La Notaría (desde 1995) - Nbr. 6/2004, June 2004
Josep M. Fugardo Estivill - Notario
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Id. vLex: VLEX-231708
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La posibilidad de acudir o no al procedimiento de apremio para la exacción forzosa de las minutas notariales y registrales viene mereciendo una respuesta contradictoria por parte de la doctrina de las Audiencias Provinciales existiendo pronunciamientos en ambos sentidos. El auto que se reproduce en este trabajo se pronuncia en sentido negativo, aunque reconoce que puede acudirse al procedimiento monitorio, y el auto de la Audiencia Provincial de Sevilla, Sec. Octava, de 5 de marzo 2003, que fue reproducido y comentado por el autor en el número 1-2/2004, de esta revista, se pronuncia en sentido afirmativo. VOCES: Minutas notariales y registrales: ejecución; procedimiento de apremio; procedimiento monitorio.
I. Procedimiento. - II. Disposiciones estudiadas. - III. Doctrina. - IV. Fundamentos de hecho. - V. Fundamentos de derecho. - VI. Comentario.
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Notarios
Denegación del procedimiento de apremio en relación con las minutas notariales y registrales (Auto de 5 de febrero de 2004, de la Audiencia Provincial de Las Pampas, Sección 4ª)
I. PROCEDIMIENTO
AUTO de 5 febrero de 2004, Audiencia Provincial de Las Palmas, Sección cuarta. PONENTE: Ilmo. Sr.Víctor Manuel Martín Calvo. Recurso de apelación 589/2000. II. DISPOSICIONES ESTUDIADAS LECA, art. 481. LEC, art. 517 Ley de Tasas y Precios Públicos (LTPP), Ley 8/1989, de 13 de abril, Disp. adicional tercera RN, art. 63. RD 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad RH, arts. 615, 617 y 618 III. DOCTRINA En relación con el procedimiento de apremio de las minutas notariales y registrales, la Sala considera que las disposiciones reglamentarias que lo regulan, no generarían vulneración del derecho a la igualdad, dada la especial naturaleza del crédito en atención a la especial función que desempeñan los Notarios. Sin embargo, la Sala entiende que las citadas disposiciones vulneran el principio de jerarquía normativa (art. 9.3 CE), el de tutela judicial efectiva, por ausencia de contradicción y medios de prueba (art. 24 CE) y el de reserva de Ley en materia de procedimiento (art. 117.3 CE). En el parecer de la Sala di...Try vLex for FREE for 3 days
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