BOE. Boletín Oficial del Estado, April 06, 1994 (Nbr. 0082)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Educacion, Cultura y Deporte
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 38 , 80 , 84
Constitución Española de 1978. - Artículo 27
REAL DECRETO 321/1994, de 25 de Febrero, sobre autorizacion a Centros docentes privados para impartir enseñanzas artisticas.
La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, aborda una profunda reforma de las enseñanzas artísticas, haciendo expresa su finalidad de proporcionar a los alumnos una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de la música, la danza, el arte dramático, las artes plásticas y el diseño. Esta nueva ordenación de las enseñanzas ha de tener su correlato en la estructura y condiciones materiales de los centros docentes, así como en la cualificación del profesorado que imparta las enseñanzas. En coherencia con esta necesidad, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1985, reguladora del Derecho a la Educación, el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, reguló los requisitos mínimos que han de reunir los centros de enseñanzas artísticas.
De acuerdo con la normativa citada, el presente Real Decreto establece el procedimiento de autorización de centros privados de enseñanzas artísticas situados en el ámbito territorial de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia, contemplando el necesario equilibrio entre la libertad de creación de los centros docentes consagrada en el artículo 27.6 de la Constitución y, a la vez, la garantía de la calidad de las enseñanzas que éstos impartan. Tod...Try vLex for FREE for 3 days
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