BOCM. Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, June 02, 2008 (Nbr. 130)
B - Autoridades y Personal - Consejería de Economía y Consumo
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REAL DECRETO 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras. de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras.
ORDEN 1540/2008, de 8 de mayo, de la Consejería de Economía y Consumo, por la que se regulan en la Comunidad de Madrid las ayudas para la mejora y modernización de las estructuras agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y se realiza la convocatoria para 2008.
El Reglamento 1698/2005, del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) establece las normas generales que regulan la ayuda comunitaria al desarrollo rural, financiada por el FEADER, que contribuirá a la promoción de un desarrollo rural sostenible. Asimismo, indica que las ayudas a “Inversiones en las explotaciones agrarias” e “Instalación de jóvenes agricultores”, estarán contenidas en el respectivo Programa Regional de Desarrollo Rural de esta Comunidad Autónoma para el período 2007-2013. La mejora de las estructuras y la modernización de los sistemas de producción de las explotaciones agrarias son objetivos preferentes de la política agraria madrileña en cuanto que contribuyen a la mayor eficacia productiva, a la diversificación de las producciones, al incremento de la competitividad, de la viabilidad y de la renta agraria, así como al reforzamiento del sector agroalimentario, a la mejora de la calidad de vida y fijación de la población en el medio rural y a la preservación del medio ambiente. Estos objetivos están plasmados en la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias. La misma ha sido modificada por la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, entre otros aspectos dicha modificación afecta a la definición de “agricultor profesional”. Sin embargo, en la Comunidad de Madrid, dadas las características de su sector agrario, con un porcentaje elevado de titulares de explotación que no reúnen las condiciones establecidas en la Ley 19/1995 para ser considerados “agricultores profesionales” o que no alcanzan sus explotaciones la condición de explotación prioritaria, según se trate de personas físicas o jurídicas respectivamente, y considerando igualmente la especial demanda de la población de Madrid con el medio rural y sus relaciones urbano-rural, se considera necesario establecer ayudas, además de a los agricultores profesionales o a las explotaciones prioritarias, a otro colectivo más amplio, el de los agricultores y ganaderos no profesionales que realicen en sus explotaciones inversiones dirigidas a lograr mejoras en las condiciones higiénico-sanitarias, medioambientales, en el ahorro de energía o de agua. Con anterioridad a esta Orden, las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias estaban reguladas a través de la Orden 6480/2005, de ayudas para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias y para actividades de diversificación de la producción agraria; de la Orden 1011/2006, de ayudas para la mejora y modernización de los regadíos de la Comunidad de Madrid, y de la Orden 1012/2006, de ayudas a la protección del medio ambiente en conexión con la economía agraria y mejora del bienestar de los animales en zonas rurales de la Comunidad de Madrid. La presente Orden desarrolla cinco actuaciones del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid (PDR-CM 2007-2013), ayudas a la primera instalación de jóvenes, apoyo a las inversiones productivas basadas en un plan de mejora y modernización de explotaciones agrarias cuyos titulares sean agricultores profesionales o entidades cuyos socios sean en su mayoría profesionales, ayudas dirigidas a todos aquellos agricultores que quieran realizar inversiones en pro de alcanzar mejores condiciones higiénico-sanitarias, así como la introducción de energías alternativas, ayudas para agricultores de regadío que quieran introducir sistemas más eficientes de riego, y ayudas para agricultores que introduzcan cultivos permanentes poco exigentes en agua en parcelas anteriormente cultivadas con especies exigentes en agua. Estas actuaciones se agrupan en dos líneas de ayuda distintas en correspondencia a la medida del PDR-CM 2007-2013 en que dichas actuaciones se incluyen. En concreto se trata de las medidas 112 “Instalación de jóvenes agricultores” (actuación 1121 primera instalación de jóvenes agricultores) y 121 “Modernización de las explotaciones agrarias” (resto de las actuaciones mencionadas). Igualmente, destacar la importancia que otro instrumento, en este caso nacional, tiene en la presente Orden, el Marco Nacional de Desarrollo Rural 2007-2013; en el que queda encuadrada la medida 112. La Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 26.3.1.4 de la Ley Orgánica 5/1998, de 7 de julio, de Reforma de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, tiene la competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general. La Consejería de Economía y Consumo, a través de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural tiene competencias en la mater...
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