Iniciación al estudio del derecho concursal (2006)
Enrique Gadea - Profesor Titular de Derecho Mercantil, Universidad de Deusto
Section: Sumario
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Id. vLex: VLEX-292243
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I. EL INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL - 1. Contenido del informe - 2. Documentación complementaria - 3. Plazo de presentación - II. LA MASA ACTIVA - 1. Composición y delimitación de la masa activa - A) Regla general: principio de universalidad. - B) Supuestos especiales - a. La delimitación de la masa activa del concurso de persona casada - a'. Normas relativas al régimen de sociedad de gananciales - b'. Normas relativas al régimen de separación de bienes - - Las presunciones de donación - - Sobre las adquisiciones con pacto de supervivencia entre los cónyuges - b. Previsión sobre las cuentas indistintas - 2. La determinación de la masa activa: la formación del inventario - 3. Legitimación y procedimiento - 4. Los efectos de la rescisión - III. OPERACIONES DE REINTEGRACIÓN: LA ACCIÓN RESCISORIA CONCURSAL - 1. Introducción - 2. Presupuestos de la acción rescisoria concursal: la existencia de perjuicio y que el acto se haya realizado dentro del plazo legal - 3. Legitimación y procedimiento - 4. Los efectos de la rescisión - IV. OPERACIONES DE REDUCCIÓN: SEPARATIO EX IURE DOMINII Y SEPARATIO EX IURE CREDITI - 1. Introducción - 2. La separatio ex iure dominii: la imposibilidad de separación - 3. La separatio ex iure crediti: la legitimación del derecho de ejecución reparada - V. LOS CRÉDITOS CONTRA LA MASA

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 605 , 607
La fase común del concurso (I): el informe de la administración concursal y la determinación de la masa activa
I. EL INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL
En la nueva Ley Concursal, la obligación principal de la administración concursal es la elaboración de un informe, que comienza con el examen de la documentación presentada por el deudor y que finaliza con una exposición motivada sobre la situación patrimonial de éste. Además, al informe ha de unirse documentación complementaria y debe presentarse en un plazo breve, con el objeto de no retrasar la tramitación. A continuación nos referiremos a todos esos extremos. 1. Contenido del informe El informe de la administración concursal -según prevé el artículo 75.1 LC- ha de contener: 1º. Análisis de los datos y circunstancias del deudor expresados en la memoria a que se refiere el número 2º del apartado 2 del artículo 6 LC. El número 2º del apartado 2 del artículo 6 se refiere a la solicitud de concurso voluntario y dispone que a la solicitud se han de acompañar los siguientes documentos: "La memoria expresiva de la historia económica y jurídica del deudor, de la actividad o actividades a que se hayan dedicado durante los tres últimos años y de los establecimientos, oficinas y explotaciones de que sea titular, de las causas del estado en que se encuentre y de las valoraciones y propuestas sobre la viabilidad patrimonial". En caso de concurso necesario, el juez en el auto de declaración de concurso ha de realizar requerimiento al deudor para que presente, en el plazo de 10 días a contar desde la notificación del auto, los documentos enumerados en el artículo 6. 2º. Estado de la contabilidad del deudor y juicio sobre la misma, es decir, sobre las cuentas, estados financieros, informes y memoria a que se refiere el apartado 3 del artículo 6 LC. El apartado 3 del artículo 6 prevé que si el deudor está legalmente obligado a llevar contabilidad, con la solicitud de declaración de concurso, ha de acompañar: "1º. Cuentas anuales y, en su caso, informes de gestión o informes de auditoria correspondientes a los tres últimos ejercicios. 2º. Memoria de los cambios significativos operados en el patrimonio con posterioridad a las últimas cuentas anuales formuladas y depositadas y de las operaciones que por su naturaleza, objeto o cuantía excedan del giro o tráfico ordinario del deudor. 3º. Estados financieros intermedios elaborados con posterioridad a las últimas cuentas anuales formuladas y depositadas y de las operaciones que por su naturaleza, objeto o cuantía excedan del giro o tráfic...Try vLex for FREE for 3 days
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