Reglamento (CE) nº 2799/1999 de la Comisión, de 17 de diciembre de 1999, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1255/1999 en relación con la concesión de una ayuda a la leche desnatada y a la leche desnatada en polvo destinadas a la alimentación animal y con la venta de dicha leche desnatada en polvo

DOUE. Diario Oficial de la Unión Europea, December 31, 1999 (Nbr. 2)

Reglamento - Comisión de las Comunidades Europeas
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Reglamento (CE) nº 1558/2006 de la Comisión, de 18 de octubre de 2006, que modifica el Reglamento (CE) nº 2799/1999 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1255/1999 del Consejo en relación con la concesión de una ayuda a la leche desnatada y a la leche desnatada en polvo destinadas a la alimentación...

Citations:

Reglamento (CE) nº 124/1999 de la Comisión, de 20 de enero de 1999, por el que se modifican los Reglamentos (CEE) nos 1589/87, 429/90, 1158/91, 3378/91, 3398/91 y (CE) nº 2571/97 en lo tocante al plazo fijado para la presentación de las ofertas de las licitaciones de 20 de enero de 1999, por el que se modifican los Reglamentos (CEE) nos 1589/87, 429/90, 1158/91, 3378/91, 3398/91 y (CE) nº 2571/97 en lo tocante al plazo fijado para la presentación de las ofertas de las licitaciones


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Reglamento (CE) nº 2799/1999 de la Comisión, de 17 de diciembre de 1999, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1255/1999 en relación con la concesión de una ayuda a la leche desnatada y a la leche desnatada en polvo destinadas a la alimentación animal y con la venta de dicha leche desnatada en polvo

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas31. 12. 1999 L 340/3

REGLAMENTO (CE) No 2799/1999 DE LA COMISIÓN de 17 de diciembre de 1999 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1255/1999 en relación con la concesión de una ayuda a la leche desnatada y a la leche desnatada en polvo destinadas a la alimentación animal y con la venta de dicha leche desnatada en polvo LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1 ), y, en particular, sus artículos 10 y 15,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 1255/1999 sustituyó al Reglamento (CEE) no 804/68 del Consejo (2 ), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1587/ 96 (3 ), y, entre otros, al Reglamento (CEE) no 986/68 del Consejo, de 15 de julio de 1968, que regulaba la concesión de ayudas para la leche desnatada y la leche desnatada en polvo, destinadas a la alimentación animal (4 ), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1802/95 (5). Para tener en cuenta el nuevo régimen y la experiencia adquirida, procede modificar y, en su caso, simplificar las disposiciones del Reglamento (CEE) no 1725/79 de la Comisión, de 26 de julio de 1979, relativo a las modalidades de concesión de las ayudas para la leche desnatada transformada en piensos compuestos y para la leche desnatada en polvo destinada a la alimentación de los terneros (6), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 83/96 (7 ).

Con ocasión de estas modificaciones, conviene, por razones de claridad, proceder a la refundición de dicho Reglamento incorporando también las disposiciones del Reglamento (CEE) no 3398/91 de la Comisión, de 20 de noviembre de 1991, relativo a la venta mediante licitación de leche desnatada en polvo, destinada a la fabricación de piensos compuestos y por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 569/88 (8), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 124/1999 (9), así como las del Reglamento (CEE) no 1634/85 de la Comisión, de 17 de junio de 1985, por el que se fija la ayuda concedida a la leche desnatada y la leche desnatada en polvo destinadas a la alimentación animal (10 ), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1802/95.

(2) El objetivo de la medida de ayuda contemplada en el artículo 11 del Reglamento (CE) no 1255/1999 consiste en apoyar la utilización de las proteínas de la leche.

Parece, por tanto, conveniente vincular el pago de la ayuda al contenido en proteínas lácteas de la leche desnatada o de la leche desnatada en polvo correspondiente.

(3) Es conveniente garantizar que la leche desnatada y la leche desnatada en polvo a las que se concedan ayudas sean efectivamente utilizadas para la alimentación animal. Por consiguiente, procede prever que el beneficio de las ayudas se reserve para la leche desnatada y la leche desnatada en polvo transformadas en piensos compuestos o desnaturalizadas con arreglo a determinados requisitos. Asimismo, es conveniente prever disposiciones adecuadas para evitar que el mismo producto se beneficie de la ayuda varias veces.

(4) El Reglamento (CE) no 1043/97 de la Comisión (11 ) prevé la inaplicación de algunas disposiciones de control del Reglamento (CEE) no 1725/79. Es conveniente tener en cuenta esta inaplicación en el marco de los controles contemplados en el presente Reglamento y derogar el Reglamento (CE) no 1043/97.

(5) Es oportuno conceder las ayudas sólo si los piensos compuestos se ajustan a ciertas normas de composición habitualmente observadas en la industria y si han llegado a la última fase de la fabricación industrial. Además, resulta necesario, a efectos de control, que los citados productos estén acondicionados en envases que permitan su identificación. Es conveniente que los Estados miembros tengan la posibilidad de precisar las formas de cumplir los mencionados requisitos.

(6) No es necesario un envase particular cuando los piensos compuestos ll...

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