Anuario de Historia del Derecho Español - Nbr. LXXVII, January 2007
José Luis Barrio Moya
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Una importante biblioteca jurídica madrileña del siglo XVII: la del oidor don Luis Barahona Saravia (1689)
La época bajomedieval va a marcar un punto de inflexión en el mundo jurídico de la corona de Castilla. Hasta ese momento la administración de justicia se encontraba en manos del monarca, quien ocasionalmente delegaba aquella destacada misión en toda una serie de funcionarios que la ejercían en su nombre. Esta situación de provisionalidad cambió cuando la administración de justicia se institucionalizó y ello tuvo por consecuencia el que los jueces, que hasta entonces actuaban de manera provisional. se convirtiesen en personas dedicadas de manera estable y profesional a tal función. Por otra parte, junto a los jueces populares surgieron los jueces técnicos, conocedores del derecho de los fueros y del más complejo mundo jurídico1. Según parece ya desde el reinado de Fernando III existía en Castilla un grupo de letrados cuya función era informar al monarca de la marcha de los asuntos jurídicos. Estos oidores formaban parte del llamado Tribunal de la Corte. En 1274 las Cortes de Zamora dieron un primer reglamento al mencionado tribunal, estableciéndo que aquella institución estuviese formada por veintitrés jueces. En 1374 Enrique II reorganizó de nuevo el Tribunal de Corte, disponiendo que los asuntos civiles estuviesen a cargo de siete oidores -tres obispos y cuatro letrados-, mientras que las causas criminales fueran competencia de ocho alcaldes ordinarios de corte. Por otra parte hay que destacar la existencia, ya desde el reinado de Alfonso XI, de un tribunal real conocido con el nombre de Chancillería, que a partir del siglo XIV se va a vincular estrechamente con el Tribunal de Corte. El nombre de Chancillería viene determinado por el hecho de que sus acuerdos y sentencias debían estar validadas con el sello real que estaba en poder del chanciller palatino. Los jueces de la Chancillería era conocidos como oidores, puesto que como letrados tenían que oir a las partes en litigio, lo que derivó que la Chancillería fuese también conocida como Audiencia, aunque en realidad aquel nombre no fue dado porque su función fuera escuchar las partes, sino tal vez por imitación del modelo romano-canónico de la Audiencia episcopal2. Juan I en las Cortes de Valladolid de 1383 nombró un procurador fiscal de la Audiencia, elevando a dieciséis el número de oidores, de los cuales un obispo y cuatro letrados debían permanecer constantemente en ella. Este tribunal de justicia residía, alternativamente a lo largo del año, en Medina del Campo, Olmedo, Madrid y Alcalá de Henares, hasta que, para evitar los traslados y los gastos que ocasionaban, el propio Juan I acordó que se ubicase de manera fija en la ciudad de Segovia. Con el paso de los años la Audiencia cobra más y más importancia, logrando cada vez mayor autonomía del poder real, y así en las Cortes de Briviesca de 1387, el monarca ya no asistió a los juicios, que quedaban en manos de los letrados. En 1436, Juan II dio nuevas ordenanzas a la Audiencia y en 1452, a petición de las Cortes, trasladó su sede desde Segovia a Valladolid, decisión esta que fue confirmada por los Reyes Católicos en 1489. La Audiencia o Chancillería de Valladolid tuvo extensa jurisdición, ya que muchos procesos valencianos eran tramitados en ella. Contó también con una sala especial que entendía los pleitos del País Vasco, ...
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