BOE. Boletín Oficial del Estado, July 09, 2008 (Nbr. 165)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Administraciones Publicas
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REPEALS
ORDEN INT/2437/2002, de 4 de octubre, por la que se regula la composición y régimen de funcionamiento del Instituto Nacional de Investigación y Formación sobre Drogas.
REAL DECRETO 1555/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo.
CHANGES
REAL DECRETO 415/1997, de 21 de Marzo, por el que se crea la Comision nacional de Reproduccion humana asistida.
REAL DECRETO 1087/2003, de 29 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad y Consumo.
REAL DECRETO 176/2004, de 30 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa.
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículo 17
Real Decreto 1133/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo.
El Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, y el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, con objeto de facilitar el desarrollo del programa político del Gobierno y conseguir la máxima eficacia y racionalidad en su acción, establecen una reestructuración de las competencias ministeriales. Asimismo al objeto de poder dar cumplimiento a dicho programa político y mejorar la prestación que se da a los ciudadanos se hace preciso modificar la estructura del Ministerio de Sanidad y Consumo, adaptando la estructura orgánica existente al cumplimiento de estos objetivos. La principal modificación desde el punto de vista orgánico es la transformación del Centro Nacional de Transplantes y Medicina Regenerativa en la Dirección General de Terapias Avanzadas y Trasplantes, que tiene por finalidad la coordinación con la investigación en ciencias de la salud que permita un posterior traslado de la investigación al conjunto del Sistema Nacional de Salud y, por lo tanto, una mejora de la calidad del servicio público esencial cuyos usuarios son los ciudadanos, y a la que se adscribe la Organización Nacional de Trasplantes. Además, se introduce la posibilidad de que el Director General de Terapias Avanzadas y Trasplantes, no tenga que tener necesariamente la condición de funcionario. El motivo es que se trata de una dirección general que debe desarrollar tareas extraordinariamente específicas y especializadas del campo de la salud, existiendo profesionales fuera del ámbito de la función pública que coinciden con este perfil y que cuentan con la necesaria experiencia científico-técnica, por lo que se considera adecuado su apertura para aumentar las posibilidades de cubrir el puesto con una persona con los conocimientos y el ejercicio profesional adecuados. Igualmente, al objeto de racionalizar la estructura del departamento y mejorar la cohesión del Sistema Nacional de Salud, pasan a depender de la Secretaría General de Sanidad las competencias en materia de financiación de medicamentos, de coordinación en materia de política farmacéutica y de la ordenación profesional. Asimismo, se incluyen otras modificaciones en cuanto a cambio de denominaciones de algunas direcciones generales y a la adscripción de órganos o unidades ya existentes, que responden a la necesidad de adecuar las funciones a cada órgano y conseguir así una mejora en la gestión que permita una mayor eficacia en la prestación del servicio público sanitario que al Ministerio le corresponde. En todo caso, las modificaciones introducidas pretenden una mayor adecuación de los órganos a las funciones atribuidas, una racionalización de la estructura y una mayor eficacia en el cumplimiento de las competencias que el Ministerio de Sanidad y Consumo tiene encomendadas. En su virtud, a iniciativa del Ministro de Sanidad y Consumo, a propuesta de la Ministra de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de julio de 2008, D I S P O N G O : Artículo 1. Organización general del departamento. 1. El Ministerio de Sanidad y Consumo es el departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria y de consumo, así como del ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado para asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección de la salud. 2. Las competencias atribuidas en este real decreto se entenderán en coordinación y sin perjuicio de aquellas que corresp...
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