REDI Revista Electrónica de Derecho Informático - Nbr. 7, February 1999
Rodolfo Herrera Bravo - Abogado. División Jurídica - Contraloría General de la República. Editor del Boletín Hispanoamericano de Informática y Derecho. rodher@entelchile.net. (Chile)
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Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se aprueba el Código de Comercio. - Artículo 913
Código Civil. - Artículo 1699
Derecho de las comunicaciones
Telecomunicaciones
Redes de comunicación
Obligaciones
Contratos
Contratos informáticos
Empresa mercantil
Contratos mercantiles
Contratos electrónicos
El documento electrónico: algunas vías de aplicación en el Derecho Probatorio Chileno.
1.- INTRODUCCIÓN
Toda pretensión jurídica invocada en juicio debe ser acreditada mediante las reglas dadas por el derecho probatorio de cada país, ya que de ello depende la efectiva titularidad sobre un derecho discutido o negado. Por ello, la prueba se constituye en la base fundamental del proceso y en una condición de seguridad jurídica esencial para el pronunciamiento de una sentencia justa y objetiva. Ahora bien, el creciente empleo de las tecnologías de la información como soporte material en el cual se concretan hechos y actos jurídicos actualmente, nos ha motivado a dedicar unas palabras sobre el documento electrónico como un medio de prueba admisible, especialmente en caso de ausencia de consagración expresa en el ordenamiento jurídico. Antes que todo advirtamos que nos referiremos al documento electrónico en su sentido estricto, es decir, entendiéndolo como una representación material, destinada e idónea para reproducir una cierta manifestación de voluntad, materializada a través de las tecnologías de la información sobre soportes magnéticos, como un disquete, un CD-ROM, una tarjeta inteligente u otro, y que consisten en mensajes digitalizados que requieren de máquinas traductoras para ser percibidos y comprendidos por el hombre; como también, abordaremos a los documentos electrónicos en sentido amplio o documentos informáticos, caracterizados por la posibilidad de ser percibibles y legibles directamente por el hombre sin necesidad de la intervención de máquinas traductoras, como sería el caso de la boleta que emite un cajero automático o un correo electrónico impreso. No obstante estar adquiriendo mayor habitualidad y trascendencia en la contratación moderna y en los medios de pago, los soportes informáticos no están ajenos a importantes críticas que cuestionan no sólo su valor probator...Try vLex for FREE for 3 days
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