El control de la contaminación: técnicas jurídicas de protección medioambiental (2007)
Jorge Agudo Gonzalez - Profesor de Derecho Administrativo
Section: Tomo II
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1. La aplicación de las normas de protección del medio ambiente que integran medidas formuladas en términos de resultado: Objetivos medioambientales y estándares de inmisión 1.1. Medidas para el cumplimiento de los objetivos medioambientales y de los estándares de inmisión en la normativa sobre calidad de las aguas 1) Aplicación y cumplimiento de los objetivos medioambientales 1.1) Los programas de medidas para lograr el objetivo de un buen estado de las aguas en la Directiva 2000/60, de 23 de octubre, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas 1.2) Determinaciones mínimas de los programas de medidas previstos en la Directiva 2000/60 2) Medidas para la aplicación de los estándares de inmisión en la normativa sobre calidad de las aguas 2.1) El art. 7 de la Directiva 76/464, de 4 de mayo, relativa a la contaminación causada por determinadas sustancias peligrosas vertidas en el medio acuático de la Comunidad 2.2) Las Directivas sobre calidad de las aguas en función del destino final del agua 1.2. Medidas para el cumplimiento de los objetivos medioambientales y de los estándares de inmisión en la normativa sobre protección contra la contaminación atmosférica 1) aplicación y cumplimiento de los objetivos medioambientales 1.1) La Directiva 2001/81, de 23 de octubre, sobre techos nacionales de emisión de determinados contaminantes atmosféricos 1.2) La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 2) Medidas para la aplicación de los estándares de inmisión en la normativa sobre contaminación atmosférica. las directivas sobre valores límite de inmisión de determinadas sustancias contaminantes 2. Aplicación de las normas de protección del medio ambiente que integran medidas formuladas en términos de ejecución: estándares de emisión y normas reguladoras de los procedimientos contaminantes 2.1. Actos previos determinantes de la aplicación de los estándares de protección medioambiental y de las normas reguladoras de los procedimientos contaminantes 1) La evaluación de impacto ambiental: la declaración de impacto ambiental 1.1) La Declaración de Impacto Ambiental como acto previo determinante facultativamente de los condicionantes medioambientales requeribles al momento de la autorización de una actividad contaminante 1.2) Contenido de la Declaración de Impacto Ambiental que determina facultativamente el ejercicio de actividades contaminantes 2) Otros instrumentos de carácter preventivo que funcionan como actos previos determinantes de la aplicación de medidas de protección medioambiental en función de las características de las actividades contaminantes 2.1) Instrumentos de carácter preventivo previstos en la legislación de las Comunidades Autónomas y su relación con el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas 2.2) El Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas a) La calificación de actividades como acto previo determinante de la imposición de medidas de protección medioambiental b) Las industrias potencialmente contaminadoras de la atmósfera y la catalogación de actividades. Un supuesto de acto previo determinante de la aplicación de estándares de emisión 2.2. Aplicación definitiva de los estándares de protección medioambiental y de las normas reguladoras de los procedimientos contaminantes mediante el cumplimiento de una carga jurídica 1) La autorización 1.1) La autorización como técnica jurídica legitimatoria del ejercicio de actividades contaminantes y en cuanto técnica aplicativa de los estándares de protección medioambiental a) Acercamiento general a las autorizaciones de vertido i) Carácter legitimante y previo de la autorización de vertido ii) Carácter aplicativo de los estándares de protección medioambiental b) En concreto, la autorización ambiental integrada 1.2) Discrecionalidad administrativa en la aplicación de los estándares de protección medioambiental a) La estructura de las normas que integran estándares de protección medioambiental y discrecionalidad administrativa b) Otorgamiento reglado versus discrecional de las autorizaciones de vertido i) La autorización de vertido como acto jurídico reglado y constitutivo de un derecho a contaminar dentro de los límites establecidos por los estándares de protección medioambiental. La inexistencia de un «derecho a contaminar» como facultad de la libertad de empresa ii) Inexistencia de discrecionalidad en el otorgamiento. Crítica de las tesis que identifican la autorización de vertido con la concesión administrativa. c) Discrecionalidad administrativa y aplicación al caso concreto de los estándares de protección medioambiental i) La aplicación de los estándares de protección medioambiental al caso concreto en el momento inicial del ejercicio de las actividades contaminantes ii) Discrecionalidad técnica, potestad jurisdiccional y estándares de protección medioambiental. iii) Condiciones de las autorizaciones de vertido que otorgan un mayor margen de apreciación a la Administración - La imposición de límites de emisión más exigentes con base en la aplicación combinada de estándares de emisión e inmisión - La fijación de límites de emisión con base exclusiva en sistemas de protección basados en estándares de inmisión - El establecimiento de programas de reducción de la contaminación - Aplicación complementaria de normas reguladoras de los procedimientos contaminantes iv) La aplicación inicial de los estándares de protección medioambiental implica un control del funcionamiento de las actividades contaminantes que puede ser ejercida en cualquier momento, y que puede conllevar la adaptación de los límites de emisión autorizados inicialmente 1.3) La aplicación de las normas reguladoras de los procedimientos contaminantes constituidas por cláusulas técnicas a) Margen de apreciación de la Administración al momento de aplicación de las cláusulas técnicas b) El control o aplicación continuada de las cláusulas técnicas como idea consustancial a estas normas reguladoras de los procedimientos contaminantes i) Aplicación de las cláusulas técnicas en virtud de los progresos técnicos - Aplicación de las cláusulas técnicas en relación con tecnologías en experimentación - Aplicación de las cláusulas técnicas en relación con las tecnologías disponibles ii) Aplicación de la cláusula técnica y viabilidad económica. 2) La homologación administrativa y la certificación obligatoria 2.1) Planteamiento de la cuestión 2.2) La homologación administrativa 2.3) La certificación obligatoria como técnica sustitutiva de la homologación a efectos aplicativos de los estándares de protección medioambiental a) La certificación obligatoria del cumplimiento de reglamentos de seguridad por entidades colaboradoras de la Administración b) La certificación obligatoria en el marco de las Directivas «nuevo enfoque» 3) La comunicación o declaración previa obligatoria 3.1) En general, sobre la comunicación previa como instrumento de flexibilización de las técnicas de intervención administrativa 3.2) Algunos ejemplos sobre el régimen jurídico de la comunicación previa a) En la legislación estatal sobre industria b) En la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de protección del medio ambiente de Cataluña 2.3. El control de las actividades contaminantes en funcionamiento. la imposición de medidas de protección medioambiental mediante órdenes ambientales con el objetivo de hacer cumplir la normativa ambiental aplicable 1) La intervención administrativa mediante órdenes que establecen nuevas o adicionales medidas de protección respecto de las fijadas en las autorizaciones y resultado de las inspecciones de control del funcionamiento de actividades operativas 1.1) Las inspecciones administrativas como técnica instrumental para la imposición de medidas de protección medioambiental mediante órdenes 1.2) Órdenes que establecen medidas de protección adicional a las exigibles con base en la autorización administrativa 2) El recurso a auditorías ambientales u otros instrumentos similares como técnicas de comprobación del cumplimiento de la normativa medioambiental y de imposición de medidas de protección en actividades en funcionamiento 2.1) Las auditorías ambientales. El Decreto Legislativo 1/2000, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y de Auditorías Ambientales de Castilla y León 2.2) Las declaraciones ambientales y la verificación del cumplimiento de la normativa ambiental en la legislación de la Región de Murcia y de la Comunidad de Cataluña 2.3) El sistema de autodeclaración voluntario del grado de cumplimiento de la normativa sobre protección del ambiente atmosférico de la Ley 22/1983, de 21 de noviembre, de Cataluña

Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. de 28 de julio, de Costas. - Artículos 3 , 57 , 58 , 59 , 62
Control administrativo
Control
Medidas correctoras
Contaminación ambiental
Control administrativo
Control
Derecho administrativo especial
Medio ambiente
Derecho medioambiental
Aplicación de los estándares de protección medioambiental y de otras técnicas de control de la contaminación
1. La aplicación de las normas de protección del medio ambiente que integran medidas formuladas en términos de resultado: Objetivos medioambientales y estándares de inmisión
Los objetivos medioambientales y los estándares de inmisión tienen como destinatario directo, en función de la dimensión de la medida, a los Estados-Administraciones competentes, de ahí que deban ser estos quienes aprueben las políticas necesarias para hacer cumplir estas normas (programas o planes de medidas, declaración de zonas contaminadas por superación de los niveles de inmisión, etc.). Ahora bien, el concreto cumplimiento de los objetivos medioambientales y de los estándares de inmisión depende, en la práctica, de otras medidas más concretas (previstas generalmente en los planes y programas aprobados para su cumplimiento), y que suelen deducirse en la fijación de otros estándares más concretos (de inmisión y emisión, en el caso de los objetivos medioambientales, o bien de emisión en el caso de los estándares de inmisión), así como la autorización previa de las actividades contaminantes que, en última instancia, sirve como instrumento de control de los niveles de emisión generados por cada actividad contaminante que pueden interferir en el cumplimiento de los estándares de inmisión y de los objetivos medioambientales. Por ello, puede decirse que el cumplimiento de los objetivos medioambientales y de los estándares de inmisión implica el cumplimiento de nuevos estándares y, consecuentemente, el control de las emisiones. En consecuencia, cabe afirmar que el cumplimiento de los objetivos medioambientales y de los estándares de inmisión es semejante. Las claves son las siguientes: 1) existe una relación, dependencia y vinculación fundamental entre ambos tipos de normas de protección del medio ambiente; 2) los destinatarios de estas normas son los Estados-Administraciones competentes, quienes elaboran políticas y aprueban planes y programas que establecen las medidas necesarias para lograr los objetivos y niveles de inmisión establecidos; 3) de forma indirecta ambas normas de protección requieren para su cumplimiento el control de las emisiones mediante la formulación de concretos estándares de emisión y/o a través de las correspondientes autorizaciones. En los epígrafes siguientes se va a exponer la fase previa de la aplicación de los objetivos medioambientales y estándares de inmisión a través de los instrumentos más generales que conforman las políticas elaboradas para lograr el cumplimiento de dichas medidas, esto es, la aprobación y aplicación de planes y programas (pero sin perder de vista su intrínseca relación con los controles de emisión). En cualquier caso, la vinculación y dependencia existente entre objetivos medioambientales y estándares de inmisión permitirá comprobar la inmediata relación entre la aplicación y cumplimiento de ambos tipos de normas, a la que venimos haciendo referencia a lo largo de este trabajo. Esta relación es aún más evidente en las normas más modernas que utilizan un enfoque, global, combinado e integral del control de la contaminación, como en el caso de la Directiva 2000/60, de 23 de octubre, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas. De hecho, en este supuesto los programas previstos para el cumplimiento de los objetivos medioambientales son los instrumentos que, entre otros contenidos, también deben establecer las medidas necesarias para cumplir los estándares de inmisión necesarios para lograr cumplir los objetivos medioambientales establecidos en la nueva Directiva «marco». Todo ello, sin perjuicio de los instrumentos de aplicación de los estándares de inmisión formulados con base en las primeras Directivas dictadas en la materia calidad de aguas que, progresivamente deberán ser sustituidos por las nuevas técnicas previstas en la Directiva 2000/60. 1.1. Medidas para el cumplimiento de los objetivos medioambientales y de los estándares de inmisión en la normativa sobre calidad de las aguas 1) Aplicación y cumplimiento de los objetivos medioambientales Las medidas para combatir la contaminación de las aguas constituyen en su conjunto el sector más completo y antiguo de la política ambiental comunitaria. También constituye uno de los sectores que más ha evolucionado en la integración de los mecanismos y sistemas de protección ambiental. La legislación de aguas ha previsto desde su origen cuatro modelos distintos de protección de la calidad de las aguas: 1) un modelo alternativo de protección basado en la disyuntiva entre estándares de emisión y de inmisión, para las sustancias de la lista I del anexo de la Directiva 76/464, de 4 de mayo, relativa a la contaminación causada por determinadas sustancias peligrosas vertidas en el medio acuático (el llamado «enfoque paralelo»); 2) un enfoque conformado por estándares de inmisión concretado a nivel autorizatorio por límites de emisión, para las sustancias contaminantes de la lista II del anexo...Try vLex for FREE for 3 days
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