Revista de Actualidad Jurídica - Nbr. 35, June 2009
Planificación Jurídica
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Id. vLex: VLEX-59727569
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Es una empresa sociedad limitada laboral, que el 19-01-2007 con 4 trabajadores en plantilla cierra la empresa, a los trabajadores se le extingue los contratos de trabajo por el Art. 52 c/ en los 90 días anteriores nunca se ha extinguido los contratos por el Art. 52 c/ las extinciones con por fin de contrato o bajas voluntarias. Tres de los trabajadores interponen demanda por despido, pero conciliamos de forma extrajudicial y desistente de la demanda. La empresa anona el 100% indemnización 20 días de salario. El 02-04-2007 la empresa solicita a FOGASA el 40% de la indemnización y es denegada por haber extinguido más de 5 contratos en los últimos 90 días.
1) En laresolución de denegación de FOGASA del 40% indemnización, consta que hay un año para interponer demanda al juzgado de lo social, ¿es necesario o obligatorio la reclamación previa? ¿Podemos interponer demanda al juzgado de lo social sin reclamación previa? 2) La empresa se disolvió y se dio de baja en el registro mercantil el 31-12-2007, es decir, no tiene personalidad jurídica la demanda al juzgado de lo social, ¿quien la debe interponer? ¿La empresa que cuando fue denegada la socilitud si tenia personalidad jurídica o los socios de la sociedad? 3) El 40% de la indemnización de Art. 52 c7 es una responsabilidad solidaria de FOGASA con los trabajadores, ¿puede FOGASA alegar que la empresa no tiene legitimación activa para solicitar este 40%? La empresa ya ha abonado el 100% a los trabajadores, han firmado un documento conforme han recibido el 100% de indemnización.COMMENT
Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículo 33
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículo 70
Contrato de trabajo
Extinción del contrato de trabajo
Despido
Indemnización por despido
Derecho de sociedades
Sociedades mercantiles
Otras
Sociedad laboral
Fondo de garantía salarial
Proceso social
Ejecución de sentencias laborales
Fondo de garantía salarial
Contrato de trabajo
Extinción del contrato de trabajo
Contrato de trabajo
Extinción del contrato de trabajo
Despido
Indemnización por despido
Obligados al pago
Fondo de garantía salarial
Contra el FOGASA
1) Respecto de si contra la Resolución denegatoria de la indemnización del 40% es necesario u obligatorio interponer reclamación previa a la demanda, debe tenerse en cuenta que el Art. 70 LPL, incluido dentro del capítulo dedicado a la Reclama...
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