que se mejora la calidad de la política

social y de las relaciones laborales.

Se han realizado progresos en ambos aspectos

de esta cuestión clave gracias al paquete de

medidas para el empleo que incluye el «Informe

conjunto sobre el empleo de 2000» 5, la

«Recomendación del Consejo sobre la aplicación

de las políticas de empleo de los Estados

miembros» 6 y las «Directrices para las políticas

de empleo de los Estados miembros para el

año 2001» 7. Estas últimas incorporan los objetivos

establecidos en Lisboa en las iniciativas

políticas. Se ha iniciado un debate preparatorio

sobre una evaluación de impacto en la

estrategia para el empleo en 2002.

Los interlocutores sociales expresaron su

apoyo al objetivo estratégico definido en Lisboa

en una declaración conjunta adoptada el

15 de junio de 2000. El 21 de noviembre de

ese mismo año adoptaron otra declaración

conjunta en la que solicitan la celebración de

una reunión anual con los interlocutores

sociales, antes de cada Consejo Europeo de

primavera, a fin de evaluar los progresos realizados

en la estrategia de aplicación definida

en Lisboa en favor del crecimiento económico

y el pleno empleo, y contribuir a la misma.

DOCUMENTACI'N E INFORMES

270 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

4 El Consejo Europeo de Lisboa estableciÛ como

objetivo final lograr para 2010 una tasa de empleo del

70 %, asÌ como un aumento hasta el 60 % de la tasa de

ocupaciÛn de las mujeres.

5 COM(2000)551: Informe conjunto sobre el

empleo de 2000.

6 COM(2000)549: AplicaciÛn de las polÌticas de

empleo de los Estados miembros.

7 COM(2000)548: Directrices para las polÌticas de

empleo de los Estados miembros para el aÒo 2001.

Los resultados de la estrategia para el

empleo reflejan los efectos positivos del método

abierto de coordinación. Las directrices,

acordadas a nivel europeo, definen una orientación

general. Los Estados miembros las

incorporan en sus políticas por medio de los

planes nacionales de acción, respetando plenamente

la diversidad existente en la UE. La

evaluación por el grupo de expertos europeos

refuerza el dinamismo y la voluntad de introducir

cambios reales. En este contexto, las

orientaciones generales de política económica

deberían proporcionar un marco amplio que

apoye y complemente la aplicación de los

objetivos específicos de la estrategia para el

empleo.

El diálogo macroeconómico, que reúne a

representantes del Consejo, la Comisión, el

Banco Central Europeo y los interlocutores

sociales, es de gran importancia, ya que permite

a los principales agentes intercambiar

información sobre sus objetivos e intereses

respectivos en lo relativo al papel que debe

desempeñar la política macroeconómica en el

apoyo de las reformas estructurales y en el

fomento del empleo.

El principal instrumento financiero de la

estrategia europea para el empleo es el Fondo

Social Europeo. Los documentos de programación

para 2000-2006 ya han sido elaborados

y aprobados por la Comisión. El FSE

constituye un instrumento esencial de aproximación

de las políticas nacionales y regionales

a las políticas comunitarias. La Comunicación

de la Comisión titulada «Apoyo prestado

por el Fondo Social Europeo a la Estrategia

europea del empleo» 8 señala que la

inversión de 60 mil millones de euros en

recursos humanos durante el período 2000-

2006 contribuirá a modernizar y reformar los

mercados de trabajo en la UE, en consonancia

con los objetivos de la Unión.

EQUAL, la iniciativa comunitaria sobre

cooperación transnacional para combatir la

discriminación y la desigualdad en el mercado

de trabajo, también desempeña un papel

importante en este contexto. Además, la

Comisión adoptó una propuesta de Decisión

del Parlamento Europeo y del Consejo relativa

a las «Medidas comunitarias de incentivación

del empleo» 9, a fin de apoyar económicamente

el trabajo futuro de elaboración de

nuevas políticas.

La consecución del pleno empleo y la mejora

de la calidad del trabajo exigen la participación

de muchos agentes a niveles diferentes.

La Comunicación titulada «Actuación

local en favor del empleo - Una dimensión

local para la estrategia europea de empleo» 10

examina la manera de avanzar en estos

ámbitos.

a) Promover la movilidad

El mercado de trabajo europeo se basa en la

movilidad de los trabajadores y en las disposiciones

legales que facilitan dicha movilidad.

Se han conseguido algunos progresos en

materia de seguridad social y protección

social, en particular con la simplificación y la

reforma del Reglamento 1408/71 y las diversas

modificaciones del mismo. La Comisión

ha adoptado asimismo una propuesta de

Directiva relativa a las actividades de organismos

de previsión para la jubilación 11. Esta

iniciativa, una vez adoptada por el Consejo y

el Parlamento Europeo, debería fomentar la

movilidad laboral, puesto que permitiría

mantener la afiliación al mismo fondo de pensiones,

como ya es el caso para los trabajadores

desplazados.

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

271 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

8 COM(2001)016: Apoyo prestado por el Fondo

Social Europeo a la Estrategia europea del empleo.

9 COM(2000)459: Medidas comunitarias de incentivaciÛn

del empleo.

10 COM(2000)196: ActuaciÛn local en favor del

empleo - Una dimensiÛn local para la estrategia europea

de empleo.

11 COM(2000)507: Propuesta de directiva relativa a

las actividades de organismos de previsiÛn para la jubilaciÛn.

b) Facilitar la transición a la economía basada

en el conocimiento

La Comunicación «Estrategias para la creación

de empleo en la sociedad de la información

» 12 propone soluciones concretas a determinados

problemas como el equilibrio entre

la oferta y la demanda de nuevas cualificaciones

necesarias en la economía basada en el

conocimiento y subraya, asimismo, la necesidad

de combatir la creciente «fractura digital

» que separa a las personas que pueden

acceder a la sociedad de la información de las

que no pueden participar en ella.

En el contexto del seguimiento de los progresos

realizados, se ha elaborado un informe

de referencia en el que se analizan los datos de

los Estados miembros con respecto al número

de ordenadores en las escuelas, la formación

del profesorado, el nivel de cualificación de la

mano de obra en el ámbito de las TIC, el teletrabajo

y el acceso público a internet. Además,

las Directrices para el empleo se han adaptado

a fin de integrar objetivos específicos para los

Estados miembros y los interlocutores sociales

en los ámbitos de la enseñanza (escuelas, profesores),

la mano de obra (cualificaciones, teletrabajo,

organización del trabajo) y la igualdad

(mujeres y tecnología). El compromiso asumido

por los Estados miembros para adoptar medidas

que permitan, antes de 2010, reducir a la

mitad el número de jóvenes entre 18 y 24 años

con una educación secundaria básica y que no

cursan otros estudios ni reciben formación es

crucial para la transición hacia la economía

basada en el conocimiento.

1.4. Prever y gestionar el cambio en

el entorno de trabajo mediante

un equilibrio renovado entre

flexibilidad y seguridad

Se trata de un ámbito particularmente

propicio al desarrollo de iniciativas por parte

de los interlocutores sociales, tanto a nivel

sectorial como interprofesional.

Constituye asimismo un ámbito basado en

una amplia gama de actividades especificas y

no en un paquete de medidas como en la

estrategia para el empleo. Sin embargo, un

enfoque de este tipo, que cuente con la participación

directa de los más interesados, permite

dar una respuesta específica por medio

de la legislación, de acuerdos vinculantes o de

cualquier otra acción pertinente.

Por lo que respecta a una cuestión crucial,

el Estatuto de la sociedad europea, se logró

un importante avance político en Niza. En

efecto, el Consejo alcanzó un acuerdo formal

al respecto en una reunión celebrada inmediatamente

después de la cumbre de Niza y

está en curso una nueva consulta del Parlamento

Europeo. Este hecho abre nuevas perspectivas

para la consecución de un acuerdo

sobre la Directiva relativa a la información y

consulta de los trabajadores.

El Consejo y el Parlamento acordaron

ampliar la Directiva de 1993 sobre el tiempo

de trabajo a la mayoría de los sectores y actividades

excluidas hasta ahora de su ámbito

de aplicación. Esta ampliación afecta a unos

cinco millones de trabajadores de los sectores

de la aviación, los ferrocarriles, el transporte

por carretera, la navegación marítima y fluvial,

el sector marino (offshore), así como a los

médicos en formación. El Consejo adoptó asimismo

una posición común sobre una Directiva

relativa a la ordenación del tiempo de trabajo

de los trabajadores móviles que llevan a

cabo actividades de transporte por carretera

y para conductores independientes. Por su

parte, los interlocutores sociales han celebrado

acuerdos en el sector de la aviación civil 13,

DOCUMENTACI'N E INFORMES

272 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

12 COM(2000)048: Estrategias para la creaciÛn de

empleo en la sociedad de la informaciÛn.

13 COM(2000)382: Acuerdo europeo sobre la ordenaciÛn

del tiempo de trabajo del personal de vuelo en

la aviaciÛn civil celebrado por la Association of European

Airlines (AEA), la European Transport Workers' Federation

(ETF), la European Cockpit Association (ECA), la

confirmados con la adopción de una Directiva

por parte del Consejo. En el sector de las telecomunicaciones,

los interlocutores sociales

han adoptado directrices sobre el teletrabajo 14

y, en el sector del comercio, prosiguen las

negociaciones sobre el teletrabajo y el envejecimiento

de la mano de obra.

El Consejo alcanzó un acuerdo político

para la adopción de una posición común con

respecto a las propuestas de directivas sobre

andamios 15 y agentes físicos (vibraciones) 16

en el ámbito de la salud y la seguridad.

Los interlocutores sociales han concluido

también la primera ronda de consultas sobre

la modernización y la mejora de las relaciones

laborales, han emprendido negociaciones

relativas a las agencias de trabajo temporal,

trabajan en la definición de las cuestiones

que deben examinarse con respecto al teletrabajo

y han establecido un grupo de trabajo

encargado de examinar las posibilidades

para fomentar el acceso al aprendizaje permanente

y la mejora de las cualificaciones

tanto de los hombres como de las mujeres.

Han participado, además, en los preparativos

para la creación de un «Centro europeo para

el cambio» en el marco de la Fundación de

Dublín. Como resultado de la serie de consultas

formales desarrolladas con los interlocutores

sociales en materia de insolvencia, la

Comisión ha presentado una propuesta de

revisión de la Directiva sobre insolvencia 17.

La cuestión de la responsabilidad empresarial

recibió un impulso considerable con la

firma, por las empresas y la Comisaria de

Empleo y Asuntos Sociales, de las orientaciones

para la transmisión voluntaria de información

en materia de responsabilidad social

de las empresas. Además, se han adoptado

códigos de conducta sectoriales relativos a los

derechos sociales en las industrias del calzado

y el cuero 18, que completan los ya existentes

en la industria textil y de la confección, así

como en el sector del comercio.

1.5. Combatir la pobreza y todas

las formas de exclusión y

discriminación a fin de

fomentar la integración social

a) Promover la inclusión social

La Agenda de política social ofrece un

enfoque a nivel europeo para fomentar la

inclusión social. Dicho enfoque debería servir

para hacer frente a lo que en la cumbre de

Lisboa se consideró «un número inaceptable

de personas que viven en la Unión por debajo

del umbral de pobreza».

El Comité de protección social 19 (integrado

por representantes de los Estados miembros,

apoyados por la Comisión), cuya creación

figura ahora en el proyecto de Tratado de

Niza 20, constituye una plataforma idónea

para llevar adelante dicho enfoque. Este

Comité preparó la estrategia aprobada por el

Consejo en octubre con respecto a las políti-

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

273 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

European Regions Airline Association (ERA) y la International

Air Carrier Association (IACA).

14 Firmadas el 7 de febrero.

15 1998/0327 (COD) y COM(2000)648: Propuesta

modificada de directiva por la que se modifica por

segunda vez la Directiva 89/655/CEE relativa a las disposiciones

mÌnimas de seguridad y de salud para la utilizaciÛn

por los trabajadores en el trabajo de los equipos de

trabajo (2' Directiva especÌfica con arreglo a lo dispuesto

en el artÌculo 16 de la Directiva 89/391/CEE).

16 1994/0449 (COD) y COM( 1994)284: Propuesta

modificada de Directiva del Consejo sobre las disposiciones

mÌnimas de seguridad y de salud relativas a la

exposiciÛn de los trabajadores a los riesgos derivados de

los agentes fÌsicos (dÈcima Directiva especÌfica con arreglo

a lo dispuesto en el artÌculo 16 de la Directiva

89/391/CEE).

17 COM(2000)832: AproximaciÛn de las legislaciones

de los Estados miembros relativas a la protecciÛn de

los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del

empresario.

18 Noviembre de 2000.

19 COM(2000)134: CreaciÛn de un ComitÈ de protecciÛn

social.

20 SN 533/00: Proyecto de Tratado de Niza.

cas de integración, incluida la definición de

los objetivos que subyacen a los Planes Nacionales

de Acción (PNA) para los próximos dos

años. Los PNA se presentarán en junio del

presente año y permitirán a los Estados

miembros desarrollar iniciativas en el contexto

del método abierto de coordinación, con

objeto de desarrollar una política de integración

global que responda a las necesidades

específicas de cada país.

Como complemento de esta estrategia, la

Comisión ha propuesto un programa 21 para

combatir la exclusión social, cuyo objetivo es

establecer metodologías comparables para

medir la pobreza, fomentar la cooperación

entre los Estados miembros y apoyar el

refuerzo de las capacidades de las ONG y su

organización en redes, con vistas a luchar

contra la exclusión social.

Las ONG han participado en los debates

informales del Consejo, así como en los trabajos

preparatorios sobre el programa para

combatir la exclusión.

b) Luchar contra la discriminación y

reforzar los derechos fundamentales

La adopción de la Carta de los Derechos

Fundamentales de la Unión Europea, que

engloba en un único documento europeo los

derechos fundamentales, económicos y sociales,

constituye un logro esencial.

Los progresos realizados en la lucha contra

la discriminación han sido muy significativos.

Dos Directivas 22, 23, aprobadas unánimemente

por el Consejo en un tiempo récord,

previa consulta al Parlamento Europeo,

resaltan la voluntad de todos los Estados

miembros de adoptar un marco legislativo

que ofrezca un nivel mínimo común de protección

contra la discriminación. El programa

de acción 24, aprobado por el Consejo, previa

consulta al Parlamento, contempla incentivos

económicos destinados a completar la

legislación con campañas de sensibilización,

intercambios de información y divulgación de

las mejores prácticas, tanto en el ámbito

legislativo como fuera de él. La Comisión ha

tenido en cuenta las contribuciones de las

ONG en la elaboración del paquete de medidas

para combatir la discriminación.

Un colectivo de ciudadanos que se enfrenta

a obstáculos difíciles de superar cuando

trata de participar en los distintos aspectos

de la vida económica y social son las personas

con discapacidad. La Comunicación de la

Comisión «Hacia una Europa sin barreras

para las personas con discapacidad» 25 muestra

la manera de superar estas barreras. Por

otra parte, el Día Europeo de las Personas

con Discapacidad se ha consagrado a la discriminación

en el empleo. El trabajo sobre

estas cuestiones se lleva a cabo en estrecha

colaboración con el Foro europeo de personas

con discapacidad.

1.6. Modernizar la protección

social

Los sistemas de protección social se

enfrentan a retos similares en toda la Unión

Europea, por lo que es esencial intensificar la

cooperación entre los Estados miembros sin

que ello signifique negar la responsabilidad

de cada uno con respecto a su propio sistema.

DOCUMENTACI'N E INFORMES

274 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

21 COM(2000)368: Establecimiento de un programa

de acciÛn comunitario a fin de fomentar la cooperaciÛn

entre los Estados miembros para luchar contra la

exclusiÛn social.

22 COM( 1999)565: Establecimiento de un marco

general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupaciÛn.

23 COM(1999)566: AplicaciÛn del principio de

igualdad de trato de las personas independientemente

de su origen racial o Ètnico.

24 COM(1999)567: Establecimiento de un programa

de acciÛn comunitario para luchar contra la discriminaciÛn

(2001-2006).

25 COM(2000)284: Hacia una Europa sin barreras

para las personas con discapacidad.

La cooperación tiene por objeto facilitar la

revisión y adaptación de los sistemas a las

transformaciones económicas y sociales, con

vistas a lograr el doble objetivo de solidaridad

y justicia social junto con un estado del bienestar

activo basado en incentivos y en el

fomento de una participación elevada en el

mercado de trabajo.

El establecimiento formal del Comité de

protección social constituye un hecho decisivo

en favor de la cooperación europea en el ámbito

social. Este Comité ofrece a los Estados

miembros una plataforma propicia al intercambio

de información en aras de la modernización

de los sistemas de protección social.

En el plano político, la Comisión ha adoptado

una Comunicación en materia de pensiones

26, en el marco de la estrategia concertada

sobre protección social. Esto ha servido como

punto de partida para que el Comité de protección

social inicie una reflexión sobre la sostenibilidad

de los sistemas de protección

social. El Consejo Europeo de Niza aprobó un

informe de situación sobre la protección

social, elaborado por el Comité a petición del

Consejo Europeo de Lisboa, en el que se examina

la cuestión de la viabilidad de los sistemas

de pensiones y se incluye la contribución

del Comité de Política Económica. La Comisión

ha preparado asimismo una Comunicación

sobre la contribución de las finanzas

públicas al crecimiento y al empleo: mayor

calidad y sostenibilidad 27.

1.7. Promover la igualdad entre

hombres y mujeres

Con arreglo a lo dispuesto en el Tratado de

la CE, la igualdad entre hombres y mujeres

constituye uno de los principales objetivos y

ámbitos de actuación de la Comunidad Europea.

A este fin, se ha adoptado una nueva

estrategia marco para el periodo 2000-2005 28

basada en la transversalidad de la igualdad

de oportunidades y en la realización de

acciones específicas, que debe desempeñar

un papel importante en la eliminación de las

desigualdades entre hombres y mujeres en

la economía y la sociedad en general. Dicha

estrategia se complementa con un programa 29

adoptado por el Consejo, previa consulta al

Parlamento Europeo, en el que se contemplan

ayudas económicas para el desarrollo

de campañas de sensibilización, la recogida

de datos y la realización de proyectos transnacionales.

La Comisión ha adoptado una propuesta

de directiva por la que se modifica la Directiva

76/207/CEE
30 relativa a la igualdad de

trato entre hombres y mujeres. El objetivo de

la propuesta de directiva es definir el acoso

sexual en el trabajo como una discriminación

ilícita por motivos de sexo.

El Comité consultivo sobre la igualdad de

oportunidades, formado por representantes

de los Estados miembros, los interlocutores

sociales y las organizaciones que trabajan en

favor de la igualdad de oportunidades, así

como el Lobby Europeo de Mujeres, ha desempeñado

un papel crucial en la adopción de

medidas concretas.

Además, como seguimiento de la Conferencia

de Pekín sobre la Mujer, el Consejo ha

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

275 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

26 COM(2000)622: EvoluciÛn futura de la protecciÛn

social desde una perspectiva a largo plazo: Pensiones

seguras y viables.

27 COM(2000)846: ContribuciÛn de las finanzas

p˙blicas al crecimiento y al empleo: mayor calidad y

sostenibilidad.

28 COM(2000)335: Hacia una estrategia marco

comunitaria sobre la igualdad entre hombres y mujeres

(2001-2005).

29 COM(2000)335: Programa relativo a la estrategia

marco comunitaria sobre la igualdad entre hombres y

mujeres (2001-2005).

30 COM(2000)334: ModificaciÛn de la Directiva

76/207/CEE
del Consejo relativa a la aplicaciÛn del principio

de la igualdad de trato entre hombres y mujeres en

lo que se refiere al acceso al empleo, a la formaciÛn y a

la promociÛn profesionales, y a las condiciones de trabajo.

adoptado unas conclusiones sobre la conciliación

de la vida familiar y profesional.

1.8. Fortalecer los aspectos sociales de

la ampliación y de las relaciones

exteriores de la Unión Europea

Tanto la ampliación de la Unión Europea

como sus relaciones exteriores constituyen en

muchos sentidos un desafío y una oportunidad

de actuación en el ámbito social. Además

del nuevo impulso dado a las negociaciones

de adhesión, se han emprendido acciones

específicas importantes para ayudar a los

países candidatos a elaborar políticas y establecer

el corpus institucional necesario (sector

público, interlocutores sociales, ONG)

para poder participar en las iniciativas comunitarias

en materia social. Un ejemplo de ello

es la firma de los denominados informes conjuntos

de evaluación, que la Comisión ha suscrito

ya con la República Checa, Eslovenia y

Polonia 31. A principios de 2001 se prevé la firma

de este tipo de informes con Hungría,

Estonia, Malta y Chipre.

En cuanto a las normas fundamentales del

trabajo, la Comisión, en su Recomendación

de 15 de septiembre, invitó a los Estados

miembros a ratificar el Convenio 182 de la

OIT relativo a las peores formas de trabajo

infantil.

1.9. Conclusiones

A pesar de la fase incipiente en que se

encuentra la aplicación de la Agenda de política

social, se han realizado ya progresos

notables en la adopción de medidas concretas.

No obstante, la plena aplicación de la

Agenda depende del compromiso incondicional

de todos los agentes para asumir sus responsabilidades

y trabajar en favor de un crecimiento

económico sostenible, más y mejores

puestos de trabajo y una mayor cohesión

social. Los interlocutores sociales ocupan una

posición privilegiada que deben utilizar para

lograr progresos reales en los ámbitos de su

competencia.

2. COMUNICACIÓN DE LA

COMISIÓN AL CONSEJO, AL

PARLAMENTO EUROPEO, AL

COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL

Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

(2002) *

2.1. Introducción

La Agenda de política social es la hoja de

ruta de la Unión Europea de cara a la

modernización y la mejora del modelo social

europeo a través de la inversión en las personas

y de la construcción de un Estado del

bienestar activo. Debería contribuir a la consecución

del objetivo estratégico establecido

en el Consejo Europeo de Lisboa de marzo de

2000.

Su objetivo es responder a los retos comunes

a los que se ve confrontada la UE y al mismo

tiempo lograr que se aprovechen al máximo

las nuevas oportunidades que se presentan.

La finalidad esencial de esta Agenda es

transponer el objetivo de Lisboa 'perfilado en

las subsiguientes reuniones del Consejo

Europeo' mediante el establecimiento de una

interacción dinámica de medidas sociales,

laborales y económicas que se refuercen

mutuamente.

DOCUMENTACI'N E INFORMES

276 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

31 11 de mayo de 2000: EvaluaciÛn conjunta de las

prioridades polÌticas en materia de empleo de la Rep˙-

blica Checa. 18 de julio de 2000: EvaluaciÛn conjunta

de las prioridades polÌticas en materia de empleo de

Eslovenia. 29 de enero de 2001: EvaluaciÛn conjunta de

las prioridades polÌticas en materia de empleo de Polonia.

* Bruselas, 19-02-2002. COM (2002) 89 final.

La Agenda debería reforzar el papel de la

política social como factor productivo y también

la solidaridad y el bienestar social. La promoción

de la calidad es uno de los ejes fundamentales

en torno a los que se articula la Agenda.

Tanto el Parlamento Europeo como el Consejo

Europeo subrayaron la importancia que

revestía disponer de un cuadro de indicadores

para el seguimiento de los resultados y

para verificar la determinación y las contribuciones

de los diferentes agentes a la hora

de aplicar esta Agenda.

El punto de referencia respecto al cual

deben medirse los progresos realizados es la

Comunicación 1 de la Comisión de junio de

2000 y las orientaciones políticas formuladas

en el Consejo Europeo de Niza de diciembre

de 2000. Este es el segundo cuadro de indicadores,

cuya finalidad es presentar los progresos

realizados hasta el momento.

Este cuadro complementa, en relación con

las acciones que forman parte de la Agenda

de política social, el informe de síntesis anual

que se presentará al Consejo Europeo de primavera

de Barcelona 2.

2.2. El empleo y la situación social

El crecimiento del empleo fue en 2000 el

mayor de la pasada década. Se crearon casi

tres millones de nuevos puestos de trabajo,

con lo que la tasa de empleo alcanzó el 63,2 %,

es decir, un 1 % más que en 1999 pero todavía

un 4 % por debajo del objetivo intermedio de

Estocolmo y un 7 % inferior al objetivo de Lisboa

para 2010. Según recientes estimaciones,

el empleo aumentará en un 1,1 % en 2001 y la

tasa de empleo alcanzará el 64 %.

En el período 1998-2000, se crearon más

puestos de trabajo a tiempo completo que a

tiempo parcial. Los puestos de trabajo a tiempo

completo representaron el 70% de los

puestos de trabajo netos creados en 2000,

mientras que en 1999 esta proporción era del

60% y en 1998 del 54%.

La tasa de desempleo descendió en 2000

desde el 9,1 % hasta el 8,2 % y el número de

personas desempleadas disminuyó en 1,5

millones, lo cual representa el mayor descenso

de la década. De esta forma el número total

de personas desempleadas, todavía demasiado

elevado, pasó a ser de 14,5 millones. El

desempleo de larga duración disminuyó más

rápido que el desempleo general, llegando a

un 3,6 %. Para 2001, se estima que la tasa de

desempleo media de la UE-15 será del 7,7 %,

lo que corresponde a casi un millón de desempleados

menos, mientras que la de la zona del

euro será del 8,4 %.

Los resultados de las reformas estructurales

de los mercados de trabajo europeos

empiezan a ser visibles, especialmente en lo

que respecta a un aumento de la intensidad

de creación de empleo del crecimiento, a una

mayor creación de puestos de trabajo en los

sectores de las altas tecnologías y de intensa

concentración cognitiva 'reflejo de la transición

hacia una economía basada en el conocimiento

' y a una mayor participación de la

mujer en el mercado de trabajo. Los sectores

de las altas tecnologías y de fuerte concentración

cognitiva han sido el motor de la creación

de puestos de trabajo en estos últimos tiempos,

contribuyendo con más del 60 % a los 10

millones de puestos de trabajo creados entre

1995 y 2000. Ello benefició no sólo a los trabajadores

altamente cualificados sino también

a las personas de cualificaciones medias

y bajas empleadas en dichos sectores. Más de

1,6 millones de los nuevos puestos de trabajo

fueron para las mujeres, cuya tasa de empleo

ascendió desde el 52,8 % de 1999 hasta el 54%

de 2000, estimándose que puede alcanzar el

54,7 % en 2001.

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

277 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

1 COM(2000)379 de 28-6-2000: ´Agenda de polÌtica

socialª, ResoluciÛn del PE de 25-10-2000; Dictamen

del Consejo de 28-11-2000.

2 COM(2002)14 de 15-1-2002: ´ComunicaciÛn de

la ComisiÛn al Consejo Europeo de primavera en Barcelona:

La estrategia de Lisboa - Hacer realidad el cambioª.

No obstante, aún subsisten algunas flaquezas

estructurales en el empleo que requieren

una atención permanente y reforzada:

' Baja tasa de empleo de los trabajadores

de más edad: una tasa estimada del

38,3% para 2001, cuando el objetivo de

Estocolmo es alcanzar el 50 % en 2010.

' Brechas significativas entre hombres y

mujeres: 18 % en la tasa de empleo y

14% en la remuneración.

' Niveles elevados de desempleo: alrededor

del 8% de la población activa, con un 3,6%

de desempleo de larga duración y más de

un 16% de desempleo para los jóvenes.

' Diferencias regionales respecto al

empleo y al desempleo, que siguen siendo

pronunciadas.

A corto plazo, y habida cuenta de las poco

favorables perspectivas económicas para

2001 y 2002 3, la economía de la UE no ofrecerá

el mismo entorno propicio a las mejoras en

el ámbito del empleo. Aún se desconoce con

exactitud la profundidad y la duración de la

ralentización económica y su impacto preciso

en el empleo.

En su contribución 4 al Consejo Europeo

informal de Gante de octubre de 2001, la

Comisión presentó un análisis de la ralentización

económica subrayando que todas las

regiones más significativas del mundo estaban

ya experimentando una ralentización

antes de los trágicos acontecimientos del 11

de septiembre en Estados Unidos. A pesar de

que sus cimientos son sólidos, la UE no ha

podido substraerse a la ralentización y sus

efectos en términos de empleo ya se dejaron

sentir durante la segunda mitad de 2000 en

algunos Estados miembros y, con distintos

grados de intensidad, en diversos sectores de

la economía. En el informe anual de síntesis 5

que se presentará al Consejo Europeo de primavera

de Barcelona se profundiza en este

análisis y se subraya que las condiciones políticas

y económicas existentes en marzo de

2000 o incluso en marzo de 2001 cuando se

celebró el pasado Consejo Europeo de primavera,

eran muy diferentes de las actuales. No

obstante, hay razones para pensar, con cauto

optimismo, que la actual ralentización no va

a durar mucho.

Aun así, a finales de 2001 la ralentización

económica ya había acabado con el descenso

mensual de las tasas de desempleo. Esta tendencia

supone un desafío para las políticas

activas del mercado de trabajo a la hora de

ayudar a los desempleados a encontrar nuevos

trabajos y de combatir el desempleo de

larga duración. Exigen asimismo el respeto

del compromiso con la estrategia de Lisboa

destinada a conseguir una mayor participación

de las mujeres y de los trabajadores de

más edad en el mercado de trabajo.

La aceptación general de que la situación

económica y laboral experimentó una mejoría

global hasta 2001 contrasta con la muy desigual

percepción en los diferentes Estados

miembros de la evolución de la situación respecto

a la pobreza y la exclusión social.

La pobreza y la exclusión social siguen

estando muy extendidas en la Unión Europea

pero la magnitud y la naturaleza del problema

varían significativamente de unos Estados

miembros a otros. No obstante, como subsiste

un problema relacionado con la falta de estadísticas

actualizadas y comparables, no es

posible disponer de una visión completa de la

situación actual y es difícil evaluar el impacto

del período de crecimiento económico, de des-

DOCUMENTACI'N E INFORMES

3 VÈase Commission Economic Forecasts 2001-

2003 - European economy; economic trends nº 10/11-

2001.

4 COM(2001)611 de 17-10-2001 ´SÌntesis de la

actuaciÛn de la UE en respuesta a los acontecimientos

del 11 de septiembre y evaluaciÛn del posible impacto

econÛmicoª.

5 COM(2002)14 de 15-1-2002 ´ComunicaciÛn de

la ComisiÛn al Consejo Europeo de primavera en Barcelona:

La estrategia de Lisboa - Hacer realidad el cam-

censo del desempleo y de aumento del empleo

de la segunda mitad de la pasada década.

Por lo que se refiere a la distribución de la

renta, los datos del Panel de Hogares de la

Comunidad Europea, presentado como el

indicador estructural sobre el que se basa el

informe de síntesis anual, ponen de manifiesto

la existencia de desigualdades significativas

en la distribución de la renta per cápita.

La relación entre la renta media del 20 % de

la población con mayores ingresos y la del

20% con ingresos más reducidos es de 5,7

para el conjunto de la UE, una cifra que disfraza

las acusadas diferencias existentes

entre los Estados miembros 6.

Resulta especialmente preocupante la proporción,

todavía demasiado elevada, de personas

que viven con reducidos ingresos. Alrededor

del 18 % de la población, es decir, más

de 60 millones de personas, se hallan expuestos

al riesgo de caer en la pobreza, al vivir por

debajo de un umbral establecido en el 60 % de

los ingresos medios equivalentes. En este

terreno se registran también considerables

diferencias entre los Estados miembros con

una población por debajo del umbral establecido

que varía entre el 8 % y el 23 % 7.

Si no fuera por las transferencias sociales -

excluidas las pensiones- un 26 % de la población

de la UE viviría en la pobreza, en comparación

con el 18 % actual. Este ejemplo específico

muestra los efectos que tendría la

ausencia de política social en la sociedad

europea 8. Además, al examinar la cuestión

de la exclusión social y de la pobreza debe

prestarse especial atención a la situación de

las personas que llevan viviendo con reducidos

ingresos durante un largo periodo de

tiempo. Un 9 % de la población, es decir alrededor

de 30 millones de personas, estaba en

situación de riesgo continuado de pobreza.

Esta proporción varía, según los diferentes

Estados miembros, entre el 3 % y el 15 % 9.

2.3. La aplicación de la Agenda de

política social

La Comunicación de la Comisión de junio

de 2000 contenía en su anexo 1 las propuestas

e iniciativas presentadas por la Comisión

y un calendario al respecto. Todas las iniciativas

anunciadas para 2000 y 2001 se han

presentado y las cuestiones de mayor calado -

como la revisión en profundidad de la estrategia

europea de empleo y la nueva estrategia

comunitaria sobre salud y seguridad- están

en plena fase de preparación. Por lo tanto, ya

se han dado los pasos iniciales que resultaban

necesarios. Algunas iniciativas han conducido

a la adopción de decisiones, mientras

que otras están siendo objeto de negociación.

Más que una descripción detallada de las

medidas puestas en marcha por la Comisión,

lo que se presenta a continuación es una visión

de conjunto de las medidas y de los resultados,

con una especificación en caso necesario del

papel de los diferentes actores. No obstante,

habida cuenta de que la Agenda de política

social está todavía en una fase bastante temprana

de su aplicación, en la que se acaban de

proponer y transmitir nuevas iniciativas a las

demás instituciones y actores, estas nuevas

medidas constituyen una parte significativa

del presente cuadro de resultados.

La estructura de esta visión de conjunto se

ajusta a las orientaciones políticas adoptadas

en el Consejo Europeo de Niza para la Agenda

de política social.

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

6 VÈase el indicador estructural IV. 1 - distribuciÛn de

la renta. Fuente: SEC(2002)29, anexo 2 del documento

de trabajo de los servicios de la ComisiÛn en apoyo del

informe de la ComisiÛn al Consejo Europeo de primavera

de Barcelona.

7 VÈase el indicador estructural IV.2.2 - Ìndice de

riesgo de pobreza tras las transferencias sociales. Fuente:

vÈase la nota anterior.

8 VÈase el indicador estructural IV.2.1 - Ìndice de

riesgo de pobreza antes de las transferencias sociales.

Fuente: vÈase la nota anterior.

9 VÈase el indicador estructural IV. 3 - riesgo continuado

de pobreza. Fuente: la misma de la nota anterior.

a) Hacia más y mejores puestos de

trabajo

Aumento de la participación en el

empleo y lucha contra el desempleo de

larga duración

El Consejo Europeo de Lisboa situó los

esfuerzos para alcanzar el pleno empleo entre

las prioridades clave de la Unión Europea 10.

La dinámica de la Agenda de Lisboa, basada

en la consecución de más y mejores puestos

de trabajo, recibió el apoyo del Consejo Europeo

de Estocolmo, en el que los Jefes de Estado

y de Gobierno decidieron complementar

los objetivos de Lisboa con diversos objetivos

cuantitativos intermedios para 2005 y con

uno específico para los trabajadores de más

edad 11. Se pidió a los Estados miembros que

definieran enfoques e indicadores comunes

sobre la calidad del trabajo. Se pidió que se

emprendieran varias iniciativas en favor de

las cualificaciones y de la movilidad. Se pidió

al Consejo y a la Comisión que presentaran

un informe conjunto sobre la manera de

incrementar la tasa de actividad y de promover

la prolongación de la vida activa.

Calidad del trabajo

La cantidad de trabajo no debe oponerse a

la calidad del mismo. En concreto, la opción

escogida para la UE es el refuerzo de la calidad

del trabajo como contribución al incremento

del empleo. Esta opción quedaba reflejada con

claridad en las orientaciones políticas de Lisboa

'«más y mejores puestos de trabajo»' y de

Estocolmo y también se indicaba explícitamente

en la Agenda de política social adoptada

en Niza. La Comunicación de la Comisión,

de junio de 2001, sobre un marco para invertir

en la calidad contenía una propuesta concreta

para avanzar en la consecución de este objetivo,

propuesta que se incorporó a las directrices

de empleo para el año 2002.

El Consejo, siguiendo el informe elaborado

por el Comité de Empleo, expresó su acuerdo

sobre todos los componentes clave de la calidad,

así como sobre los indicadores principales

asociados y los indicadores secundarios

que permitan realizar el seguimiento de los

cambios y medir los progresos realizados.

Pero es necesario proseguir el trabajo. En

este sentido, podría desempeñar un importante

papel el programa de investigación

socioeconómica, que fomenta y apoya la

investigación sobre el perfeccionamiento de

los indicadores destinados a medir la calidad

del trabajo.

' Comunicación sobre un marco para

invertir en la calidad 12.

' Objetivos cualitativos incorporados a

las directrices de empleo para 2002.

' Indicadores cualitativos adoptados en el

Consejo Europeo de Laeken.

Refuerzo y continuación de la estrategia

coordinada de empleo

La Comisión propuso, el 12 de septiembre

de 2001, un nuevo conjunto de medidas en

favor del empleo que, previa consulta al Parlamento

Europeo, el Comité de las Regiones y

el Comité Económico y Social, fue adoptado

por el Consejo, el 3 de diciembre, y presentado

en el curso de la Cumbre de Laeken.

DOCUMENTACI'N E INFORMES

280 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

10 Objetivos acordados en Lisboa: actuar para acercar

la tasa de empleo lo m·s cerca posible del 70% antes

de 2010 y aumentar el n˙mero de mujeres empleadas a

m·s del 60% en 2010, teniendo siempre en cuenta los

diferentes puntos de partida de los Estados miembros.

11 Se especificaban para 2005 los objetivos de

alcanzar una tasa de empleo global del 67 % y una tasa

de empleo femenino del 57 %, asÌ como el objetivo de

haber alcanzado en 2010 el 50% para la tasa de empleo

de las personas de m·s edad (55-6179).

12 COM(2001)313 de 20-6-2001: ´PolÌticas sociales

y de empleo - Un marco para invertir en la calidadª

ResoluciÛn del PE de 29-11-2001; Acuerdo del Consejo

de 3-12-2001.

El análisis de las políticas de empleo de los

Estados miembros contenido en el informe

conjunto sobre el empleo de 2001 ponía de

manifiesto que en conjunto se habían realizado

notables progresos pero que seguían existiendo

algunos problemas estructurales. La

evaluación de los resultados del empleo y de

los progresos realizados, en combinación con

unas perspectivas económicas menos favorables,

pone de manifiesto la necesidad de proseguir

sin complacencia las reformas estructurales

del mercado de trabajo.

Por lo que se refiere a los cuatro pilares de

la estrategia de empleo, las combinaciones de

políticas 13 siguen desequilibradas en favor de

las acciones del pilar empleabilidad, seguido

del pilar espíritu de empresa. Todavía son

relativamente poco importantes las acciones

de los pilares adaptabilidad e igualdad de

oportunidades. Aunque ha mejorado la colaboración

entre las autoridades públicas y los

interlocutores sociales, las contribuciones

específicas de estos últimos son difíciles de

concretar. Ello es válido sobre todo para el

caso del pilar adaptabilidad.

Se ha avanzado claramente en el desarrollo

del aprendizaje permanente, que se ha

confirmado como una prioridad política en

toda la Unión Europea. Aproximadamente la

mitad de los Estados miembros han adoptado

ya estrategias globales en materia de aprendizaje

permanente, si bien su aplicación es

sólo incipiente. Uno de los puntos débiles a

los que debe prestarse atención es que pocos

Estados miembros se han fijado objetivos de

aumento de la inversión en recursos humanos

o de participación en el aprendizaje complementario.

Los avances de la reforma de los sistemas

de prestaciones y de las estructuras incentivadoras

son, con frecuencia, insuficientes

para fomentar la participación. Asimismo

debe prestarse mayor atención a la interacción

entre los sistemas fiscal y de prestaciones.

La mayoría de los Estados miembros no

dispone aún de un planteamiento global respecto

a la iptegración de la igualdad entre

hombres y mujeres en el conjunto de las políticas.

Las medidas adoptadas para reducir

las todavía muy elevadas diferencias de

remuneración entre hombres y mujeres son

limitadas y apenas existen nuevas iniciativas

para promover la participación de las mujeres

en los procesos de toma de decisiones. Los

servicios de guardería siguen siendo insuficientes

en muchos Estados miembros y tampoco

se dispone todavía de un enfoque claro

sobre la cuestión del cuidado de las personas

de la tercera edad o de otras personas dependientes.

Por lo que se refiere a las directrices de

empleo para 2002, la Comisión, apoyada por

las demás instituciones de la UE, optó por la

continuidad en el año 2002, a la vista de los

cambios significativos realizados en 2001 y

de la revisión en profundidad prevista en

2002. No obstante, las directrices incorporan

los nuevos objetivos sobre empleo acordados

en Estocolmo así como el nuevo objetivo horizontal

específico sobre la calidad en el trabajo.

Además, se han dirigido a los Estados

miembros una serie de recomendaciones en

materia de empleo.

En 2001 se emprendieron trabajos sustanciales,

en estrecha cooperación con las autoridades

nacionales, para evaluar la estrategia

de empleo y preparar la revisión quinquenal

de 2002.

También se han realizado progresos en

cuanto a la adopción de una decisión sobre

medidas comunitarias de incentivación en el

ámbito del empleo. En junio de 2001 el Con-

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

281 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

13 En el contexto de la aplicaciÛn de las directrices

de empleo, la expresiÛn ´combinaciÛn de polÌticasª se

refiere al equilibrio entre los cuatro pilares de las directrices.

sejo adoptó una posición común que tenía en

cuenta el dictamen del Parlamento Europeo.

Se espera que el Parlamento Europeo y el

Consejo lleguen en breve a un acuerdo sobre

el programa de acción.

La estrategia de empleo se elabora teniendo

en cuenta las Orientaciones Generales de

Política Económica. Así, la política de empleo

y la política económica se refuerzan mutuamente.

Medidas clave

' Adopción del informe conjunto sobre el

empleo de 2001 de las directrices de

empleo para 2002 y de las recomendaciones

sobre política de empleo 14.

' Programa de acción sobre medidas de

incentivación del empleo (posición

común en junio - segunda lectura en el

Parlamento Europeo) 15.

El papel del Fondo Social Europeo

Como recuerdan las directrices para el

empleo, el Fondo Social Europeo apoya y complementa

las actividades de los Estados

miembros dirigidas al desarrollo de sus mercados

de trabajo y de sus recursos humanos,

especialmente en el contexto de la estrategia

europea de empleo y de los planes nacionales

de acción en favor del empleo. Si observamos

los programas adoptados en el año 2000 veremos

que más de la mitad de la ayuda correspondiente

al periodo de programación 2000-

2006 se destinará a la empleabilidad, y especialmente

a la promoción de políticas activas

de mercado de trabajo y a la prevención del

desempleo. Una parte considerable de la ayuda

se destinará a la adaptabilidad de la

población activa y al desarrollo de métodos de

aprendizaje permanente. El Fondo Social

Europeo fomenta también actividades destinadas

a las PYME e impulsa la creación de

nuevas empresas y de nuevos puestos de trabajo

en el sector de los servicios. Por último, y

como complemento de la integración de la

igualdad de oportunidades entre hombres y

mujeres en todas las actividades financiadas

por el Fondo, están proyectadas acciones

específicas para mejorar el acceso de las

mujeres al mercado de trabajo y su participación

en el mismo.

Los Estados miembros deben aplicar los

programas de forma flexible, teniendo siempre

en cuenta las circunstancias cambiantes

en las que se desarrolla la estrategia de

empleo. Un país ha puesto en marcha un

seguimiento continuo de la coherencia entre

los planes nacionales de acción y los programas

del Fondo Social Europeo. Otros Estados

miembros podrían seguir este ejemplo en el

contexto de sus procesos de seguimiento, tal

como dispone el nuevo Reglamento sobre los

Fondos Estructurales 16.

Medidas clave

' Acuerdo con los Estados miembros

sobre los marcos comunitarios de apoyo

y otros documentos de programación

para el Fondo Social Europeo.

' Adopción de 17 programas operativos

para EQUAL.

DOCUMENTACI'N E INFORMES

282 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

14 COM (2001)438 de 12-9-2001: ´Proyecto de

Informe conjunto sobre el empleo de 2001ª; ResoluciÛn

del PE de 24-10-2001; AdopciÛn formal por el

Consejo de 3-12-2001; COM (2001)511 de 12-9-2001:

´Propuesta de DecisiÛn del Consejo relativa a las directrices

para las polÌticas de empleo de los Estados miembros

para el aÒo 2002ª. ResoluciÛn del PE de 29-11-

2001; Acuerdo del Consejo de 3-12-2001; y COM

(2001)512 de 12-9-2001: ´RecomendaciÛn del Consejo

sobre la aplicaciÛn de las polÌticas de empleo de los

Estados miembrosª, Acuerdo del Consejo de 3-12-

2001.

15 COM(2000)459 de 20-7-200: ´Medidas comunitarias

de incentivaciÛn del empleoª Consejo: adopciÛn

de la posiciÛn com˙n de 25-6-2001; DO C/2001/

301/14 (26-10-2001) Dictamen PE 2' lectura de 23-10- 16 Reglamento 1260/1999, artÌculo 36.

Las dimensiones local y regional de la

estrategia de empleo

En el contexto de una nueva y mejor gobernanza,

se ha prestado especial atención al

refuerzo de la dimensión regional y local de la

política de empleo. Aunque la concepción global

de la estrategia de empleo se realiza a

nivel europeo, su formulación y aplicación

satisfactorias dependen en gran medida de

los actores locales. Para ello se requiere la

movilización de todos los recursos disponibles

y el apoyo activo de las autoridades regionales

y locales.

La razón por la que son tan importantes

estas dimensiones local y regional es que se

quiere conseguir la máxima difusión de la

amplia experiencia y de los numerosos conocimientos

acumulados a estos niveles. Por

ello, la Comisión propuso la difusión de las

mejores prácticas entre los Estados miembros

y en el interior de los mismos, así como el

desarrollo de unas estrategias locales de

empleo que sean coherentes con los planes

nacionales de acción y reflejen las prioridades

a escala local.

Medidas clave

' Comunicación sobre la actuación local

en favor del empleo - Una dimensión

local para la estrategia europea de

empleo 17.

' Comunicación sobre el fortalecimiento

de la dimensión local de la estrategia

europea de empleo 18.

' Convocatoria de propuestas según el

artículo 6 del Fondo Social Europeo

para financiar proyectos relacionados

con el desarrollo de estrategias locales

de empleo 19.

Dimensión social y de empleo de la

sociedad de la información

Uno de los elementos esenciales de la

estrategia de Lisboa es la rápida transición

hacia una economía basada en el conocimiento,

cuya dimensión social y de empleo se examinó

en un informe de análisis comparativo

que subraya el rápido aumento de la influencia

de las tecnologías de la información y de la

comunicación (TIC) en los puestos de trabajo,

en la formación y en la organización del trabajo.

Por otro lado, se puso en marcha el plan

de acción e-learning: Concebir la educación

del futuro».

La cuestión de la acreditación en materia

de tecnologías de la información, uno de los

elementos de la iniciativa e-Europe, fue examinada

por el grupo de alto nivel sobre la

dimensión social y de empleo de la sociedad

de la información, que consideró que el Permiso

de Conducción Informático Europeo

(PCIE) puede constituir un sistema de acreditación

y solicitó que para la concepción del

futuro título europeo en competencias informáticas

de base se tenga en cuenta el plan de

acción eLearning, tal como se indica en el propio

plan.

Medidas clave

' Comunicación sobre e-Europe 2002 -

Impacto y prioridades 20.

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

283 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

17 COM(2000)196 de 7-4-2000: ´ActuaciÛn local en

favor del empleo - Una dimensiÛn local para la estrategia

europea de empleoª, ResoluciÛn del PE de 30-11-2000;

DO C/2001/228/128 (13-8-2001).

18 COM(2001)629 de 7-11-2001: ´Fortalecimiento

de la dimensiÛn local de la estrategia europea de

empleoª.

19 DOC 306 de 31-10-2001.

20 COM(2001) 140 de 13-3-2001: ´e-Europe 2002:

Impacto y prioridades - ComunicaciÛn al Consejo Europeo

de primavera de Estocolmo del 23 y 24 de marzo de 2001ª,

ResoluciÛn del Consejo de 8-10-2001; DO C/2001/292/6

(18-10-2001), ResoluciÛn del Consejo de 6-12-2001.

' Informe de evaluación comparativa a

raíz de la Comunicación «Estrategias

para la creación de empleo en la sociedad

de la información» 21.

' Comunicación sobre el Plan de acción

eLearning 22.

Movilidad

Además, una Europa basada en el conocimiento

requiere nuevas iniciativas en favor

de la movilidad, dirigidas en particular a los

profesores, los investigadores, los profesionales

de la formación y las personas en proceso

de formación. Estos grupos destinatarios fueron

objeto de atención en la Recomendación

del Parlamento Europeo y del Consejo de 10

de julio de 2001 23. La Comisión adoptó también

una Comunicación sobre una estrategia

de movilidad para el espacio europeo de

investigación 24. A finales de febrero de 2001,

la Comisión adoptó una Comunicación sobre

los nuevos mercados de trabajo europeos,

abiertos a todos y accesibles para todos 25.

Esta iniciativa está destinada a eliminar los

obstáculos a la movilidad y a aumentar las

competencias de la población activa europea

a todos los niveles. Uno de sus frutos ha sido

el establecimiento de un grupo operativo

sobre las capacidades y la movilidad cuyo

informe contribuirá al desarrollo de un plan

de acción sobre la movilidad que se presentará

a principios de 2002. Por lo que se refiere al

aumento de las competencias, también se

presentó un programa de trabajo sobre los

objetivos concretos de los sistemas de educación

y formación 26.

Estas medidas en el ámbito del empleo

deberían complementarse con progresos

concretos en lo relativo a la coordinación de

los sistemas de seguridad social. El Consejo

ha realizado progresos en lo relativo a la

coordinación de los sistemas de seguridad

social al adoptar parámetros para la modernización

del Reglamento CEE nº 1408/71.

Por lo que se refiere a la salvaguarda de los

derechos complementarios de pensión de los

trabajadores que se desplazan en la Unión

Europea, en julio de 2001 se creó un Comité

que estudiará la cuestión de las pensiones

complementarias 27.

Medidas clave

' Creación de un grupo operativo sobre

las capacidades y la movilidad - su informe

de diciembre de 2001 contribuirá al

desarrollo de un plan de acción sobre la

movilidad que se presentará a principios

de 2002 28.

DOCUMENTACI'N E INFORMES

284 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

21 SEC(2001)222 de 7-2-2001: ´Informe de evaluaciÛn

comparativa a raÌz de la ComunicaciÛn ìEstrategias

para la creaciÛn de empleo en la sociedad de la informaciÛnî

ª.

22 COM(2001)172 de 28-3-2001: ´Plan de acciÛn e-

Learning - Concebir la educaciÛn del futuroª ResoluciÛn

del Consejo de 13-7-2001; DO C/2001/204/3 (20-7-

2001).

23 COM( 1999)708 de 21-1-2000: ´Movilidad, en la

Comunidad, de los estudiantes, las personas en formaciÛn,

los jÛvenes voluntarios, los profesores y los formadores

ª, Firma por el PE y el Consejo de 10-7-2001; DO

L/2001/215/30 (9-8-2001).

24 COM(2001)331 de 20-6-2001: ´Una estrategia

de movilidad para el espacio europeo de investigaciÛnª

ResoluciÛn del Consejo de 10-12-2001.

25 COM(2001)116 de 28-2-2001: ´Nuevos mercados

de trabajo europeos abiertos a todos y accesibles

para todosª ResoluciÛn del Consejo de 13-7-2001 DO

C/2001/204/1 (20-7-2001).

26 COM(2001)501 de 7-9-2001: ´ComunicaciÛn de

la ComisiÛn - Proyecto de programa detallado para el

seguimiento del informe sobre los objetivos concretos

de los sistemas de educaciÛn y formaciÛnª.

27 C(2001)1775 de 2-7-2001: ´DecisiÛn de la ComisiÛn,

de 9 de julio de 2001, relativa a la creaciÛn de un

ComitÈ en el ·mbito de las pensiones complementariasª

DO L/2001/196/26 (20-7-2001).

28 CreaciÛn de un grupo de trabajo sobre capacitaciÛn

y movilidad, de acuerdo con lo dispuesto en el

Consejo Europeo de Estocolmo y la ComunicaciÛn de la

ComisiÛn.

' Comunicación sobre el aprendizaje permanente

29.

' Adopción de parámetros para la modernización

del Reglamento nº 1408/71

sobre la coordinación de los sistemas de

seguridad social 30.

b) Previsión y gestión del cambio

Mayor participación de los trabajadores en

la gestión del cambio. El acuerdo final del

Consejo sobre el Reglamento por el que se

establece el estatuto de la sociedad europea y

sobre la Directiva relativa a la participación

de los trabajadores en dichas sociedades es

uno de los logros más importantes de 2001.

Va a resultar crucial para que las empresas

puedan sacar más provecho del mercado interior,

ya que mejorará los aspectos organizativos

y de gestión. Puede decirse que se ha

superado un obstáculo importante en relación

con las diferentes series de normas y procedimientos

dirigidos a las empresas que operan

en la Unión Europea. Se han adoptado

normas específicas respecto a la participación

de los trabajadores en este nuevo tipo de

empresas.

Además, el Consejo y el Parlamento Europeo

han adoptado una Directiva por la que se

establece un marco general relativo a la información

y la consulta de los trabajadores en la

Comunidad Europea. Asimismo, en 2001 se

codificó la Directiva sobre traspasos de 1977

y 1988 31.

Medidas clave

' Estatuto de la sociedad anónima europea

y Directiva sobre la implicación de

los trabajadores (acuerdo) 32.

' Directiva sobre la información y la consulta

(acuerdo) 33.

' Apoyo de conformidad con el artículo 6

del Fondo Social Europeo a 35 medidas

innovadoras relativas a la adaptación a

la nueva economía dentro del marco del

diálogo social 34.

Salud y seguridad en el trabajo

La salud y la seguridad en el trabajo constituyen

un elemento esencial de la calidad del

trabajo y contribuyen al establecimiento de

un terreno común con condiciones similares

para todas las empresas que operan en la UE

en la medida en que deben ajustarse a un conjunto

uniforme de normas mínimas. Estas

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

285 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

29 COM(2001)678 de 21-11-2001: ´Hacer realidad

un espacio europeo del aprendizaje permanenteª.

30 COM( 1998)779 de 21-12-1998: ´Propuesta de

reglamento (CE) del Consejo relativo a la coordinaciÛn

de los sistemas de seguridad social: Par·metros para la

modernizaciÛn del Reglamento (CEE)nº 1408/71ª Conclusiones

del Consejo (Empleo y PolÌtica Social) de 3-12-

2001.

31 COM(2000)259: ´AproximaciÛn de las legislaciones

de los Estados miembros relativas al mantenimiento

de los derechos de los trabajadores en caso de traspasos

de empresas, de centros de actividad o de partes de

empresas o de centros de actividadª. Dictamen PE 1'

lectura de 15-10-2000; Acuerdo del Consejo: Directiva

2001L0023 de 12-3-2001. DO L/2001/82/16 (22-3-

2001).

32 COM( 1989)268 de 24-8-1989: ´Reglamento del

Consejo por el que se establece el estatuto de la sociedad

europea (268-1)ª y ´Directiva del Consejo por la

que se completa el estatuto de la SE en lo relativo a la

posiciÛn de los trabajadores (268-2)ª. Dictamen PE lectura

˙nica de 4-9-2001; AdopciÛn formal Consejo de 8-

10-2001. DO L/2001/294/1 (Reglamento) y/22 (Directiva)

(10-11-2001).

33 COM(1998)612 de 11-11-1998: ´Propuesta de

directiva del Consejo por la que se establece un marco

general relativo a la informaciÛn y la consulta de los trabajadores

en la Comunidad Europeaª. AdopciÛn posiciÛn

com˙n del Consejo de 23-7-2001; Dictamen PE 2'

lectura de 23-10-2001. Acuerdo de 3-12-2001; adopciÛn

formal en enero de 2002.

34 La lista de medidas puede consultarse en la

siguiente direcciÛn: http://europa.eu.int/comm/

dgs/employment_social/tender_en.htm (referencia

VP/2001/005).

normas proporcionan seguridad a los trabajadores

y ayudan a las empresas a reducir,

mediante la prevención, los costes derivados

de las enfermedades y accidentes relacionados

con el trabajo.

El establecimiento de normas mínimas

por las que se garantiza un nivel elevado de

protección y se crean unas condiciones similares

obliga a la adopción de medidas legislativas.

El trabajo legislativo se ha centrado en

cuatro cuestiones: andamios, amianto, vibraciones

y ruido. Además, se ha consultado a los

interlocutores sociales sobre la salud y la

seguridad de los trabajadores por cuenta propia.

Estos últimos años se han realizado progresos

en cuanto a la reducción de los accidentes

laborales y el número total de accidentes

graves ha disminuido significativamente

desde mediados de los noventa, aunque no

todos los territorios de la Unión Europea han

experimentado este descenso. El descenso

general de los accidentes de casi un 10 % para

el periodo 1994-1998 pone de manifiesto los

beneficios de las medidas preventivas y de las

normas de salud y seguridad.

No obstante, la alta incidencia de accidentes

laborales sigue siendo una carga muy

pesada para la competitividad europea: tanto

en 1998 como en 1999 se perdieron casi 148

millones de jornadas de trabajo a causa de

dichos accidentes. En 1998 la incidencia de

accidentes laborales graves descendió hasta

los 4.089 por 100.000 trabajadores, es decir

que el número total de accidentes fue todavía

de 4,7 millones. Hubo también, en 1998,

5.476 accidentes mortales en el trabajo 35.

Esta cifra demuestra la insuficiencia de las

prácticas actuales en materia de salud y

seguridad en el trabajo y, como consecuencia,

el coste de una política no social para las

empresas y los trabajadores.

En esta cuestión intervienen diferentes

modelos de composición sectorial de la economía

y de categorías profesionales. La incidencia

de accidentes laborales es superior a la

media en la industria pesquera (2,4), la agricultura

(1,3), la construcción (1,4) y los transportes

(1,1) y afecta, en especial, a varones

que no han cursado estudios secundarios,

mayoritarios en dichos sectores 36.

Además, las rápidas transformaciones del

mundo del trabajo, que imponen nuevas formas

de organización del mismo, amén de ritmos

y cadencias más febriles, crean nuevos

problemas y exigen nuevas soluciones. Aparecen

nuevos tipos de riesgos que originan

nuevos problemas de salud, como por ejemplo

las lesiones musculoesqueléticas y las enfermedades

denominadas psicosociales, como el

estrés, la depresión y la ansiedad, que representan

un 26 % de las ausencias del trabajo

de más de dos semanas 37.

Para preparar la nueva estrategia de

salud y seguridad que se presentará a principios

de 2002, el Comité Económico y Social

emitió un dictamen exploratorio. Este informe

'preparado conjuntamente por representantes

de los empresarios, los trabajadores y

otras partes interesadas' ofrece una sólida

base para la nueva estrategia, al señalar la

forma en que la Unión Europea puede responder

a los nuevos y los antiguos riesgos en

el trabajo, y analiza la forma en que pueden

combinarse los diferentes instrumentos disponibles

a escala europea para mejorar las

normas y las prácticas en el conjunto de la

Unión.

DOCUMENTACI'N E INFORMES

286 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

35 Accidentes laborales en la UE, 1998-1999. Fuente:

Statistics infocus. Population and social conditions

(16-2001).

36 Fuente: Statistics infocus. Population and social

conditions (16-2001).

37 Problemas de salud relacionados con el trabajo en

la UE, 1998-1999. Fuente: Eurostat Statistics infocus.

Population and social conditions (17-2001).

Medidas clave

' Directiva sobre andamios (adoptada en

junio de 2001) 38.

' Salud y seguridad de los trabajadores

por cuenta propia - segunda fase de la

consulta a los interlocutores sociales

(junio de 2001) 39.

' Directiva sobre vibraciones (posición

común en junio de 2001 // segunda lectura

del Parlamento Europeo en octubre) 40.

' Directiva sobre el ruido (posición común

en octubre de 2001) 41.

' Directiva sobre el amianto (propuesta

de la Comisión - julio de 2001) 42.

' Informe de propia iniciativa del Comité

Económico y Social sobre salud y seguridad

en el trabajo 43.

Entorno de trabajo y relaciones laborales

En 2001 se creó el Observatorio Europeo

del Cambio cuya función es recoger y difundir

información sobre aspectos del cambio económico

y social derivados de las transformaciones

en los ámbitos de las tecnologías, de la

organización del trabajo, de los modelos de

producción y de empresa y de las prácticas

laborales.

También se creó un Grupo de Alto Nivel

sobre las relaciones laborales que se centrará

en las cuestiones clave que afectan a las relaciones

laborales en un entorno en continua

transformación y que dedicará especial atención

a la futura ampliación. Este grupo preparará

un informe para el Consejo Europeo

de Primavera de Barcelona en el que se presentará

a grandes rasgos una serie de propuestas

destinadas a ayudar a los responsables

de la toma de decisiones en Europa, y en

particular a los interlocutores sociales, a que

contribuyan eficazmente a mejorar el proceso

de gestión del cambio. Los interlocutores

sociales han abordado, en la primera y la

segunda fase de consultas, la modernización

y la mejora de las relaciones laborales y han

entablado negociaciones sobre el teletrabajo,

al objeto de alcanzar un acuerdo que pueda

ser aplicado por sus miembros nacionales, de

acuerdo con el apartado 2 del artículo 139 del

Tratado CE. Sobre esta cuestión, ya se han

adoptado directrices en el sector de las telecomunicaciones

(febrero de 2001) y en el del

comercio (abril de 2001).

Por lo que se refiere al trabajo a través de

agencias de trabajo temporal, las negociaciones

llevadas a cabo por los interlocutores

sociales no han conducido a ningún acuerdo.

La Comisión presentará una propuesta de

directiva del Consejo y del Parlamento Europeo

a principios de 2002, en la que se tendrá

en cuenta el resultado de las negociaciones de

los interlocutores sociales y, en particular los

aspectos en los que se haya alcanzado un consenso.

También se tendrá en cuenta la declaración

conjunta de octubre de 2001 realizada

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

287 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

38 COM( 1998)678 de 27-11-1998: ´Disposiciones

mÌnimas de seguridad y de salud para la utilizaciÛn por

los trabajadores en el trabajo de los equipos de trabajoª.

Firma por el PE y el Consejo de 27-6-2001. DO

L/2001/195/46 (19-7-2001).

39 C(2001)1535 de 7-6-2001: ´La protecciÛn de la

salud y la seguridad en el trabajo de los trabajadores

autÛnomos; transmisiÛn a los interlocutores sociales

comunitarios para dictamenª.

40 COM(1992)560 de 23-12-1992: ´Disposiciones

mÌnimas de seguridad y de salud relativas a la exposiciÛn

de los trabajadores a los riesgos derivados de los agentes

fÌsicos (vibraciones)ª. AdopciÛn de la posiciÛn com˙n

del Consejo de 25-6-2001. DO C/2001/301/1 (26-10-

2001).Dictamen PE 2' lectura de 23-10-2001.

41 COM(1992)560: ´Disposiciones mÌnimas de seguridad

y de salud relativas a la exposiciÛn de los trabajadores

a los riesgos derivados de los agentes fÌsicos (ruido)ª. AdopciÛn

de la posiciÛn com˙n del Consejo de 29.10.2001.

42 COM(2001)417 de 20-7-2001: ´ProtecciÛn de

los trabajadores contra los riesgos relacionados con la

exposiciÛn al amianto durante el trabajoª.

43 CES(2001)937 de 11-7-2001: ´PeticiÛn de la

ComisiÛn Europea al CES de un dictamen exploratorio

con vistas a la ComunicaciÛn de la ComisiÛn sobre la

salud y la seguridad en el trabajoª.

por los interlocutores sociales sectoriales respecto

al trabajo a través de agencias de trabajo

temporal.

En agosto de 2001, la Comisión puso en

marcha la primera fase de consultas con los

interlocutores sociales sobre la protección de

los datos de los trabajadores.

Además, se ha invitado a los interlocutores

sociales a contribuir a la aplicación de la

estrategia europea de empleo, y en particular

de su pilar adaptabilidad.

La formación profesional es también un

elemento clave en este ámbito. Los interlocutores

sociales a nivel interprofesional están

preparando actualmente un informe conjunto

para el Consejo Europeo de Barcelona que

se centrará en un conjunto de acciones clave

entre las que cabe destacar la identificación

y previsión de las necesidades en cuanto a

las competencias; el reconocimiento y la

validación de las competencias; la información,

el apoyo y la orientación; y la movilización

de los recursos. La intención es abrir

posteriormente negociaciones sobre estas

cuestiones.

También a nivel sectorial, los interlocutores

sociales están trabajando sobre la cuestión

de la formación profesional, en particular

mediante algunos proyectos conjuntos

específicos.

En el campo de la legislación, se ha avanzado

en lo concerniente a la propuesta de la

Comisión sobre una directiva por la que se

modificará la Directiva 80/987/CEE del Consejo

relativa a la protección de los trabajadores

asalariados en caso de insolvencia del

empresario. El dictamen del Parlamento

Europeo en primera lectura se adoptó el 29 de

noviembre de 2001 y el Consejo alcanzó un

acuerdo político sobre una posición común el

3 de diciembre de 2001. Para preparar la

Comunicación y el plan de acción sobre la

participación financiera de los trabajadores y

para facilitar una amplia consulta sobre este

tema, la Comisión publicó en julio un documento

de trabajo 44.

La Comisión adoptó también una Comunicación

sobre los aspectos sociales de la contratación

pública.

' Creación de un Observatorio Europeo

del Cambio.

' Contribución de los interlocutores sociales

a la aplicación de la estrategia de

empleo.

' Adaptabilidad y modernización de las

relaciones laborales en relación con la

estrategia de empleo 'segunda fase de

consultas a los interlocutores sociales

previas a la apertura de negociaciones

sobre el teletrabajo'- inicio en octubre

de 2001.

' Insolvencia - posición común en diciembre

de 2001 45.

' Comunicación por la que se interpretan

aspectos sociales de la contratación

pública 46.

Responsabilidad social de las empresas

Como resultado del Libro Verde sobre el

fomento de un marco europeo para la responsabilidad

social de las empresas se ha puesto

en marcha a escala europea un amplio debate

y un intercambio de buenas prácticas. Aunque

sobre una base totalmente voluntaria,

DOCUMENTACI'N E INFORMES

288 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

44 SEC 2001 (1308) de 26-7-2001: ´ParticipaciÛn

financiera de los trabajadores en la UniÛn Europeaª.

45 COM(2000)832 de 15-1-2001: ´AproximaciÛn

de las legislaciones de los Estados miembros relativas a la

protecciÛn de los trabajadores asalariados en caso de

insolvencia del empresarioª. Dictamen PE la lectura de

29-11-2001; Acuerdo de la posiciÛn com˙n del PE y del

Consejo de 3-12-2001.

46 COM 2001 (566) de 15-10-2001: ´LegislaciÛn

comunitaria de contratos p˙blicos y las posibilidades de

integrar aspectos sociales en dichos contratosª.

las empresas han mostrado gran interés en

desarrollar y reforzar su propia responsabilidad

social respecto a sus trabajadores y al

entorno en el que están ubicadas. Es un

aspecto esencial de cara a la aplicación del

desarrollo sostenible y a una mejor articulación

de los imperativos económicos, sociales y

medioambientales, especialmente a la luz de

las exigencias de los consumidores.

' Libro Verde sobre la responsabilidad

social de las empresas 47.

c) Fomento de la inclusión social

Las conclusiones del Consejo Europeo de

Lisboa señalaban explícitamente que «es

inaceptable el número de personas que viven

en la Unión por debajo del umbral de pobreza

y excluidas socialmente». También explícitamente

las conclusiones exigían que se tomaran

medidas que tuvieran un impacto decisivo

en la erradicación de la pobreza antes de

2010. Aunque no llegó a fijar unos objetivos

comúnmente aceptados, Lisboa estableció las

primeras medidas que deberían orientar los

esfuerzos dirigidos a reforzar la cooperación a

escala de la UE sobre las políticas de lucha

contra la pobreza y la exclusión social. También

afirmaba explícitamente que el «método

abierto de coordinación» debía ser la base

adecuada para dicha cooperación.

Estrategia de inclusión social - el método

abierto de coordinación

Este salto adelante, de gran importancia

política, se desarrolló aún más en la Agenda

de política social, principalmente a través del

compromiso de presentar a más tardar en

junio de 2001 un plan nacional de acción para

los dos años siguientes. Los objetivos de la

estrategia a los que pretenden responder

estos planes se fijaron en el Consejo Europeo

de Niza 48. Abordan la naturaleza compleja y

multidimensional de la pobreza y de la exclusión

social y movilizan un amplio abanico de

políticas. Son cuatro los objetivos identificados:

' fomento de la participación en el empleo

y del acceso a los recursos, derechos,

bienes y servicios por parte de todos,

' prevención de los riesgos de exclusión,

' actuación en favor de los más vulnerables,

o movilización de todos los agentes.

El informe conjunto sobre la integración

social contiene un análisis detallado de la

situación en todos los Estados miembros, una

evaluación de los desafíos clave de cara al

futuro y una identificación de las buenas

prácticas y de los enfoques innovadores de

interés general. Sobre la base de los planes

nacionales de acción contra la pobreza y la

exclusión social presentados por todos los

Estados miembros en junio de 2001, y a la luz

de los cuatro objetivos comunes, el informe es

el primer documento político de la Comisión y

el Consejo sobre la pobreza y la exclusión

social a escala de la UE y, en consecuencia,

constituye un hito en el fortalecimiento del

modelo social europeo. Proporciona asimismo

una demostración de la viabilidad del método

abierto de coordinación en el ámbito social y

del potencial del método de revisión por los

pares, esencial para conseguir la íntegra aplicación

de esta estrategia.

También se han realizado progresos significativos

en lo relativo al desarrollo y perfeccionamiento

de indicadores definidos y adoptados

de común acuerdo para el campo de la

integración social. Además, se pondrá en

marcha un plan de acción quinquenal (2002-

2006) que promoverá la mejora de la com-

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

289 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

47 COM(2001)366 de 18-7-2001: ´Libro Verde -

Fomentar un marco europeo para la responsabilidad

social de las empresasª. ResoluciÛn del Consejo de 3-

12-2001.

48 Acuerdo polÌtico del Consejo el 17 de octubre de

2000.

prensión y la medición de la pobreza y la

exclusión social, el intercambio de información

y de buenas prácticas y el establecimiento

de redes entre las organizaciones competentes

al respecto a través de toda una serie

de acciones a las que se destinarán 75 millones

de euros. Por otra parte, dichas acciones

favorecerán la participación activa de las

organizaciones no gubernamentales y de

otras partes interesadas que pueden desempeñar

un papel fundamental en la aplicación

de esta estrategia. El programa de acción

contiene una iniciativa centrada en las políticas

que complementa la investigación científica

sobre exclusión social e integración

social financiada por el programa de investigación

socioeconómica de la Comunidad

Europea.

Medidas clave

' Aplicación, plenamente satisfactoria,

del método abierto de coordinación en el

ámbito de la integración social.

' Acuerdo sobre objetivos comunes alcanzado

en el Consejo Europeo de Niza.

' Desarrollo de indicadores definidos y

adoptados de común acuerdo bajo los

auspicios del Comité de Protección

Social.

' Preparación y presentación por los

Estados miembros de planes nacionales

de acción bienales contra la pobreza y la

exclusión social.

' Informe conjunto sobre la integración

social presentado por la Comisión y los

Estados miembros en el que se identifican

las buenas prácticas y los enfoques

innovadores de interés común 49.

' Decisión del Consejo y del Parlamento

por la que se establece un programa de

acción comunitario quinquenal para

luchar contra la exclusión social 50.

Estas medidas constituyen otros tantos

puntos de partida importantes pero habrán

de intensificarse las acciones y deberán realizarse

mayores esfuerzos políticos durante los

cinco próximos años si queremos que el

impacto sobre la pobreza y la exclusión social

sea realmente decisivo.

La brecha digital

Para prevenir la exclusión social y la pobreza

se requieren medidas que garanticen el

acceso a las nuevas tecnologías. La existencia

de una brecha digital crearía nuevos obstáculos

y barreras a la plena participación en el

mercado de trabajo y en la sociedad. Por otro

lado, las tecnologías de la información ofrecen

oportunidades para desmantelar algunas de

las barreras existentes. Además de los trabajos

en curso tanto en el contexto de la estrategia

europea de empleo como en el del método abierto

de coordinación sobre la integración social,

el Consejo adoptó una Resolución relativa a la

integración social mediante las tecnologías

electrónicas, que implicaba una intensificación

de los esfuerzos políticos y respondía a los desafíos

identificados en un documento de la

Comisión sobre el potencial de la sociedad de la

información en términos de integración social.

Medidas clave

' Comunicación sobre e-Europe 2002:

Impacto y prioridades 51.

DOCUMENTACI'N E INFORMES

290 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

49 COM(2001)565 de 10-10-2001: ´Proyecto de

informe conjunto sobre la integraciÛn socialª. AdopciÛn

por el Consejo de 3-12-2001.

50 COM(2000)368 de 16-6-2000: ´DecisiÛn por la

que se establece un programa de acciÛn comunitario a

fin de fomentar la cooperaciÛn entre los Estados miembros

para luchar contra la exclusiÛn socialª, DecisiÛn PE

3' lectura de 15-11-2001; DecisiÛn Consejo 3' lectura

de 21-11-2001.

51 COM(2001)140 de 13-3-2001: ´e-Europe 2002:

Impacto y prioridades - ComunicaciÛn al Consejo Euro-

' Integración social mediante las tecnologías

electrónicas - El potencial de la

sociedad de la información en términos

de integración social en Europa 52.

' Resolución del Consejo de 8 de octubre

de 2001 relativa a la integración social

mediante las tecnologías electrónicas -

aprovechar las oportunidades de integración

social que brinda la sociedad de

la información 53.

Lucha contra todos los tipos de

discriminación

La equidad social exige el respeto de los

derechos fundamentales y la lucha contra la

discriminación. Son éstos los componentes

esenciales de una sociedad equitativa y del

respeto de la dignidad humana. La Agenda

de política social hizo mucho hincapié en

este aspecto, sobre todo en lo que se refiere

al establecimiento de normas comunes obligatorias.

Esta política queda reflejada claramente

en dos Directivas basadas en el artículo 13

del Tratado CEE 'el artículo antidiscriminación

' y que deben incorporarse al Derecho

interno a más tardar en 2003. La promoción

de la sensibilización sobre esta cuestión y la

puesta en marcha de acciones concretas dirigidas

a potenciar la no discriminación se apoyan

mediante el programa de acción acordado

por el Consejo y el Parlamento Europeo, por

el que se ponen 100 millones de euros a disposición

durante un periodo de seis años.

Este programa favorece también la participación

activa de la sociedad civil.

Medidas clave

' Directiva relativa a la aplicación del

principio de igualdad de trato de las personas

independientemente de su origen

racial o étnico 54.

' Directiva relativa al establecimiento de

un marco general para la igualdad de

trato en el empleo y la ocupación 55.

' Decisión por la que se establece un programa

de acción comunitario para

luchar contra la discriminación 56.

Política de integración de los

ciudadanos de terceros países

Además de la estrategia europea de

empleo, con su insistencia en la igualdad de

acceso al mercado de trabajo, y de la estrategia

de integración social, las conclusiones del Consejo

han supuesto un paso adelante de gran

importancia en la extensión de la coordinación

de los regímenes de seguridad social a los

nacionales de terceros países sobre la base

jurídica de la ampliación del Reglamento

(CEE) nº 1408/71 a estas personas. El Consejo

Europeo de Laeken pidió al Consejo que adoptara

cuanto antes las medidas necesarias 57.

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

291 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

52 SEC(2001)1428 de 28-9-2001: ´e-Inclusion - The

Information Society's potential for social inclusiÛn in

Europeª.

53 ´e-Inclusion - Aprovechar las oportunidades de

integraciÛn social que brinda la sociedad de la informaciÛn

ª. ResoluciÛn del Consejo de 8-10-2001. DO

C/2001/292/02 (18-10-2001).

54 COM( 1999)566 de 24-11-1999: ´Directiva relativa

a la aplicaciÛn del principio de igualdad de trato de las

personas independientemente de su origen racial o Ètnico

ª. Dictamen PE de 18-5-2000; AdopciÛn formal por el

Consejo de 29-6-2000. DO L/2000/180/22 (19-7-2000).

55 COM( 1999)565 de 25-11-1999: ´Directiva relativa

al establecimiento de un marco general para la

igualdad de trato en el empleo y la ocupaciÛnª. Dictamen

PE de 5-10-2000; AdopciÛn formal por el Consejo

de 27-11-2000. DO L/2000/303/16 (2-12-2000)

56 COM( 1999)567 de 25-11-1999: ´DecisiÛn por la

que se establece un programa de acciÛn comunitario

para luchar contra la discriminaciÛn (2001-2006)ª. Dictamen

PE de 5-10-2000; DO C/2001/178/253 (22-6-

2001). AdopciÛn formal por el Consejo de 27-11-2000;

DO L/2000/303/23 (2-12-2000).

57 VÈase el punto 29 de las conclusiones de la Presidencia

del Consejo Europeo de Laeken.

La Comisión también ha propuesto una

directiva sobre las condiciones de entrada y

residencia de nacionales de terceros países

por razones de trabajo por cuenta ajena y de

actividades económicas por cuenta propia.

Medidas clave

' Acuerdo sobre la base jurídica de la

ampliación del Reglamento nº 1408/71

sobre la extensión de la coordinación de

los regímenes de seguridad social a los

nacionales de terceros países 58.

' Propuesta de directiva sobre las condiciones

de entrada y residencia de nacionales

de terceros países por razones de

trabajo por cuenta ajena y de actividades

económicas por cuenta propia 59.

Integración de las personas con

discapacidad

Para aumentar la sensibilización sobre la

discapacidad, profundizar en la integración

de las personas con discapacidad en la economía

y reforzar las oportunidades de que disponen

para participar plenamente en la

sociedad, el año 2003 se declaró Año europeo

de las personas con discapacidad. La sensibilización

sobre la discapacidad y el intercambio

de experiencias y de buenas prácticas

deberán servir para la aplicación eficaz de las

medidas adoptadas en el contexto de la estrategia

europea de empleo y del método abierto

de coordinación en el ámbito de la integración

social.

Medidas clave

' Decisión sobre el Año europeo de las

personas con discapacidad 60.

Cooperación eficaz

Las políticas de lucha contra la pobreza, la

exclusión y la discriminación son, por definición,

ámbitos en los que una amplia gama de

agentes debe participar en la concepción y la

aplicación de las medidas. En este sentido,

son ámbitos en los que es de plena aplicación

la noción de mejor gobernanza, a través de

una participación activa de los diferentes

agentes a todos los niveles y de la responsabilidad

compartida. Esta mejor gobernanza exige

apertura, transparencia, eficacia, coherencia

y respondibilidad. Asimismo debe implicar

el compromiso de respetar las diferentes

culturas y tradiciones.

La participación de la sociedad civil se

basa en una amplia definición y abarca una

amplia gama de agentes, en especial las

ONG, las autoridades locales y regionales, los

sindicatos y las organizaciones empresariales.

d) Modernización de la protección social

También en lo referente a la protección

social aportó el Consejo Europeo de Lisboa un

impulso de gran importancia, al señalar que

los desafíos comunes pueden afrontarse

mejor mediante la cooperación. Por su parte,

las orientaciones políticas de Niza subrayan

que la modernización de los sistemas de protección

social debe satisfacer los requisitos de

la solidaridad, sobre todo en lo que se refiere

a la jubilación y a la asistencia sanitaria, pero

debe contribuir también a un Estado activo

DOCUMENTACI'N E INFORMES

292 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

58 COM( 1998)779 de 21-12-1998: ´Propuesta de

reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo

a la coordinaciÛn de los sistemas de seguridad

social. AmpliaciÛn del Reglamento (CEE) nº 1408/71 a

los nacionales de terceros paÌses = Conclusiones del

Consejo sobre la base jurÌdicaª. Conclusiones del Consejo

(Empleo y PolÌtica Social) de 3-12-2001.

59 COM(2001)386 de 11-7-2001: ´Condiciones de

entrada y residencia de nacionales de terceros paÌses

por razones de trabajo por cuenta ajena y de actividades

econÛmicas por cuenta propiaª.

60 COM(2001)271 de 29-5-2001: ´AÒo europeo de

las personas con discapacidad - 2003ª. Dictamen PE de

15-11-2001; AdopciÛn formal por el Consejo de 3-12-

2001.

del bienestar que favorezca la participación

en el empleo.

Cooperación para unas pensiones

seguras y viables

La primera cuestión es la relativa a los

sistemas de pensión. Es un ámbito en el que

la modernización es urgente habida cuenta

del envejecimiento demográfico y de su

impacto en el ratio de dependencia de las

personas de edad avanzada. Si no se adoptan

medidas -dirigidas principalmente a

incrementar la participación en el empleo, a

consolidar las finanzas públicas y a adaptar

los sistemas de protección social- en el futuro

las pensiones podrían resultar insostenibles

económicamente con lo que desaparecería

su capacidad de satisfacer sus objetivos

sociales.

Aunque la reforma de los sistemas de

pensiones sigue siendo competencia de los

Estados miembros, la cooperación a escala

de la Unión Europea se ha intensificado,

principalmente a través del Comité de Protección

Social, y se ha beneficiado del trabajo

llevado a cabo por el Comité de Política

Económica y de su análisis del impacto presupuestario

del envejecimiento. En el Consejo

Europeo de Gotemburgo se subrayó el

potencial del método abierto de coordinación

y en el Consejo Europeo de Laeken se

aprobaron los objetivos marcados para los

informes nacionales.

Estos objetivos comunes para unos sistemas

de pensiones sostenibles hacen hincapié

en la necesidad de mantener la solidaridad de

los mismos y a la vez un nivel adecuado de las

pensiones, en la necesidad de garantizar la

sostenibilidad financiera mediante un alto

nivel de empleo, una gestión solvente de las

finanzas públicas y unas reformas adecuadas

de las pensiones y, por último, en la de modernizar

los sistemas de pensiones para reflejar

las necesidades cambiantes de la sociedad y

de los individuos.

Medidas clave

' Comunicación sobre la evolución futura

de la protección social desde una perspectiva

a largo plazo 61.

' Comunicación sobre el apoyo a las estrategias

nacionales para garantizar pensiones

seguras y viables 62.

' Contribuciones del Comité de Protección

Social y del Comité de Política Económica:

examen del impacto social y

financiero del envejecimiento demográfico

'incluida la elaboración de un informe

conjunto' y promoción de la cooperación

en favor de una pensiones seguras y

viables.

' Objetivos para un método abierto de

coordinación en materia de pensiones

adoptados en el Consejo Europeo de

Laeken.

Sanidad

El plazo marcado por la Agenda de política

social para la acción concreta en materia

de asistencia sanitaria es 2003 63. La Comisión

ha preparado el terreno para este trabajo

presentando una Comunicación sobre

el futuro de la asistencia sanitaria y de la

atención a las personas mayores, particu-

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

293 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

61 COM(2000)622 de 11-10-2000: ´EvoluciÛn futura

de la protecciÛn social desde una perspectiva a largo

plazo: Pensiones seguras y viablesª. ResoluciÛn del PE

de 17-5-2001

62 COM(2001)362 de 3-7-2001: ´Apoyo a las estrategias

nacionales para garantizar pensiones seguras y

viables mediante un planteamiento integradoª.

63 COM(2000)285 de 16-5-2000: ´ComunicaciÛn

de la ComisiÛn al Consejo, al Parlamento Europeo, al

ComitÈ EconÛmico y Social y al ComitÈ de las Regiones

sobre la estrategia sanitaria de la Comunidad Europeaª

(285-1). ´Propuesta de decisiÛn del Parlamento Europeo

y del Consejo por la que se adopta un programa de

acciÛn comunitario en el ·mbito de la salud p˙blica

(2001-2006)ª (285-2).

larmente en el contexto del envejecimiento

demográfico 64.

Esta Comunicación examina las bases de

cooperación del Tratado y del acervo comunitario

y subraya que los sistemas nacionales

se enfrentan a retos comunes, como el envejecimiento,

las innovaciones técnicas y las nuevas

demandas de los ciudadanos derivadas de

la mejora del nivel de vida y de la información.

Establece tres objetivos a largo plazo

que deberían alcanzarse simultáneamente:

' Garantizar el acceso de todos los ciudadanos

a la asistencia sanitaria

' Mejorar la calidad de los sistemas de

asistencia sanitaria

' Mantener la estabilidad financiera de

los sistemas de sanidad

Esta Comunicación contribuirá a la elaboración

del informe conjunto de situación relativo

a las orientaciones en el ámbito de la

sanidad y de la asistencia a las personas

mayores que el Comité de Protección Social y

el Comité de Política Económica presentarán

al Consejo Europeo de Barcelona.

Los trabajos en este ámbito deben realizarse

a la luz de la estrategia comunitaria en

materia de sanidad.

e) Promoción de la igualdad entre hombres y

mujeres

Integración en las demás políticas

La promoción de la igualdad entre hombres

y mujeres en toda la Unión Europea se

sustenta en dos pilares: la integración en las

demás políticas y la aplicación de medidas

específicas. La integración implica que la

igualdad entre hombres y mujeres debe convertirse

en un foco de atención 'y de los ajustes

que resulten necesarios' en todos los

ámbitos políticos. La promoción de la igualdad

entre hombres y mujeres, además de

basarse en derechos, constituye uno de los

elementos esenciales del progreso social y

económico. Ésta es la razón por la que tiene

tanta relevancia dentro de la estrategia de

empleo y por la que ocupa también un lugar

en la estrategia de integración. El objetivo

general es fomentar la plena participación de

la mujer en la vida económica, científica,

social, política y ciudadana.

El informe anual contenía un examen

general de los progresos realizados en el

ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres;

en él se sentaban las bases del primer programa

de trabajo anual de cada servicio de la

Comisión para la aplicación de la estrategia

marco sobre la igualdad entre hombres y

mujeres 65. Por otro lado, una Comunicación

sobre la integración de la igualdad entre hombres

y mujeres en la cooperación al desarrollo

ilustraba la forma en que dicha integración

tiene lugar en otros ámbitos políticos 66.

Medidas antidiscriminación de obligado

cumplimiento

El Parlamento Europeo y el Consejo están

negociando la revis

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