Guía mundial y crítica

AuthorCarlos Bueno Guzmán
PositionBibliotecario de la CNUDMI (Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil). Oficial Jurídico. Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas. Viena-Austria.
Pages103-104

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Este titular da la traducción española del titulo de un libro publicado en inglés por el jurista y bibliógrafo alemán Juergen Christoph Goedan, director de la Biblioteca del Instituto Max-Planck de Hamburgo. El libro ha sido traducido del alemán, con notable maestría por John E. Pickron, bibliotecario jurídico en la Universidad de Hawaii. La tipografía, muy legible y de buen gusto, se debe a la editora Transnational Publishers, con sede en Ardsley-Hudson, Nueva York, cuyo registro de propiedad data de 1992. La numeración de las páginas es de veinte en romanos y de 388 en arábigos. La mayor parte de las páginas en romanos presentan un detalladísimo índice del contenido del libro, dividido en tres capítulos, seguidos de una extensa bibliografía y de un índice sistemático, de muy útiles pormenores. De modo que las vías de acceso a la información ofrecida en el libro son óptimas.

Casi que olvidaba el título original de esta guía certera de investigación jurídica: International legal bibliographies: a worldwide guide and critique. No es simplemente una bibliografía de bibliografías; es una colección de extensísimas recensiones, o si se quiere, de verdaderas monografías criticas sobre bibliografías jurídicas, a que el investigador deberá acudir, para no ahogarse en el maremagnum de publicaciones que hoy día ofrece el mercado del libro. Las monografías comprenden un interrelacionado comentario crítico de diecisiete obras bibliográficas, de ambición internacional, y la manera de usarlas con mayor provecho. Goedan da por supuesto que estas bibliografías son de fácil acceso, por lo menos en bibliotecas grandes, bien equipadas con libros extranjeros.

El primer capitulo del libro nos instruye sobre los objetivos, los diversos límites impuestos por ellos y la metodología seguida en la investigación (p. 1-6). Nos traza el esquema metodológico modelo a que se acomoda su análisis. El segundo capítulo, que es el grueso de la obra (p. 7-302), nos lleva muy de la mano por la floresta, pero también por la cizaña de las bibliografías. El tercer y último capítulo (p. 303-357) nos brinda como resultado final una verdadera teoría de la bibliografía ideal, construida sobre el análisis y la evaluación del capítulo segundo. Más detalles sobre el contenido no quisiera revelar para no Page 104 estropear el suspenso. Sólo quisiera añadir que de las bibliografías comentadas por Goedan, unas reseñan libros y demás clases de publicaciones, como artículos de revistas (bibliografías nos. 1-6); otras son Índices de artículos de revistas (nos. 7-10); una tercera categoría comprende el catálogo de todas las revistas jurídicas existentes en las bibliotecas alemanas (no. 11); y el resto (nos. 12-17), lo constituyen bibliografías de bibliografías.

La obra de Goedan tuvo una salida preliminar ya en 1975, en el idioma materno del autor, el alemán; como varios recensionistas la encontraron de muy buena catadura, recomendaron que se vertiera al inglés. También yo me atreví a insinuárselo en la recensión que se publicó en la Revista de Derecho privado, 60:10:860-862,1976.

En la obra refundida de 1992, aparecen cinco comentarios menos del total de los quince de la edición previa, pues parecieron de menor importancia para hoy. Pero en cambio, se introdujeron otros siete más, con inclusión de la multifacética Bibliografía de Carlsruhe, cuya exclusión en la anterior edición fue duramente criticada por varios de los que escribimos la recensión. El autor da cuenta de todas estas singularidades en el prefacio.

Sobre la refundición de 1992, cuyos dos tercios son nuevos, han llegado a mi conocimiento ya tres recensiones, a las que me remito para que el lector aprecie las diferentes ilustraciones de la obra de Goedan. La opinión general es altamente positiva. Me refiero a las recensiones de la pluma de David S Clark en American Journal of Comparative Law 40:2:529-533, Spring 1992; de Igor I. Kavass en International Journal of Legal Information, 20:1:80-84, Spring 1992; y de Heinz Peter Weber en Mitteilungen der ajbd, 22:3:127-129, Novem-ber 1992.

Todos los recensionistas están de acuerdo en que la obra de Goedan no debe faltar en ninguna biblioteca jurídica que se precie de completa. Y que todo investigador de derecho extranjero debe tenerla en gran estima por su utilidad. Clark llega incluso a establecer una gradación de las bibliografías y sus comentarios de acuerdo con el nivel de interés para los diferentes grupos de lectores, que él clasifica de menor a mayor escala, así: (1) estudiantes de derecho; (2) abogados practicantes y profesores de derecho; (3) bibliotecarios de bibliotecas jurídicas en general; y (4) bibliotecarios de bibliotecas de derecho extranjero. Sin detenerme a examinar esta clasificación, estoy de acuerdo en la utilidad de la obra para estudiantes y estudiosos del derecho; y muy en especial, para los bibliotecarios que manejamos la información jurídica, en beneficio de aquellos. A nosotros si que nos toca trajinar la obra de Goedan.

Ya para terminar, no sobra facilitar a los interesados el número de normalización asignado a este libro, y que sirve para su identificación en cualquier país del mundo: IBSN 0-941320-09-X.

Nota bene.- El contenido de este escrito compromete únicamente la responsabilidad personal de su autor y no la de la Organización a que pertenece.

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