El debate sobre el régimen jurídico del tendido de redes de distribución y de su acceso y conexión a otras redes

Revista del Derecho de las Telecomunicaciones e Infraestructuras en Red - Nbr. 20, May 2004

Juan De La Cruz Ferrer - Profesor Jean Monnet de Derecho Europeo y Titular de Derecho Administrativo. U. Complutense de Madrid
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I. EL RÉGIMEN DE LAS REDES: UNA CUESTIÓN ESENCIAL PARA LA CORRECTA REGULACIÓN DEL SECTOR ELÉCTRICO. II. LA «COMPETENCIA EN REDES ENTRE DISTRIBUIDORAS» Y LOS CONFLICTOS DE ACCESO A LAS REDES DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN ANTE LA CNE. III. EL DEBATE ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE LA ENERGÍA: ¿COMPETENCIA ENTRE REDES? IV. PLANTEAMIENTO JURÍDICO DEL PROBLEMA: LA CUESTIÓN NO ES EL DERECHO DE ACCESO Y CONEXIÓN A LAS REDES, SINO LA CONFIGURACIÓN DE LAS REDES DE DISTRIBUCIÓN PARA ATENDER EL SUMINISTRO. V. APROXIMACIÓN AL ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO DE LA DISTRIBUCIÓN DE ELECTRICIDAD. VI. CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE LA ACTIVIDAD DE DISTRIBUCIÓN SEGÚN LA REGULACIÓN JURÍDICA: 1. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL NUEVO MODELO DE REGULACIÓN DEL SECTOR ELÉCTRICO. 2. PRINCIPIOS ESENCIALES DE LA REGULACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE DISTRIBUCIÓN Y SU ENCAJE EN EL SISTEMA: A) DEFINICIÓN. B) MODELO DE CONFIGURACIÓN DE LA RED: SISTEMA DE RED ÚNICA. C) ACTIVIDAD REGULADA: SOMETIDA A «REGULACIÓN ECONÓMICA». D) INCARDINACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE DISTRIBUCIÓN EN EL SISTEMA ELÉCTRICO: a) Encaje en el mercado. b) Encaje en el sistema. VII. DERECHO AL SUMINISTRO Y OBLIGACIÓN DE SUMINISTRO: 1. EL DERECHO AL SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD Y SU GARANTÍA COMO SERVICIO ESENCIAL Y UNIVERSAL. INDEFINICIÓN DEL SUJETO DE LA OBLIGACIÓN: A) RECONOCIMIENTO DEL DERECHO AL SUMINISTRO COMO SERVICIO ESENCIAL Y UNIVERSAL. B) ASIGNACIÓN DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS C) OBLIGACIÓN DE SUMINISTRO Y SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO. D) INDEFINICIÓN DEL SUJETO DE LA OBLIGACIÓN DE SUMINISTRO. TESIS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LA ENERGÍA: 2. IDENTIFICACIÓN DEL SUJETO DE LA OBLIGACIÓN DE SUMINISTRO: EL DISTRIBUIDOR DE LA ZONA. VIII. RÉGIMEN JURÍDICO DEL TENDIDO DE REDES DE DISTRIBUCIÓN: 1. RÉGIMEN DE LA AMPLIACIÓN DE LAS REDES DE DISTRIBUCIÓN. 2. LA NUEVA REGULACIÓN DEL RÉGIMEN DE ACOMETIDAS ELÉCTRICAS: A) EXPLICACIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN. B) DEFINICIÓN DE LAS RELACIONES ENTRE LOS PROPIETARIOS DEL SUELO Y LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS: a) Asignación de la obligación de suministro. b) Obligación de ejecución y financiación de las infraestructuras. Supervisión técnica de la ejecución. Reparto de costes. Autorización de la instalación. c) Cesión de las infraestructuras a las empresas distribuidoras: aclaración de las dudas de interpretación que plantea el artículo 45. 3. LA AUTORIZACIÓN COMO INSTRUMENTO PARA LA CONFIGURACIÓN RACIONAL DE LAS REDES DE DISTRIBUCIÓN: A) SUJETO. B) ADMINISTRACIÓN COMPETENTE. C) OBJETO DEL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN: a) Características de la instalación. b) Resolución de conflictos en la entrada de operadores y en la asignación de los costes de la infraestructura. c) Audiencia a los gestores de las redes de transporte y distribución. D) EFECTOS DE LA AUTORIZACIÓN. IX. RÉGIMEN JURÍDICO DEL DERECHO DE ACCESO Y CONEXIÓN A LAS REDES: 1. FUNDAMENTO LÓGICO-RACIONAL DEL DERECHO DE ACCESO DE TERCEROS A LA RED. 2. INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA DE LA REGULACIÓN DEL ACCESO A LA RED: A) ÁMBITO SUBJETIVO DEL ACCESO DE TERCEROS A LAS REDES DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN. B) CONDICIONES OBJETIVAS PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE ACCESO: EXISTENCIA DE CAPACIDAD SUFICIENTE Y PEAJE DE ACCESO. C) PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE ACCESO. D) CONCLUSIÓN: UNA REGULACIÓN CONGRUENTE CON EL SENTIDO Y FUNDAMENTO DEL ATR. 3. LA AUTORIZACIÓN ES LA SEDE JURÍDICA PARA EVALUAR LA RACIONALIDAD Y CONVENIENCIA DEL TENDIDO DE REDES DE DISTRIBUCIÓN. 4. COMPETENCIA DE LA CNE: CONFLICTOS EN RELACIÓN CON LA APLICACIÓN DE CONTRATOS DE ACCESO A LA RED. CONCLUSION.

Citations:

Headnotes:

Contratos administrativos
Servicios públicos Derecho administrativo especial
      Obras publicas
Derechos reales administrativos
      Demanio radioeléctrico
           Electricidad
                Distribución
                     Líneas y tendidos

Extract:

El debate sobre el régimen jurídico del tendido de redes de distribución y de su acceso y conexión a otras redes

I. EL RÉGIMEN DE LAS REDES: UNA CUESTIÓN ESENCIAL PARA LA CORRECTA REGULACIÓN DEL SECTOR ELÉCTRICO

En los últimos diez años, el sector eléctrico ha vivido un proceso de transformación espectacular. De un esquema de organización industrial profundamente intervenido y dirigido por el Estado, va evolucionando hacia un modelo de mayor autonomía empresarial, en el que se confía en la libre competencia y en la libertad de empresa para lograr una mejor asignación de recursos, innovación y calidad en la prestación de este servicio esencial para nuestra economía y para la sociedad. Todo ello, dando la debida prioridad a intereses públicos como la protección del medio ambiente o la seguridad y continuidad de los suministros, que siguen requiriendo la constante previsión y supervisión de los diferentes niveles competentes de gobierno.

En este proceso de transformación, que casi se puede calificar de metamorfosis, resulta trascendental acertar en los cambios de la estructura empresarial y de la regulación, para facilitar que contribuyan a mejorar la eficiencia, seguridad y calidad del suministro de electricidad; detectando cuanto antes los errores -por otra parte inevitables- que pudieran producirse y cuyo desarrollo llevaría a los resultados exactamente contrarios. En este contexto, reviste el máximo interés el debate abierto sobre el modelo idóneo para configurar el tendido de las nuevas redes de distribución de electricidad. Porque una de las características peculiares del sector eléctrico es que constituye y opera como una industria con estructura y tecnología de red. La red es el soporte esencial e imprescindible de la industria de servicios eléctricos. Acertar en el modelo adecuado para su arquitectura y operación resulta vital para que todas las actividades destinadas al suministro de electricidad (generación, transporte, distribución, comercialización, así como la gestión técnica y económica del sistema) puedan alcanzar los niveles de seguridad, innovación y competitividad que todos deseamos.

En el presente estudio intentamos presentar una reflexión sobre estos problemas, arrancando de los fundamentos del nuevo modelo de regulación del sector eléctrico, para explicar seguidamente los rasgos que estimamos esenciales del régimen jurídico que disciplina el tendido de las nuevas infraestructuras de distribución de electricidad, así como su acceso y conexión con otras redes de distribución y transporte.

II. LA «COMPETENCIA EN REDES ENTRE DISTRIBUIDORAS» Y LOS CONFLICTOS DE ACCESO A LAS REDES DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN ANTE LA CNE

Desde el año 2001 vienen sucediéndose diferentes conflictos entre empresas distribuidoras, que quieren tender redes para el suministro de nuevas urbanizaciones o polígonos industriales, fuera de sus tradicionales zonas de actuación, y solicitan el acceso y conexión de estas nuevas redes a las redes existentes de transporte y distribución. Ante la negativa de las empresas transportistas o distribuidoras a facilitar el acceso y la conexión se han formalizado los correspondientes conflictos de acceso ante la Comisión Nacional de la Energía.

La Comisión Nacional de la Energía (CNE) ha resuelto estos conflictos de forma favorable a otorgar el acceso para las nuevas distribuidoras, manteniendo una doctrina bastante similar. Entre sus primeras resoluciones merece la pena destacar el conflicto de acceso a la red de transporte (CATR 4/2000) instado por HIDRO-CANTÁBRICO frente a IBERDROLA y que fue decidido por resolución de 13 de febrero de 2001. En este primer caso HIDRO-CANTÁBRICO había solicitado el acceso y conexión a la red de transporte de IBERDROLA para una potencia de 105 MW en la línea eléctrica de 220 KV denominada «La Eliana-Torrente» en la zona de El Oliveral, en el término municipal de Quart de Poblet (Valencia). Esta resolución de la CNE fue recurrida en alzada por IBERDROLA ante el Ministerio de Economía, dando lugar a la resolución de 28 de marzo de 2001, por la que se resolvió dicho recurso de forma también favorable a otorgar el acceso a las redes en favor de HIDROCANTÁBRICO.

Entre las últimas resoluciones de la Comisión Nacional de la Energía merece la pena destacar el conflicto de acceso a la red de transporte CATR 6/2001, instado también por HIDROCANTÁBRICO frente a IBERDROLA, y resuelto por decisión de 31 de julio de 2003 para el acceso a la red de transporte en la línea de 400 KV «La Plana-La Eliana», en el término municipal de Almazora (Castellón); así como la resolución del conflicto de acceso a la red de transporte CATR 9/2002 instado por la Sociedad Cooperativa Limitada Benéfica de Consumo de Electricidad «SAN FRANCISCO DE ASÍS» frente a RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA, en su calidad de gestor de la red de transporte y frente a ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, para el acceso en la línea de 220 KV «Montetorrero-Entrerríos» en el término municipal de Cuarte de Huerva (Zaragoza), decidido por resolución de la Comisión Nacional de Energía de 31 de julio de 20...



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