Definición de mercado geográfico en servicios de acceso a telecomunicaciones desde ubicación fija

Revista del Derecho de las Telecomunicaciones e Infraestructuras en Red - Nbr. 22, January 2005

R. Noriega Sandberg y R. Ariño Sánchez - Licenciada en Ciencias Económicas y Abogado. Socio Ariño y Asociados, Abogados
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Definición de mercado geográfico en servicios de acceso a telecomunicaciones desde ubicación fija

A) INTRODUCCIÓN

Esta nota analiza la definición de mercado geográfico en el mercado de servicios de acceso a redes de telecomunicaciones desde ubicaciones fijas. La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones en su Consulta Pública del 20041 sobre esta cuestión ha llegado a la conclusión de que el mercado geográfico de servicios de acceso y tráfico en redes desde ubicación fija es nacional. Esta decisión supone la continuación del marco establecido y aceptado en Europa que, por ello, será difícil de reformar a corto plazo. Sin embargo, esta decisión plantea problemas estratégicos en el sector, particularmente afectando al operador histórico que ve limitada su libertad empresarial.

En efecto, con la delimitación del mercado en el ámbito nacional, Telefónica de España encuentra limitaciones en su capacidad de responder con contra-ofertas a la creciente pluralidad de ofertas localizadas en servicios de acceso a redes fijas. Existen cada vez más ofertas competitivas de acceso (a servicios de banda estrecha o banda ancha), en ocasiones empaquetados con servicios de voz y otros, en zonas geográficas localizadas (centros urbanos y/o zonas donde existen redes alternativas de cable). Se trata de un descreme de mercado preponderante en aquellas zonas geográficas donde se concentran mayor número de usuarios o donde los usuarios generan mayor volumen de negocio (como es el caso de usuarios empresariales).

Ante esta situación, el operador establecido no puede responder a esta competencia mediante contra-ofertas localizadas, como cabría esperar en un mercado libre, principalmente por dos razones:

- porque está limitado a hacer ofertas homogéneas en todo el ámbito nacional, y

- porque, de acuerdo con el principio de replicabilidad, cualquier oferta minorista del operador, repercutirá en los precios de las ofertas mayoristas reguladas que se ve obligada a ofrecer a sus competidores.

Estas limitaciones derivan del marco regulatorio, en concreto de estos dos conceptos establecidos en el marco comunitario y nacional (de iure o de facto):

- la segmentación de distintos servicios mayoristas de banda ancha (acceso al bucle desagregado, acceso bitstream, etc.), que, sin embargo, compiten aguas abajo en el mismo mercado minorista (de banda ancha). Esta situación genera una segmentación artificial en el nivel minorista donde compiten operadores de servicios de banda ancha de acceso indirecto y directo a través de múltiples tecnologías (ADSL, cable, etc.);

- la delimitación de un mercado nacional geográfico para servicios de acceso que implica un sesgo en el cálculo de cuotas de mercado y supone la identificación de Telefónica de España como un operador con SMP en toda la geografía nacional, a pesar de que en algunas demarcaciones (y ...



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