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Reglamento Interno de la Reunión de Ministros del Interior del Mercosur, de la República de Bolivia y de la República de Chile , of December 15, 2000
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 39/00
REGLAMENTO INTERNODE LA REUNIÓN DE MINISTROS DEL INTERIOR DEL MERCOSUR, DE LA REPÚBLICA DEBOLIVIA Y DE LA REPÚBLICA DE CHILEVISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 7/96, 14/96, 12/97,13/99 y 23/00 del Consejo del Mercado Común y el Acuerdo N° 18/00 de la Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR, Bolivia y Chile.CONSIDERANDO:Que es voluntad de los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile acordar soluciones jurídicas para el fortalecimiento del proceso de integración.Que estiman como necesaria la garantía del orden y la continuidad deseable mediante la elaboración de un único instrumento que recoja e incorpore los procedimientos de trabajo desarrollados hasta el presente Acuerdo.Que la Reunión de Ministros del Interior alcanzó un Acuerdo sobre el Reglamento Interno de la Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile.EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚNDECIDE:Art. 1 - Aprobar el "Reglamento Interno de la Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR, de la República de Bolivia y de la República de Chile”, en las versiones en español y portugués, que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.Art. 2 - De...See the full content of this document
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