Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, July 31, 2007 (Nbr. 4937)
Disposiciones Generales - DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL
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ORDEN AAR/273/2007, de 24 de julio, por la que se regulan los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.
ORDEN AAR/273/2007, de 24 de julio, por la que se regulan los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural. El Decreto 305/1994, de 16 de noviembre, por el que se regulan los ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, adecuó a la Ley orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal, los ficheros de titularidad del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca existentes con anterioridad a su entrada en vigor y, posteriormente, el Decreto 161/1999, de 15 de junio, por el que se actualizan los ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, actualizó la relación. La Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, que deroga la Ley 5/1992 citada, establece, en su disposición adicional primera, la obligación de adecuar los ficheros preexistentes a la nueva norma y regula, en su disposición adicional segunda, la creación de ficheros y registros de población por parte de las comunidades autónomas. El artículo 20 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, establece que la creación, la modificación, o la supresión de ficheros de las administraciones públicas sólo puede hacerse por medio de una disposición de carácter general publicada en el diario oficial correspondiente. Con respecto a la seguridad de los datos personales, el Real decreto 994/1999, de 11 de junio, que aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros que contengan datos de carácter personal, establece tres niveles: básico, medio y alto. La disposición adicional tercera de la Ley 5/2002, de 19 de abril, de la Agencia Catalana de Protección de Datos, habilita a los consejeros o las consejeras de la Generalidad de Cataluña, dentro del ámbito de sus competencias, para la creación, la modificación o la supresión, por medio de una orden, de los ficheros que sean pertinentes. De acuerdo con esta habilitación, con el fin de actualizar la relación de ficheros existentes en el ámbito del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, teniendo en cuenta las necesidades surgidas por el tiempo transcurrido desde la publicación de las disposiciones reglamentarias mencionadas y con la finalidad de unificar en una sola norma la regulación de los ficheros que contienen datos de carácter personal y garantizar, de esta manera, la máxima transparencia en el tratamiento de datos de carácter personal, es procedente regular por medio de una orden los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural. En consecuencia, visto lo que prevé la disposición adicional tercera de la Ley 5/2002, de 19 de abril, y dado que se ha emitido el informe preceptivo que establece el artículo 5.1.j) de la Ley 5/2002, de 19 de abril, mencionada, y de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, Ordeno: Artículo 1 Ámbito de aplicación Los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural son los que se relacionan en el anexo 1 de esta Orden. Artículo 2 Medidas de gestión y de organización Las personas titulares de los órganos responsables de cada fichero, especificados en el anexo 1 de esta Orden, adoptarán las medidas de gestión y de organización necesarias para hacer efectivas las garantías, las obligaciones y los derechos reconocidos por la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y por la Ley 5/2002, de 19 de abril, de la Agencia Catalana de Protección de Datos, así como todas las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos, de conformidad con el nivel de seguridad asignado. Disposición derogatoria Queda derogado el Decreto 161/1999, de 15 de junio, por el que se regulan los ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca (DOGC núm. 2915, de 22.6.1999). Disposición final Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC. Barcelona, 24 de julio de 2007 Joaquim Llena i Cortina Consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural Anexo 1 Ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural .1 Gabinete del Consejero Relac...
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