DOCM. Diario Oficial de Castilla-La Mancha, July 03, 2009 (Nbr. 128/2009)
I. Disposiciones generales - CONSEJERIA DE TRABAJO Y EMPLEO
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 35 , 38 , 42
REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones. de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.
LEY 2/2003, de 30 de enero, del Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha. de 30 de enero, del Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha. - Artículo 10
Decreto 85/2009, de 30/06/2009, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional para programas de formación para el empleo del Servicio Público de Empleo de Castilla la Mancha.
En el marco constitucional y estatutario, y dentro de la estructura organizativa de esta Comunidad Autónoma, corresponde a la Consejería de Trabajo y Empleo, a tenor del artículo 1 del Decreto 92/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la misma, programar y ejecutar la política regional en materia de ejecución de la legislación laboral, gestión de la formación profesional ocupacional y fomento del empleo de la Región.
Por Ley 2/2003, de 30 de enero, se creó el Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha, Organismo Autónomo adscrito a la Consejería competente en materia de empleo (en la actualidad Consejería de Trabajo y Empleo), con la finalidad de gestionar y realizar todas aquellas políticas orientadas a la consecución del pleno empleo en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, dirigidas a facilitar a los trabajadores, en especial los desempleados, un puesto de trabajo digno y adecuado, y a facilitar a los empleadores la contratación de trabajadores adecuados a sus necesidades de producción de bienes o servicios, así como ordenar , planificar, gestionar y evaluar los programas relativos a la formación profesional para el empleo. En este sentido, tanto el recientemente aprobado Plan por el Crecimiento, la Consolidación y la Calidad del Empleo en Castilla La Mancha 2008-2013, como el II Plan de Formación Profesional de Castilla-La Mancha que desarrolla el Pacto por la Competitividad y el Desarrollo en el ámbito de la formación y la cualificación, consideran la formación profesional como un objetivo estratégico para Castilla-La Mancha. Siendo objetivo prioritario de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la Formación Profesional, el nuevo Plan por el Crecimiento, la Consolidación y la Calidad del Empleo en Castilla La Mancha pone de manifiesto que debe configurarse como la principal política activa de empleo, que haga posible un empleo de calidad, estable, seguro y cualificado que contribuya de forma decisiva al desarrollo de las personas, de las empresas y del entorno. Así, entre las medidas propuestas, se recoge la formación...Try vLex for FREE for 3 days
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