Nueva Fiscalidad - Nbr. 3-2008, May 2008
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Legislación. Ley General Tributaria y procedimientos. Fiscalidad Directa. Fiscalidad Indirecta. Tasas. -Jurisprudencia. Ley General Tributaria y procedimientos tributarios. Fiscalidad Directa. -Resoluciones del TEAC. -Consultas de la DGT. Fiscalidad Directa. Fiscalidad Indirecta.

Código Civil. - Artículos 1196 , 1202
Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio. de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio. - Artículo 29
Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido - Artículo 20
Hacienda Pública
Organización territorial de la hacienda
Hacienda estatal
Derecho fiscal
Derecho tributario
Fiscalidad Estatal
Legislación Ley General Tributaria y procedimientos Corrección de errores de la Orden EHA/693/2008, de 10 de marzo, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Economía y Hacienda (BOE 3-4-2008). Resolución de 1 de abril de 2008, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la que se publica la Instrucción n.º 1/2008, de 27 de febrero, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria y para la aplicación de determinados artículos del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio (BOE 5-4-2008). Fiscalidad Directa (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) Real Decreto-Ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica (BOE 22-4-2008). Se incorpora un nuevo beneficio fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas consistente en reducir el importe de la cuota líquida total del impuesto de los perceptores de dichas rentas hasta en 400 euros anuales, aprobándose las modificaciones necesarias para anticipar la aplicación de la deducción por sus beneficiarios. Para ello se incorpora una nueva deducción en la cuota líquida del IRPF (artículo 79 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, y se añade un artículo 80 bis a la citada Ley 35/2006 regulando la aludida deducción. Se modifica el apartado 1 del artículo 101 de la Ley 35/2006 introduciendo los cambios oportunos que permitan diseñar reglamentariamente el nuevo procedimiento de cálculo del tipo de retención e ingreso a cuenta. Asimismo, se introduce una disposición adicional para evitar que la nueva deducción afecte a la determinación del rendimiento cedido del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a las Comunidades Autónomas y a las Entidades Locales, asumiendo el Estado el coste total de la medida. Por último, se introduce una disposición final e...
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