Anales de la Abogacía General del Estado - Nbr. 2007, January 2009
Sas Llauradó, José María - Abogado del Estado-Jefe en Aragón
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Id. vLex: VLEX-59763987
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Piñana-4. Derivación caudales del Noguera Ribagorzana al Canal de Aragón y Cataluña en río Ésera.–Realización de obras de emergencia de bombeo contra corriente.–Vía de hecho atribuida a CHE y Ministerio de M. Ambiente en recurso ante la A. Nacional.– Sistema hidrológico complejo y déficit estructural del Canal de Aragón y Cataluña, subsanado con «Pacto de Piñana» con compensación económica a usuarios hidroeléctricos recurrentes
Vía de hecho en la realización de obras de emergencia en el Canal de Aragón y Cataluña
Escrito de contestación a la demanda elaborado el 17 de enero de 2007 por don José María Sas Llauradó, Abogado del Estado-Jefe en Aragón
El Abogado del Estado, actuando en representación y defensa de la Confederación Hidrográfica del Ebro (en lo sucesivo, CHE) y con referencia al recurso contencioso-administrativo interpuesto por las Compañías mercantiles..., todos ellos usuarios hidroeléctricos del Canal de Piñana, sobre supuesta vía de hecho consistente en la realización de obras de emergencia en el Canal de Aragón y Cataluña, desviando agua del río Noguera Ribagorzana para la detracción de un caudal de 6 m3/seg desde el Canal de Enlace entre el Embalse de Santa Ana y el mencionado Canal, mediante la realización de un bombeo escalonado contra corriente, evacuando el trámite que para contestación se me ha conferido, digo: Que me opongo a la demanda, con base en los siguientes Hechos y Fundamentos de Derecho: Hechos I. Según consta en los folios 2 a 5 (en verde) del expediente, el día 7 de abril de 2005 tuvo entrada en la CHE escrito del Presidente de la Junta de Gobierno de la Comunidad General de Regantes... (en lo sucesivo, la Comunidad General), en el que exponía lo siguiente: 1. Que en la zona regable que abarcaba el Canal de Aragón y Cataluña, se había podido constatar que las aportaciones del río Ésera del cual se abastecía prioritariamente, en el período de tiempo transcurrido desdeoctubre de 2004 hasta la actualidad, se situaban por la mitad del peor año de la serie histórica de los últimos sesenta y cinco, lo que unido a las escasas precipitaciones que se habían producido y al déficit estructural de regulación, determinaba que la Comunidad General se encontrara en un año agrícola extremadamente crítico. 2. Que a ello se unía que las reservas del Embalse de Barasona eran en la actualidad de 40 hm3, las aportaciones medias del río, de 9,03 m3/s y el gasto de 15 m3/s, con un prorrateo máximo de 0,25 l/s por ha, todo lo cual pronosticaba un obligado cierre del Canal antes del término de la campaña de riego, de tal modo que, de no mejorar la situación climatológica, la zona alta del Canal iba a padecer una insostenible situación de escasez de agua, hasta el extremo de hacer peligrar muy seriamente todos sus cultivos. 3. Que, con fundamento en lo expuesto, se veía en la necesida...Try vLex for FREE for 3 days
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