Introducción. Los orígenes

El sistema jurídico ático clásico (2008)

Juan Palao Herrero
Section: Sumario
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Summary:

1. Por qué estudiamos el modelo ático - 2. Los rasgos "espirituales" del sistema ático - 3. El ordenamiento ático en relación con los demás ordenamientos griegos - 4. La transmisión cultural del derecho de atenas - 5. Origen tradicional del ordenamiento jurídico ateniense - 6. Justificación de la exposición histórica - 7. El proceso prehomérico - 8. Los tribunales prehoméricos

Headnotes:

Extract:

Introducción. Los orígenes

1. Por Qué Estudiamos El Modelo Ático

Muchos de nosotros -habitantes de países de Europa Continental- creemos que, si intentamos rememorar las raíces de nuestra cultura, siempre tropezaremos con el legado de Grecia. Estamos equivocados. En un campo -tan social, y tan vital- como el del derecho, nuestras nociones culturales se detendrán, casi inexorablemente, en el sólido edificio romano-bizantino.

¿Está justificada esta ignorancia? ¿Es que los pueblos de Grecia clásica, por excepción, nada aportaron al campo del derecho? ¿O fue tan nimio su esfuerzo que no vale la pena recordarlo?

Con tal que queramos saber un poco sobre la historia del más conspicuo de esos pueblos, el ateniense, nos enteraremos, fácilmente, que la actividad jurisdiccional era la ocupación comunal y característica de esa ciudad griega, y que los textos estantes no son escasos.

Veremos, también, que en la organización jurisdiccional ática participaban todos los habitantes varones, mayores de treinta años, de esa bella región de Grecia, que juzgar era la ocupación propia de todo ciudadano, que fueron los atenienses la primera comunidad política que estableció procesos jurisdiccionales regulares1 y que a ellos se les atribuye el nacimiento del derecho y de las leyes, y el origen de su divulgación por toda la Tierra2.

Y, cuando profundicemos un poco más en su estudio, llegaremos, sin duda, a la conclusión de que a las tres preguntas formula- das, ha de darse, rotundamente, respuesta negativa: el olvido de las aportaciones helénicas al campo del derecho proviene de las diferencias profundas entre la cultura clásica griega y la cultura occidental.

Sin adentrarnos es una cuestión que no es propia de este libro, la cultura clásica griega es antropocéntrica. Hasta la religión es antropocéntrica. Cuando un literato práctica la homosexualidad, no busca la aprobación divina, sino que inventa el mito de Zeus y Ganímedes. Y ya, el padre de los dioses, tiene la aprobación del hombre. Ello, al contrario de lo que se ha pretendido, revela un rechazo profundo de todo límite derivado de una idea religiosa; sólo las practicas o los ritos, que embellecen la vida de los hombres y les consuelan, tienen valor.

El hombre clásico griego que realiza su ideal está contento de ser y de vivir y es "la medida de todas las cosas". Por ello, proyecta su imagen en todo. Mientras que el hombre occidental, el hombre faústico sociocéntrico, ...



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