Academia Sevillana del Notariado - Academia Sevillana del Notariado. Tomo IX (1995)
Antonio Vázquez de la Torre González-Meneses - Jefe Dependencia Regional de Gestión Tributaria de Andalucía
Section: Sumario
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El I.V.A. en las operaciones inmobiliarias. Conferencia presentada en el seminario organizado por la Academia Sevillana del Notariado
EL I.V.A. EN LAS OPERACIONES INMOBILIARIAS
PONENCIA presentada en el seminario organizado por la Academia Sevillana del Notariado por ANTONIO VAZQUEZ DE LA TORRE GONZALEZ-MENESES Jefe Dependencia Regional de Gestión Tributaria de Andalucía I. INTRODUCCIÓN La entrada en vigor de la nueva Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante L.I.V.A.) ha supuesto significativas modificaciones en la imposición indirecta que recae sobre las operaciones inmobiliarias realizadas por empresarios y profesionales. La más llamativa la constituye, sin duda, la posibilidad que se reconoce a los sujetos pasivos de renunciar a la exención del I.V.A. por determinadas entregas de bienes inmuebles, aunque no ha sido la única, como tendremos ocasión de comprobar. Modificaciones que indudablemente han servido para mejorar la técnica del I.V.A. y no perturbar su sistema de deducciones en cadena, aunque haya sido a costa del concepto transmisiones patrimoniales onerosas (en adelante T.P.O.) del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados cuyo carácter residual respecto de aquél se ha confirmado con estos cambios hasta el punto de subsistir sólo con carácter testimonial para este tipo de operaciones. Antes que nada conviene no olvidar que cuando hablamos de operaciones inmobiliarias, el término «operaciones» se refiere tanto a entregas de bienes como a prestaciones de servicios y que en la nueva L.I.V.A., al igual que en la legislación derogada, el hecho imponible «entregas de bienes» abarca no sólo los supuestos más comunes de enajenaciones (ve...Try vLex for FREE for 3 days
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