Revista Crítica de Derecho Inmobiliario - Nbr. 699, January - February 2007
Rosana Pérez Gurrea - Licenciada en Derecho
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ARRENDAMIENTOS RÚSTICOS
Se pretende analizar las principales novedades introducidas en la regulación de los arrendamientos rústicos por la Ley 26/2005, de 30 de noviembre, que modifica la LAR de 2003, siguiendo la línea ya iniciada por leyes anteriores tendentes a la flexibilización del régimen de los mismos, destacando los aspectos registrales y sus principales innovaciones. ABSTRACT RURAL LEASES This article seeks to analyse the primary new features in the regulation of rural leases as introduced by Act 26/ 2005 of 30 November amending the Urban Leasing Act of 2003. The new law follows the fresh line set by previous laws, which tend to give the procedure greater flexibility. The registration-related aspects and main innovations of the new law are highlighted.
Estudio de la ley de arrendamientos rústicos 49/2003, de 26 de noviembre, y su modificación por ley 26/2005, de 30 de noviembre
I. Introducción y antecedentes legislativos La regulación que hace el Código Civil de esta materia, así como su insuficiencia para resolver los problemas planteados en la práctica, dieron lugar a la aparición de una legislación especial en la materia. Se inicia así una legislación intervencionista que culminaría con la Ley de Arrendamientos Rústicos de 1935, según la cual, el propietario tenía libertad para arrendar o no, pero si lo hacía el contrato se regía por normas imperativas, idea reiteradamente declarada por la jurisprudencia en sentencias de 29 de octubre de 1945 y 5 de abril de 1949, entre otras. Esta concepción social e institucional del arrendamiento rústico se distancia bastante de los principios reguladores de esta figura jurídica en el Código Civil. Posteriormente se dictó un Reglamento para la aplicación de la legislación sobre arrendamientos rústicos, aprobado por Decreto de 29-4-1959, que en realidad más que una norma de carácter reglamentario era un texto refundido, ya que no se limitó a desarrollar la ley, sino que sistematizó las disposiciones legislativas existentes hasta ese momento en la materia. La reforma de esta legislación tiene lugar por Ley de 31-12-1980, la cual se caracterizaba por su tendencia social manifestada en la protección al arrendatario, concediéndole derechos tan importantes como el de tanteo y retracto, contempla el derecho de adquisición forzosa, el carácter restrictivo de la re-nunciabilidad de derechos, establece para el ...
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