Los paraísos fiscales. Uso de las jurisdicciones de baja tributación (2008)
José María Martínez Selva - Catedrático de Psicología en la Universidad de Murcia. Miembro del Offshore Institute. Profesor de la Escuela de Negocios de Dirección y Administración de Empresas (ENAE) de Murcia.
Section: Primera Parte
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Medidas fiscales contra el uso de los enclaves de baja tributación: Cambio de residencia. Lugar de administración. Control de movimiento de capitales. Legislación CFC, operaciones vinculadas y precios de transferencia. Posesión y venta de inmuebles. Presentación de cuentas anuales. Intercambio de información fiscal. -Contramedidas en España. -Medidas positivas: Amnistías fiscales. Acuerdos de doble imposición. Directiva matriz-filial. -Reacción de los territorios de baja tributación: Autocontrol de los centros.
Límites al uso de los paraísos fiscales (II)
Medidas fiscales contra el uso de los enclaves de baja tributación Todos los países de alta fiscalidad ejercen un mayor o menor control sobre la utilización de estos territorios, no sólo para combatir el crimen, sino también para luchar contra la evasión de impuestos. Las medidas para disuadir del uso de los paraísos fiscales son variadas y caen en dos categorías. La primera la constituyen las que denominamos medidas negativas dirigidas a impedir o penalizar su utilización. La segunda la configuran aquellas medidas positivas dirigidas a suavizar la tributación directa e indirecta en el propio territorio de alta tributación. Estas últimas han sido más lentas en ser adoptadas y en general, menos drásticas. El ejemplo más claro de medidas positivas es la tendencia general en los países de la Unión Europea a disminuir la presión fiscal directa sobre personas y empresas y a armonizar los impuestos sobre sociedades y sobre ganancias de capital. Tanto la normativa general europea (Tratado de la Unión Europea, artículos 59 y 60) como las sentencias del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea establecen y abogan por una fiscalidad similar en todos los países de la Unión. Sin embargo, aún queda mucho camino por delante en esta dirección y muchos europeos no están convencidos de las bondades de la armo-nización pero sí de la competencia fiscal, y piensan que puede ser buena para la economía, como otros tipos de competencia. Un informe de mayo de 2001 "Tax policy in the European Union: Priorities for the Years Ahead" indicaba que la competencia fiscal puede ser positiva para el crecimiento de la economía. La armonización fiscal no está prevista en el Tratado de la nueva Constitución Europea. El ideal sería que las medidas positivas llevaran a hacer superfluo o poco interesante el recurrir a las jurisdicciones de baja tributación. Dado que las medidas negativas son las más fáciles de adoptar, asistimos al desarrollo de una legislación que endurece progresivamente el uso de los territorios offshore. Las normas que se aplican son numerosas y se extienden a todos los países de alta tributación. Se ha hablado varias veces en este volumen de la relación directa existente entre las contramedidas fiscales y la lucha contra el blanqueo de capitales procedentes del terrorismo, de la economía sumergida y del crimen organizado. Ello nos ha llevado a cierta redundancia al tratar ambas cuestiones. Como se ha señalado en el capítulo anterior, el aspecto más preocupante de esta conexión es que la legislación contra el terrorismo, el crimen organizado y el blanqueo de capital...
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