Novedades fiscales para 2004: Ley de presupuestos generales del Estado y Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social

Boletín Fiscal - Nbr. 1-2004, January 2004

Garrigues Abogados y Asesores Tributarios
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Nbr. 1-2004, January 2004

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ÍNDICE

I. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

1. Coeficientes de corrección monetaria para el año 2004

2. Subcapitalización

3. Exención para evitar la doble imposición internacional sobre dividendos y plusvalías

4. Deducción por doble imposición interna de dividendos

5. Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades

6. Pagos fraccionados

7. Régimen especial para sociedades dedicadas al arrendamiento de viviendas

8. Sociedades y fondos de capital-riesgo

9. Cambio de referencias por la aparición de la nueva Ley Concursal

II. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

1. Rentas exentas

2. Régimen aplicable a “impatriados”

3. Retribuciones en especie

4. Coeficientes de actualización del valor de adquisición

5. Base liquidable

6. Determinación de la cuota líquida estatal

7. Borrador de declaración

8. Rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses

III. TRANSPARENCIA FISCAL INTERNACIONAL

IV. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES

1. Realización de obras de construcción, instalación o montaje por establecimientos permanentes

2. Exención sobre intereses y plusvalías derivadas de bienes muebles

3. Cánones o royalties satisfechos desde España

V. RÉGIMEN FISCAL DE DETERMINADOS PRÉSTAMOS DE VALORES

1. Préstamos de valores a los que se aplica el régimen

2. Régimen Tributario

3. Deberes especiales de información

VI. IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

VII. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

1. Seguros de vida que traigan causa en actos de terrorismo o en servicios prestados en misiones humanitarias o de paz

2. Bonificaciones de la cuota en Ceuta y Melilla

3. Devengo del Impuesto por contratos y pactos sucesorios

4. Presentación de autoliquidaciones

VIII. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

1. Operaciones de factoring

2. Exenciones en entregas y operaciones intracomunitarias

3. Modificación de la base imponible

4. Deducción del IVA soportado

IX. RÉGIMEN ECONÓMICO FISCAL DE CANARIAS

1. Incentivos a la Inversión (Ley 19/1994)

2. Modificaciones en el IGIC (Ley 20/1991)

3. Arbitrio sobre importaciones y entregas de mercancías en las Islas Canarias (AIEM)

4. Zona Especial Canaria

X. IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

1. Régimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canjes de valores

2. Base imponible en concesiones administrativas: fondo de reversión

3. Traslado de residencia a España de sociedades emisoras de preferentes

XI. IMPUESTOS ESPECIALES

1. Impuestos especiales de fabricación

2. Impuesto sobre Hidrocarburos

XII. IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS MINORISTAS DE DETERMINADOS HIDROCARBUROS

XIII. IMPUESTO SOBRE LA PRODUCCIÓN, LOS SERVICIOS Y LA IMPORTACIÓN PARA LAS CIUDADES DE CEUTA Y MELILLA

1. Gravamen complementario del Impuesto

2. Liquidación del Impuesto

XIV. IMPUESTOS LOCALES

1. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Actualización de valores catastrales

2. Obligaciones de información de los notarios

3. Bonificaciones por instalación de sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar

4. Impuesto sobre Actividades Económicas

XV. OTRAS DISPOSICIONES

1. Tasas

2. Impuesto sobre las primas de seguros

3. Entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo

4. Régimen sancionador

5. Programa PREVER

6. Régimen fiscal de las Agrupaciones y Uniones Temporales de Empresas y de Sociedades de Desarrollo Industrial Regional

7. Interés legal del dinero e interés de demora

8. Entrada en vigor

Citations:

Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se aprueba el Código de Comercio. - Artículo 42

Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.

Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias. de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias.

Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del impuesto sobre sociedades. de 27 de diciembre, del impuesto sobre sociedades.

Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. de 9 de julio, Concursal.


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Novedades fiscales para 2004: Ley de presupuestos generales del Estado y Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social

NOVEDADES FISCALES PARA 2004:

Ley de Presupuestos Generales del Estado y Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social

(Ley 61/2003 y Ley 62/2003, de 30 de diciembre; “B.O.E.” de 31 de diciembre de 2003)

En el último Boletín Oficial del Estado del año 2003, como ya es habitual, se publicó la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004 y la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, comúnmente conocida como Ley de Acompañamiento. En estas dos leyes se recogen numerosas medidas fiscales y modificaciones en la regulación de los distintos tributos, algunas de ellas de singular importancia, y que se describen en este Boletín, con mayor o menor detalle, agrupadas por tributos para un mejor seguimiento.

Probablemente el hecho de carácter fiscal más destacable de los últimos meses de 2003 y que ha centrado especialmente la atención de los profesionales del derecho tributario, ha sido la aparición de la nueva Ley General Tributaria, que sustituye a la anti- gua Ley 230/1963 (que fue objeto de numerosas reformas, la de mayor profundidad en 1985). El contenido de esta Ley no se analiza en este Boletín, pero sí se hace aquí referencia a las adaptaciones que se han tenido que realizar en los regímenes sancionadores específicos contenidos en la regulación de algunos tributos.

De las novedades incluidas en estas dos leyes, destacamos las siguientes:

 Se suprime la limitación a la deducibilidad en el Impuesto sobre Sociedades de los intereses satisfechos a entidades vinculadas no residentes en España (regla de subcapitalización) cuando el acreedor es residente en algún Estado miembro de la Unión Europea.

 Se elimina la aplicación del régimen de transparencia fiscal internacional en aquellos casos en que la entidad “transparente” sea residente en un Estado miembro de la Unión Europea.

 Se permite cumplimentar el año de permanencia (a posteriori) de la participación a los efectos de poder aplicar la plena deducción por doble imposición sobre los dividendos recibidos de sociedades españolas.

 Se mejora la deducción por investigación y desarrollo e innovación tecnológica, básicamente incrementándose, para algunos supuestos, el porcentaje de deducción, y elevando el porcentaje de límite conjunto de deducciones sobre la cuota.

 Para las aportaciones no dinerarias especiales realizadas en el marco del régimen fiscal especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores, se vuelve a incorporar la exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modalidad de operaciones societarias) que fue suprimida en la Ley de Acompañamiento para 2003.

 Se regula un nuevo régimen para extranjeros desplazados a España por motivos laborales que adquieran la residencia fiscal en España, por el que, cumplidos ciertos requisitos, se les permite seguir tributando como no residentes.

 Se mantiene para 2003 el procedimiento de compensación de la deducción por adquisición de vivienda habitual en el IRPF, cuando ésta se hubiera adquirido antes del 24 de mayo de 1998. Igual ocurre con la deducción por alquiler de vivienda habitual con contrato anterior a 24 de abril de 1998.

 Se regula con profundidad el régimen fiscal de determinados préstamos de valores.

 Se excluye, a efectos del IVA, del concepto de sectores diferenciados de la actividad empresarial a las operaciones de cesión de préstamos o créditos, con excepción de las realizadas en el marco de una operación de factoring, eliminándose para estas últimas la exención de este impuesto.

 Tanto en materia de IVA como de IGIC se permite la recuperación del impuesto repercutido, con ciertos límites cuantitativos, en supuestos de impago cuando el destinatario de la operación no actúe en calidad de empresario o profesional.

 No se deflacta la escala del IRPF ni la del Impuesto sobre el Patrimonio, ni se actualizan las reducciones aplicables sobre la base liquidable del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, lo que supone un aumento real de estos impuestos. En relación con el IRPF, recordemos que en 2003 entró en vigor la reforma que, como regla general, producía una rebaja del impuesto, por lo que se notarán sus efectos en la próxima declaración a presentar en 2004. Con el efecto contrario, para el año 2004 no se han actualizado las tarifas de los impuestos especiales.

 Se declara exento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modalidad de operaciones societarias) el traslado a España del domicilio fiscal de las sociedades que tengan por objeto exclusivo la emisión de preferentes u otros instrumentos financieros, que se hubieran constituido con ante- rioridad a julio de 2003.

 Se establece una serie de ventajas fiscales en apoyo del acontecimiento de la “Copa América 2007”.

I. IMPUESTO SOBRE SOC...



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