Mujeres y castigo: un enfoque socio-jurídico y de género (2007)
Elisabet Almeda Samaranch
Section: El castigo de ser mujer
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Id. vLex: VLEX-441841
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1. Introducción. 2. Una mirada de género. 3. Razones del crecimiento de la población reclusa femenina. 4. La práctica de las teorías sexistas: un estudio de caso en el centro de mujeres de Brians. 4.1. Estructura deficiente y poco operativa. 4.2. Brians-dones: «verruga» del centro penitenciario de Brians. 4.3. La política penitenciaria de Brians-dones: domesticidad, control, disciplina y medicalización. 4.4. Control y disciplina de las mujeres presas. 4.5. Asistencia sanitaria en Brians-dones. 5. A manera de conclusión. 6. Bibliografía.
Derechos fundamentales
Derechos de la persona
Derechos de la mujer
Derecho penitenciario
Establecimientos penitenciarios
Establecimientos penitenciarios especiales
Establecimientos penitenciarios de mujeres
Derecho penitenciario
Ejecución Penal y Mujer en España: Olvido, Castigo y Domesticidad
1. Introducción. En España, las mujeres encarceladas sufren olvido y las cárceles femeninas son un ámbito ignorado. Las cárceles españolas discriminan a las mujeres encarceladas. No solamente porque se las trate peor que a los hombres, sino porque el tratamiento es sexista. Las características de las instituciones de reclusión femeninas en nuestro país suponen una pena de privación de libertad más dura para las mujeres. En las prisiones femeninas existe una precaria dotación de recursos económicos, una estructura espacial inadecuada y condicionada, en muchos casos, a un centro de población reclusa masculina, unas instalaciones poco habilitadas, una oferta muy reducida de programas rehabilitadores y un personal de orden y régimen poco preparado para atender la problemática de las mujeres. El tratamiento penitenciario se basa en un enfoque sexista y estereotipado que refuerza el rol tradicional de las mujeres: la disciplina y el control son excesivamente severos, existe una medicación desmesurada y una falta de atención y asistencia a las mujeres con cargas familiares. Este conjunto de situaciones discriminatorias comporta una condena especialmente severa para las mujeres que consolida e intensifica las desigualdades de género existentes en la propia sociedad en una instituciones penitenciarias proteccionistas y paternalistas. Las instituciones de reclusión para mujeres no han sido todavía objeto de estudio profundo ni desde el campo de la sociología ni desde el campo de la criminología. No ha habido una reflexión sobre las cárceles de mujeres y tampoco se ha examinado la política penitenciaria que se aplica en estas instituciones ni la situación específica de las mujeres encarceladas. Todo ello supone un grave desconocimiento del sistema penitenciario en su conjunto. El objetivo de esta ponencia es exponer de forma resumida algunos de los resultados obtenidos a raíz de mis investigaciones sobre las cárceles de mujeres en nuestro país1. El trabajo se estructura en tres partes, en primer lugar explicito la perspectiva de género de la cual se parte analizando las ideas y percepciones sexistas que la precedieron y que, si bien han ido cambiando con las nuevas perspectivas criminológicas, su ideología de fondo ha continuado a lo largo de los siglos bajo formas más modernas pero igualmente discriminatorias para el conjunto de mujeres encarceladas. En segundo lugar, destaco algunos de los factores explicativos del rápido crecimiento de la población reclusa femenina en España en los últimos 20 años para poder comprender el porqué del elevado porcentaje de mujeres en nuestras prisiones. En tercer y último lugar, intento validar las hipótesis generales de las criminologas del género en el caso de las cárceles de mujeres catalanas a partir de los resultados obtenidos en un estudio de caso realizado en la cárcel de mujeres de Brians en Cataluña. Dada las exigencias de extensión de esta ponencia solo podré presentar algunos de los resultados de dicha investigación aunque, en opinión de la autora, ya son suficientes para demostrar las diversas discriminaciones que sufren las mujeres en las cárceles catalanas y también en las del resto del territorio español, tal y como también he ido constatando en otras de mis investigaciones posteriores. Para ilustrar las argumentaciones de la ponencia he considerado útil aña- dir varias citas2de las entrevistas realizadas a lo largo del estudio de caso3. La cárcel de Brians consta de diferentes módulos penitenciarios de población reclusa masculina y de una prisión /módulo de poblaciónreclusa femenina que constituye la prisión de mujeres penadas más importante de Cataluña. Casi el 70% de la población reclusa femenina que está cumpliendo condena a Cataluña reside en esta cárcel, a diferencia de las cárceles de mujeres de esta comunidad -como por ejemplo la de Poniente o la de Wad Ras- donde predomina la población reclusa en situación preventiva. Esta es la razón básica por la cual se eligió realizar el estudio de caso en esta prisión. El hecho que sea una prisión con un funcionamiento propio y diferenciado del resto de módulos de hombres y disponga de una cierta autonomía administrativa y de equipos de tratamiento y régimen específicos, permitía entender el funcionamiento global de una cárcel de mujeres, cosa que no habría sido posible si el estudio se hubiese efectuado en los departamentos de mujeres que existen en algunas de las prisiones de hombres de Cataluña. Además, el centro penitenciario de Brians es el primero diseñado, construido y financiado por la Generalitat de Cataluña desde el traspaso de las competencias penitenciarias en el año 1984. En aquel momento era la prisión que había de marcar la pauta de las nuevas construcciones de prisiones que se hicieran más adelante; era el prototipo de prisión del futuro según destacados miembros de la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Rehabilitación. Un anális...
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