Propiedad Intelectual, Industrial y Competencia Desleal

Actualidad Jurídica (Uría & Menéndez) - Nbr. 20, May 2008

Borja Sainz de Aja, Ingrid Pi, Álvaro Bourkaib, Álvaro Porras, Irene Rodríguez, Patricia Zabala, Jéssica Ramírez, Eva Gándara y Sara de Román - Area de Derecho Mercantil de Uría Menéndez (Madrid y Barcelona).
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1 · Jurisprudencia.El TJCE declara que el Reino de España no transpuso la Directiva 2001/84/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2001, relativa al derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original, en el plazo establecido.[Unión Europea]. No puede tenerse en cuenta el imperativo de disponibilidad para apreciar el alcance del derecho exclusivo del titular de una marca, salvo en la medida en que sea aplicable la limitación de los efectos de la marca, definida en el artículo 6, apartado 1, letra b), de dicha Directiva. El concepto de «distribución por cualquier otro medio distinto de la venta» que se establece en la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, se refiere exclusivamente a una transmisión de la propiedad del objeto. Derecho constitucional a la producción y creación literaria frente al derecho al honor.[España]. La infracción de la Ley General de Publicidad como supuesto de competencia desleal por infracción de normas. Concurrencia de acciones de la Ley General de Publicidad y de la Ley de Competencia Desleal. Captación de clientela y prescripción de acciones por competencia desleal. Aplicación de doctrina de los equivalentes: las soluciones técnicas que para un experto en la materia son alternativas obvias para obtener un resultado equivalente al protegido en la patente, se encuentran incluidas en su ámbito de protección. La creación de una empresa dedicada a la gestión de derechos de propiedad intelectual para la elaboración de resúmenes de prensa es una cooperación lícita de acuerdo con el artículo 3 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, y debe someterse al régimen de autoevaluación de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia. Las actuaciones aisladas no entrañan un uso continuado de la marca ni la venta de productos distintos a los servicios para los cuales está registrada entrañan su uso efectivo. El riesgo inminente de vulneración en las medidas anticipatorias del fallo ha de valorarse objetivamente, atendiendo al comportamiento del demandado y no a su intención, elemento subjetivo imposible de conocer. La obtención de la autorización de comercialización de medicamentos genéricos debe incluirse dentro de la «cláusula Bolar», que al ser una mera especificación de la excepción permite su aplicación retroactiva.

Citations:

Headnotes:

Bienes
      Propiedad
           Propiedades especiales
                Propiedad intelectual
Propiedad intelectual EMENTA: AGRAVO DE INSTRUMENTO
      EFEITO SUSPENSIVO
           IRRECORRIBILIDADE
                AGRAVO INTERNO
                     EMBARGOS INFRINGENTES
                          ADMINISTRATIVO
                               REEXAME NECESSÁRIO
                                    TRIBUTÁRIO
                                         APELAÇÃO CIVEL
                                              AÇÃO DE COBRANÇA
                                                   PROCESSUAL CIVIL
                                                        EMBARGOS DE DECLARAÇÃO EM APELAÇÃO
                                                             CIVIL E PROCESSUAL CIVIL
                                                                  AGRAVO DE INSTRUMENTO
                                                                       PROCESSO CIVIL
                                                                            A??O ORDIN?RIA DE REVIS?O DE CL?USULAS CONTRATUAIS
                                                                                 MEDIDA LIMINAR
                                                                                      PARCELAS MENSAIS
Derecho de la competencia económica
      Competencia económica desleal

Extract:

Propiedad Intelectual, Industrial y Competencia Desleal

1 · Jurisprudencia.

El TJCE declara que el Reino de España no transpuso la Directiva 2001/84/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2001, relativa al derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original, en el plazo establecido.[Unión Europea].

Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 31 de enero de 2008 (as. C-32/07). El TJCE declara el incumplimiento del Reino de España de las obligaciones establecidas en la Directiva 2001/84/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2001, relativa al derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original, por no haber adoptado, dentro del plazo señalado al efecto (que finalizó el día 1 de enero de 2006), todas las disposiciones legales, reglamentarias, y administrativas necesarias para ajustarse a dicha directiva. Asimismo condena en costas al Reino de España.

No puede tenerse en cuenta el imperativo de disponibilidad para apreciar el alcance del derecho exclusivo del titular de una marca, salvo en la medida en que sea aplicable la limitación de los efectos de la marca, definida en el artículo 6, apartado 1, letra b), de dicha Directiva.

Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 10 de abril de 2008 en el asunto Adidas (as. C-102/2007).Esta sentencia trae causa de una petición de decisión prejudicial formulada por el Hoge Raad der Nederlanden (Tribunal Supremo de los Países Bajos), en relación con la interpretación del ar...



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