Retracto convencional y legal (2009)
Sergio Vázquez Barros - Abogado
Section: Sumario
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Id. vLex: VLEX-59087401
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Antes de entrar de lleno en el tratamiento de los retractos convencionales y legales, resulta conveniente iniciar con una breve exposición conceptual en relación con el dominio y posesión, no sólo por tratarse de derechos íntimamente ligados a la propiedad y por ende, objeto de compraventa; sino también, como ya se indicó, por constituir una cláusula que puede ser incorporado a un contrato de esta naturaleza y por lo tanto, todo ello, viene a servir para una mejor comprensión de esta materia.

Dominio y posesión
1.- Dominio
A) Concepto Antes de entrar a tratar los retractos como tales, conviene partir de la concepción distintiva entre dominio y propiedad. Por otro lado, aunque no siempre, en la mayoría de los casos la posesión es un derecho derivado del dominio y, por ende, elemento integrador de la propiedad plena. Debemos partir de la premisa de que el señorío del hombre sobre las cosas es una de las claves de la historia de la humanidad. El ansia de poder y el apetito de dominación es uno de los motores de la historia del hombre sobre la tierra y de sus evoluciones. La lucha entre los que tienen y los que aspiran a tener, que subyace en el fondo de todas las ideologías formuladas y que se formularán hasta el fin de los tiempos, es algo obvio que no necesita de ningún comentario. Por ello, la propiedad no es solamente una institución jurídica, sino que es objeto de estudio por diversas ramas: la economía, la sociología, la política, la filosofía jurídica, etc. La propiedad y su regulación jurídica en gran medida no son más que una superestructura de las ideas sociales, políticas y económicas que en un período determinado sacuden a las naciones. De ahí que una definición legal de la propiedad esté siempre influenciada por el ambiente histórico en que se formula. Cuando el Código de Napoleón declara que la propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa del modo más absoluto y sin otras limitaciones que las legales, y que nadie puede ser privado de su propiedad más que por su expropiación, fundada en una causa justificada de utilidad pública y previa la correspondiente indemnización, en realidad lo que hace es consagrar uno de los resultados de la Revolución de 1789: la propiedad libre de las cargas feudales del Antiguo Régimen; la autonomía de la voluntad del individuo, aspiración del liberalismo burgués, que es el que sale triunfante de la Revolución; el mantenimiento y consagración de las propiedades adquiridas durante el proceso revolucionario de los bienes llamados nacionales (de la Iglesia, de los nobles, etc.). En nuestro Código Civil no podía...Try vLex for FREE for 3 days
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