María José Azaustre Fernández
Section: Primera Parte. Evolución histórica y derecho comparado
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Id. vLex: VLEX-208168
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SUMARIO: 3. PRIMERAS CIVILIZACIONES; 4. GRECIA; 5. ROMA; 6. EDAD MEDIA; 7. EDAD MODERNA; 8. ETAPA CODIFICADORA.

Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se aprueba el Código de Comercio. - Artículos 33 , 49 , 51 , 306
Código Civil. - Artículo 1766
LEY 37/1998, de 16 de noviembre, de reforma de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores. de 16 de noviembre, de reforma de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
Actividad bancaria
Secretos bancarios
Derecho mercantil
Derecho bancario
Régimen de las entidades bancarias
Protección de datos de carácter personal
Evolución histórica del secreto bancario
3. Primeras civilizaciones Aún reconociendo la dificultad de encontrar referencias directas al secreto bancario en los primeros momentos de la Historia debido a la escasez de fuentes, principalmente de carácter jurídico, sí consideramos oportuno realizar unas breves referencias al contexto en el que se desarrolla en sus orígenes la actividad crediticia, porque en él están ya presentes algunas características de la contratación bancaria que servirán, en parte, para explicar el nacimiento de la institución que nos ocupa. De este modo, frente a un sector doctrinal que entiende que no puede hablarse del secreto bancario en sentido propio hasta los albores del siglo XV, con la aparición en nuestro entorno cultural de los Bancos de depósito y giro49, incluso afirmando la inutilidad de intentar demostrar que la Banca ha observado desde siempre silencio sobre las operaciones de sus clientes50, otro sector trata de buscar unos antecedentes de la institución mucho más antiguos, remontándose a los orígenes mismos de la actividad bancaria51, que se sitúa en los primeros templos de la antigüedad52. Estos templos disponían de recursos que podían destinar a actividades de préstamo (naturalmente en especie) pues además de la explotación de sus tierras —ya fuese realizada directamente o a través de arrendatarios— contaban con las donaciones y ofrendas de los fieles. El carácter misterioso y oculto que presidiría las actividades allí desarrolladas daría lugar a una discreción presente también en los negocios bancarios. Desgraciadamente, el documento jurídico más importante de la época, el Código de Hammurabi, no se refiere a los contratos bancarios. Tan sólo los párrafos 100 al 107 contienen normas relativas al contrato de comisión, regulándose la prueba de la entrega de fondos entre comisionista y comitente53. El comercio bancario en Babilonia registra una fuerte expansión a partir del siglo VII a. de C., desarrollándose nuevas prácticas, como la del servicio de caja en favor del cliente, los pagos a cargo de sus depósitos o transferencias a otros lugares. Los banqueros asumen funciones de notarios, empezando a intervenir en la redacción de documentos de las relaciones contractuales ajenas. Además, poco a poco los particulares van concurriendo con los templos en el ejercicio de la actividad bancaria, al comenzar a coexistir con éstos los grandes propietarios. Se empieza a hablar así de la laicización de la Banca54. 4. Grecia De modo paralelo al desarrolladísimo comercio, la actividad bancaria en Grecia, especialmente en Atenas, alcanzó una gran importancia55. A ello pudo contribuir el uso de la moneda a partir del siglo VII a. de C., además de ciertas condiciones jurídicas del Atica, como la equiparación jurídica con los mercaderes extranjeros, la ausencia de forma en los contratos, la autorización desde los tiempos de Solón, hacia el 594 a. de C., de préstamos con intereses sin fijar tasa alguna, etc56. Las prácticas bancarias griegas nos son conocidas gracias a los discursos de DEMÓSTENES e ISÓCRATES. De ellos se ha deducido la existencia en Grecia del secreto bancario, pues los contratos eran celebrados sin la presencia de testigos, correspondiendo por ello al banquero (trapezita) la función de redactar el contrato que luego pasaba a sus registros; por ello los libros del trapezita habrían de servir de prueba57. Los banqueros griegos llevaban dos tipos de registros: los diarios (ephemerides) sobre los que escribían las operaciones a medida que éstas se iban desarrollando y los libros (trapezitica grammata) en los que cada cliente tenía una cuenta abierta a su nombre, con una página para el activo y otra para el pasivo. Se dice, además, que consta el deber de llevanza de contabilidad por parte del banquero, pero no de otros comerciantes58 . En diversos pasajes se hace referencia a la importancia de la honradez y de la confianza para el desenvolvimiento del negocio bancario59
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