Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, March 03, 2003 (Nbr. 3834)
Disposiciones Generales
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/fondo-funcionario-interino-generalidad-19358583
Id. vLex: VLEX-19358583
Acceda a este documento
y pruebe vLex GRATIS durante 3 días
RESOLUCIÓN GRI/436/2003, de 7 de enero, por la que se convoca y regula la concesión de ayudas del fondo de acción social para el personal funcionario e interino de administración y técnico al servicio de la Administración de la Generalidad para el año 2002.
RESOLUCIÓN GRI/436/2003, de 7 de enero, por la que se convoca y regula la concesión de ayudas del fondo de acción social para el personal funcionario e interino de administración y técnico al servicio de la Administración de la Generalidad para el año 2002. Dado el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación del personal de administración y técnico de 10 de diciembre de 2002, por el que se aprueban las bases reguladoras del fondo de acción social para el año 2002; Dado el punto 14.1 del Acuerdo general sobre condiciones de trabajo del personal del ámbito de aplicación de la Mesa de Negociación de la Administración de la Generalidad de Cataluña de 12 de julio de 2000, que establece la dotación económica del fondo de acción social para el año 2002; De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña; En uso de las competencias que me atribuye la normativa vigente, Resuelvo: Abrir la convocatoria para la concesión de ayudas del fondo de acción social para el personal funcionario e interino de administración y técnico al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña para el año 2002. Las ayudas deben ser solicitadas de acuerdo con las bases que figuran en el anexo de esta Resolución. Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el secretario general de Administración y Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC o, directamente, recurso contencioso administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Igualmente, los interesados pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses. Barcelona, 7 de enero de 2003 ...
Try vLex for FREE for 3 days
Access legal information from Spain including:
Try vLex without any commitment for 3 days and see why you need it.
3
days of Free Access
If you are already a vLex customer, Access Here