La ilicitud del delito de prevaricacion judicial (a propósito de la sts de 15-10-1999 y del ats de 23-7-2002)

Cuadernos de Política Criminal - Nbr. 77, June 2002

Manuel Jaen Vallejo - Profesor titular de Derecho penal y Letrado del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo
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La ilicitud del delito de prevaricacion judicial (a propósito de la sts de 15-10-1999 y del ats de 23-7-2002)

1. El Auto de 23 de julio de 2002 de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que ha confirmado la desestimación de la petición de procesamiento por un delito de prevaricación de los Magistrados de la Sección 4.ª de la Audiencia Nacional, que habían concedido la libertad bajo fianza a un presunto narcotraficante («El Negro») y que éste aprovechó para fugarse, ha puesto una vez más de actualidad el delito de prevaricación judicial, y, más en particular, el problema de la determinación de la «resolución injusta» que el tipo penal de este delito exige.

Y como era de esperar, un cierto sector de la prensa, a través de uno de sus voceros (1), ha querido comparar, como si de casos idénticos se tratara, el caso resuelto en el mencionado Auto, que no aprecia prevaricación, y el caso «Gómez de Liaño», que culminó en una Sentencia condenatoria por ese delito. La única finalidad de tal comparación, como puede comprenderse, no es la de informar a la opinión pública sobre el contenido de la resolución judicial y la manifiesta diferencia entre uno y otro caso, sino, lisa y llanamente, intentar desprestigiar a la más alta instancia judicial, tergiversando los hechos sobre los que se informa y sugiriendo que la decisión ahora adoptada se debe al hecho de que los Magistrados ahora afectados pertenecen a «Jueces para la Democracia». La infamia, en verdad, no puede ser mayor, aunque a muchos no nos sorprenda, por venir de donde viene.

Pues bien, a diferencia de lo que se ha intentado proyectar a la opinión pública en el mencionado artículo periodístico, tanto la Sentencia de 15-10-1999 (caso «Gómez de Liaño»), como el reciente Auto de 237-2002, son expresión de la buena labor que lleva a cabo la Sala Segunda del Tribunal Supremo, al interpretar y aplicar las leyes penales, y, en particular, aquellas dos resoluciones son una buena expresión de la ...



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