RESOLUCION 53/2007, de 15 de febrero, del Director General de Medio Ambiente, por la que se formula Declaración de Incidencia Ambiental sobre el Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal del 'Centro de Valoración y Gestión de Residuos a implantar en Murillo el Fruto', promovido por Indugarbi, S.L.

BON. Boletín Oficial de Navarra, April 20, 2007 (Nbr. 49)

I - Comunidad Foral de Navarra
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RESOLUCION 53/2007, de 15 de febrero, del Director General de Medio Ambiente, por la que se formula Declaración de Incidencia Ambiental sobre el Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal del 'Centro de Valoración y Gestión de Residuos a implantar en Murillo el Fruto', promovido por Indugarbi, S.L.

RESOLUCION 53/2007, de 15 de febrero, del Director General de Medio Ambiente, por la que se formula Declaración de Incidencia Ambiental sobre el Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal del "Centro de Valoración y Gestión de Residuos a implantar en Murillo el Fruto", promovido por Indugarbi, S.L.

Como antecedente se encuentra la Ley Foral 7/2004, de 24 de junio, por la que se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 159.224 metros cuadrados de terreno comunal, perteneciente al Ayuntamiento de Murillo el Fruto se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 2 de julio de 2004. En su exposición de motivos se establece que tal declaración y desafectación es para la venta directa de los terrenos a "Indugarbi, S.L.", con el fin de posibilitar la instalación de un complejo industrial destinado a la valorización de residuos, tales como vehículos al final de su vida útil, colchones, reciclado de madera, recuperación de plásticos y electrodomésticos de línea blanca, marrón y gris.

La disposición adicional segunda establece que la eficacia jurídica del contenido de la citada Ley Foral queda condicionada a la consecución de la pertinente Autorización Ambiental Integrada y a la aprobación del correspondiente Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal.

De acuerdo con lo establecido en el anexo 3, apartado A) 5 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, los Proyectos Sectoriales de Incidencia Supramunicipal deben someterse a Evaluación Ambiental Estratégica y ser objeto de Declaración de Incidencia Ambiental, de manera previa o simultánea a su aprobación.

El objeto del PSIS es la implantación territorial y la definición del conjunto de las instalaciones que deben construirse para la creación de un centro industrial destinado al tratamiento y valorización de diversos tipos de residuos.

El ámbito de gestión y valorización de residuos alcanza al conjunto de...



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