La imparcialidad: mito del legislador racional
Author | Amanda González Hernández |
Position | Estudiante de 4to año de la carrera de Derecho Alumna ayudante del Departamento de Derecho Civil y Familia Facultad de Derecho Universidad de La Habana |
Pages | 280-301 |
CUBALEX /
La imparcialidad: mito del legislador racional
AMANDA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ*
CUBA
Sumario
Resumen
Palabras clave
Abstract
Impartiality, as an organic principle of jurisdiction seeks to create the ideal situa-
tion about manifestation of justice and legal security, to condition a state of reliability
that is needed in the individuals who come to it, in pursuit of subjection to the judicial
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system. However, the legislative request goes beyond the frames of objectivity and rationality,
due to the existence of elements inherent in our human condition that make it impossible
for us to value the existence of the other as alien to our subjectivity, increasing the diculty
of judicial work.
Keywords
Impartiality, judges, conict resolution, human subjectivity.
Exordio
Introducción al estudio del proceso civil
El ser y la nada,
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ser
la naturaleza humana y la libertad
son inseparables desde un principio. La noción de libertad se emplea aquí no en el sentido
positivo de “libertad para”, sino en el sentido negativo de “libertad de”, es decir, liberación
de la determinación instintiva del obrar4
La justicia se basa en la imparcialidad de las personas que intervienen legalmente
en la resolución de la causa. Excepto las partes en sentido material, respecto a las cuales la
parcialidad es condición esencial, todas las demás personas deben ser tan imparciales como
sea posible y en razón directa de su inuencia legal sobre el contenido de la resolución.5
,
Tesis sobre Feuerbach
4 El miedo a la libertad
5
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La condición postmoderna
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1. La imparcialidad: denición, alcance y manifestación
práctica. Superación del mito del juez objetivo
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7
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racionalidad
Estudios de Derecho Procesal Civil,
Elogio de los Jueces
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. Todas ellas, presentan una serie de
características que dan la posibilidad de su uso como cuasi-sinónimos.13
“
Revista Española de Derecho Administrativo
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Delimitación conceptual del principio de objetividad: objeti-
vidad, neutralidad e imparcialidad Documentación Administrativa
objetivasimparcialidad
Documentación
Administrativa
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Derecho a la imparcialidad judicial
Revista Europea de Derechos Fundamentales
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1.1. La decisión judicial como resultado de un proceso formal, inte-
lectual y volitivo
declararán solemnemente en sesión pública, que ejercerán sus atribuciones con toda impar-
cialidad y conciencia18
urge advertir que la antítesis de legislación y jurisdicción, esto es, de creación
y aplicación del Derecho, no es absoluta sino relativa19
Teoría general del Estado,
al igual que se han hecho
anticuadas las tesis que sostienen la naturaleza mecánica, pasiva y no creativa de la actividad judicial
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La jurisprudencia, interpretación y creación del Derecho (serie de conferencias).
La motivación como sustento de la sentencia
objetiva y materialmente justa,
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consultados el 10/04/2017 a las 19:17 pm.
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1.1.2. Relación con el principio de Independencia. Valoraciones
Derecho Procesal, Parte General, Félix Varela,
La Europa de los Derechos. El Convenio Europeo de Derechos
Humanos
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dependen-
cia
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Fundamentos… cit.
International Arbitration. Law and Practice
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1.2. La imparcialidad como aspiración del sistema de justicia.
Su conguración como garantía de una tutela judicial efectiva
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2. La imparcialidad en el arbitraje
Sixty Years of Arbitration Practice
Corte Inter-
nacional de Arbitraje de ParísTodo árbitro debe ser y permanecer independien-
te de las partes en el arbitrajeConvención de Washington
Las personas designadas para figurar en las listas deben gozar de amplia conside-
ración moral, tener reconocida competencia en el campo del derecho, del comercio, de la industria o de las
finanzas, e inspirar plena confianza en su imparcialidad de juicio”.
Ley Modelo sobre Arbitraje Comercial Internacional
La persona propuesta como
árbitro deberá revelar a quienes hagan averiguaciones en relación con su posible nombramiento, todas las
circunstancias que puedan dar lugar a dudas justificadas acerca de su imparcialidad o independencia. Una
vez nombrado o elegido, el árbitro revelará tales circunstancias a las partes, a menos que ya les haya infor-
mado de ellasAmerican
Arbitration AssociationLos árbitros que actúen bajo estas reglas serán imparciales
e independientes. Antes de aceptar el nombramiento, la persona propuesta como árbitro informará a la
administradora sobre cualquier circunstancia que pudiera dar lugar a dudas justificadas con respecto a su
imparcialidad o independencia. Si, en cualquier etapa del arbitraje, surgieran nuevas circunstancias que
pudieran dar lugar a tales dudas, el árbitro informará a la brevedad tales circunstancias a las partes y a
la administradora. Al recibo de tal información dada por el árbitro o por una parte, la administradora la
comunicará a las otras partes y al Tribunal Reglamento de Arbitraje de la Corte de
Arbitraje Internacional de LondresLondon Court of International Arbitration
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London Court of International Arbitration (LCIA
Todos los árbitros que instruyan un arbitraje al amparo de este Reglamento serán y se mantendrán en
todo momento imparciales e independientes de las partes, absteniéndose de actuar como abogados de éstas.
Ningún árbitro, antes o después de su nombramiento, informará a las partes del fondo de la controversia o
de su eventual resultado
cuando las partes tienen distintas nacionalidades, un solo
árbitro o el presidente del tribunal arbitral no debe tener la misma nacionalidad de cualquier parte, salvo
que las partes que no sean de la misma nacionalidad acuerden todas por escrito lo contrario
LC IA, Arbitration Rules
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Rivista dell´arbitrato
El
nombramiento de árbitros deberá hacerse con el consentimiento unánime de todas las partes interesadas en el
litigio sometido a su decision
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3. Conclusiones
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