Sinopsis de la nueva ley concursal: L.O. 22/2003 (2006)
Teresa Ramos Ibós - Juez
Section: Sumario
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Id. vLex: VLEX-288472
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1. Vigencia de los contratos con obligaciones recíprocas pendientes: I. Vigencia de los contratos con obligaciones recíprocas; II. Resolución por incumplimiento; III. Supuestos especiales. 2. Contratos de trabajo existentes a la fecha de declaración de concurso: I. Jurisdicción; II. Legitimación; III. Tramitación; IV. Los contratos del personal de alta dirección; V. Modificación de las condiciones establecidas en los convenios colectivos. 3. Contratos de carácter administrativo celebrados por el deudor: I. Régimen de los contratos administrativos; II. Régimen de los contratos Privados. 4. Rehabilitación de los contratos afectados por incumplimientos del deudor: I. Contratos de crédito; II. Contratos de adquisición de bienes con precio aplazado; III. Enervación del desahucio.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 22
Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículo 41
Ley de 8 de junio de 1957, sobre el Registro Civil. - Artículo 86
REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1995, de 24 de Marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de Marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Derecho concursal
Concurso de acreedores
Derecho concursal
Procedimiento concursal
Normativa general del procedimiento concursal
Efectos de la declaración de concurso sobre los contratos pendientes de ejecución
1. Vigencia de los contratos con obligaciones recíprocas pendientes
I. Vigencia de los contratos con obligaciones recíprocas La declaración de concurso no afecta a la vigencia de los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento. Las prestaciones a que esté obligado el concursado se realizarán con cargo a la masa. En este sentido, dispone el artículo 61, 1 LC la vigencia, por regla general, de los contratos celebrados por el deudor que se encuentren pendientes de cumplimiento por una de las partes en el momento de declaración del concurso, incluyéndose el crédito o la deuda que corresponda al deudor en la masa activa o en la pasiva del concurso, respectivamente. En la misma línea, tampoco admite la Ley Concursal la inclusión en los contratos de cláusulas que establezcan la facultad de resolución o la extinción del contrato por la sola causa de la declaración de concurso de cualquiera de las partes (art. 61,3 LC). Sin embargo, la Ley Concurs...Try vLex for FREE for 3 days
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