Consulta planteada por una Dirección General de la Comunidad de Madrid, en relación con la equiparación de las denominadas prohibiciones de contratar, establecidas por la normativa sobre Contratos de las Administraciones Públicas, con el concepto de infracción administrativa de las normas reguladoras de la contratación pública.

Datos Personales - Nbr. 25, January 2007


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Summary:

De lo previsto por la normativa vigente se extrae claramente que, entre las -prohibiciones de contratar- a las que dicha normativa se refiere, se encuentran diversos tipos de infracciones administrativas, sin que, por el contrario, dichas infracciones constituyan la totalidad de los supuestos típicos incorporados a sus preceptos.

Citations:

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 127 , 138

Constitución Española de 1978. - Artículo 25

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.


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Headnotes:

Extract:

Consulta planteada por una Dirección General de la Comunidad de Madrid, en relación con la equiparación de las denominadas prohibiciones de contratar, establecidas por la normativa sobre Contratos de las Administraciones Públicas, con el concepto de infracción administrativa de las normas reguladoras de la contratación pública.

Tal y como se expone, corresponderá al Órgano consultante, y no a esta Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, la delimitación concreta de los supuestos que, con base en el criterio restrictivo al que se hace mención en este Informe, deban dar lugar a la incorporación de los datos de carácter personal de la personas físicas infractoras en el apartado correspondiente del Registro de Licitadores destinado a tal fin.

PRIMERO.- Como cuestión previa, conviene referir que, tratándose de un tratamiento de datos de carácter personal, el artículo 6.1 de la Ley Orgánica 15/1999 dispone que "El tratamiento de los datos de carácter personal requ...



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