Anales de la Abogacía General del Estado - Nbr. 2004, January 2006
Rafael Domínguez Olivera - Abogado del Estado-Jefe en el Ministerio de Fomento
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El informe versa sobre la interpretación del artículo 86 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en particular a los efectos de apreciar la existencia de un grupo de empresas y la consiguiente presunción de temeridad de las ofertas presentadas por las empresas que lo integran.

Interpretación del artículo 86 del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
Informe elaborado el 1 de septiembre de 2004 por don Rafael Domínguez Olivera, Abogado del Estado-Jefe en el Ministerio de Fomento.
La Abogacía del Estado ha examinado su petición de informe sobre si «DD, S. A.», y «VV, S. A.», forman un grupo de empresas a los efectos de apreciar la temeridad de las ofertas presentadas al concurso convocado por el Ministerio de Fomento para las obras «Autovía M (clave 12-Z-3350)». Los antecedentes del caso pueden sintetizarse del siguiente modo: 1. A la licitación del referido contrato han concurrido, entre otras, las empresas «DD, S. A.», y «VV, S. A.». 2. De acuerdo con lo exigido en la cláusula V.5.8 del pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el concurso, las citadas empresas presentaron una «declaración sobre el grupo empresarial» en la que se hace constar por cada una de ellas lo siguiente: a) «DD, S. A.», que «pertenece al grupo de empresas denominado X». b) «VV, S. A.», que «está participada por X en un 99,99 por 100 de su capita...Try vLex for FREE for 3 days
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