BOE. Boletín Oficial del Estado, December 23, 2006 (Nbr. 306)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Economia y Hacienda
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CHANGES
REAL DECRETO 1775/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
REAL DECRETO 1776/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
REAL DECRETO 1777/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.
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Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva. de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas. de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Real decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y fiscales de los juegos de suerte, envite o azar y apuestas. de 25 de febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y fiscales de los juegos de suerte, envite o azar y apuestas.
LEY 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. - Artículo 25
REAL DECRETO LEGISLATIVO 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Real Decreto 1576/2006, de 22 de diciembre, por el que se modifican, en materia de pagos a cuenta, el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio; el Real Decreto 2146/2004, de 5 de noviembre, por el que se desarrollan las medidas para atender los compromisos derivados de...
La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, introduce importantes modificaciones en dichos impuestos que tienen incidencia en el ámbito de los pagos a cuenta de los mismos. Por una parte, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se ha establecido un nuevo esquema de liquidación, consecuencia de la introducción de un tramo a tipo cero para permitir que cualquier contribuyente obtenga idéntico tratamiento fiscal por una misma circunstancia personal y familiar con independencia de su nivel de renta. Al tiempo se ha rebajado la tarifa del impuesto y se han efectuado importantes elevaciones en los importes que configuran el umbral de tributación, y, por lo tanto, de retención, en concreto, en la reducción por obtención de rendimientos del trabajo y en las cuantías del mínimo personal y familiar. Por otra parte, se han establecido nuevos supuestos de retención o ingreso a cuenta, como es el caso de los rendimientos de determinadas actividades económicas que determinan su rendimiento neto con arreglo al método de estimación objetiva o el de las ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos. Por último, el nuevo tratamiento de las rentas del ahorro ha supuesto el establecimiento de nuevos tipos de retención aplicables no sólo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sino también en el Impuesto sobre Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes. En consecuencia, el Gobierno considera oportuno adelantar la aprobación del presente Real Decreto con anterioridad a la del nuevo Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con la finalidad de que los obligados a practicar retenciones e ingresos a cuenta puedan conocer con la suficiente antelación la nueva normativa que en materia de pagos a cuenta resultará aplicable a partir de 1 de enero de 2007, proporcionando así la seguridad e información necesarias para el correcto cumplimiento de sus obligaciones como retenedores. De esta forma, se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio, el Real Decreto 2146/2004, de 5 de noviembre, por el que se desarrollan las medidas para atender los compromisos derivados de la celebración de la XXXII edición de la Copa del América en la ciudad de Valencia, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio, con la finalidad de adaptar dichas normas a las modificaciones producidas en materia de pagos a cuenta como consecuencia de la aprobación de la citada Ley. El presente Real Decreto se estructura en tres capítulos, cuatro artículos, tres disposiciones transitorias y una final. El capítulo I regula las modificaciones introducidas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se desarrolla en dos artículos, el primero modificando el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el segundo, el citado Real Decreto 2146/2004. El capítulo II comprende un único artículo que modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. Por último, el capítulo III, integrado también por un solo artículo, regula las modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Con carácter previo a la exposición de los principales cambios efectuados en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas debe indicarse que se ha considerado oportuna la mera adaptación del actual Reglamento del Impuesto al contenido de la nueva Ley, facilitando así su análisis y comprensión por los contribuyentes. De esta manera, queda debidamente actualizada aquella parte del Reglamento en la que se regulan los pagos a cuenta, constituyendo el marco jurídico a tener en cuenta por los contribuyentes en esta materia a partir de 1 de enero de 2007 y hasta la aprobación del nuevo Reglamento del Impuesto. Las modificaciones más importantes efectuadas en este Impuesto en materia de pagos a cuenta se refieren al ámbito de las rentas del trabajo y de actividades económicas. En relación con los rendimientos del trabajo se mantiene el sistema actual de determinación del tipo de retención. De esta forma, se conserva, junto a los tipos fijos de retención para determinados rendimientos, el procedimiento general de determinación del tipo de retención. No obstante, tal y como se indicó anteriormente, la importante elevación de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo y del mínimo personal y familiar, ha supuesto un importante incremento de los umbrales de retención, esto es, del importe a partir del cual existirá obligación de retener. A...
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