Anuario de Derecho Civil - Nbr. LIV-3, July 2001
Aníbal Sánchez Andrés - Catedrático de Derecho Mercantil Universidad Autónoma de Madrid
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/ius-publicum-privatum-corporativo-380310
Id. vLex: VLEX-380310
Acceda a este documento
y pruebe vLex GRATIS durante 3 días

Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se aprueba el Código de Comercio. - Artículos 784 , 786
Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. - Artículos 10 , 123 , 141
Ius publicum-Ius privatum. Gobierno corporativo y mercado de valores. (Una lección.)
Ius publicum-Ius privatum. Gobierno corporativo y mercado de valores. (Una lección.) *
I El tema que se me ha encomendado desarrollar se titula «Las Sociedades de Capital y el Mercado de Valores». Por razones obvias limitaré mi intervención a la sociedad anónima. Primero de todo, porque es la forma jurídica que revisten las empresas que nutren nuestro «listín» de cotización; y, en segundo lugar, porque, no obstante la discusión doctrinal sobre el carácter personalista o capitalista de la sociedad de responsabilidad limitada, es cosa sabida que la auténtica y más importante «limitación» de esta última forma social ha sido tradicionalmente el acceso al crédito bancario (sólo posible mediante garantías reales o la personal de los socios), estando igualmente impedidas dichas compañías del acceso a la financiación directa del público, en principio por la prohibición legal de que sus participaciones se configuren como valores mobiliarios, y también porque, con posterioridad, fueron igualmente excluidas ministerio legis de la posibilidad de emitir obligaciones o garantizar tales empréstitos (Adicional Tercera LSRL de 23 de marzo de 1995). Aun con esa restricción, el tema que se nos ha confiado resulta extraordinariamente difícil de plantear, por razones múltiples. La primera de contenido, ya que la materia que debemos analizar coincide, en cierto, modo con la suma de todas las atribuidas a los restantes conferenciantes. La segunda de enfoque, porque, al relacionar la sociedad anónima con el mercado de valores, lo que aparece es el estatuto de las sociedades cotizadas, que corresponde estudiar a mi compañero Ángel Rojo. La tercera y última, porque, aun sin esas concomitancias o superposición de enfoques y objetivos, el tema se las trae -dicho sea en lenguaje coloquial- y constituye no un mundo, sino varios mundos, por cierto imposibles de abordar con seriedad (que es como a mi me gusta hacer las cosas) en esta modesta introducción. De manera que, puesto a considerar que es lo que yo debería decirles a ustedes en esta ocasión, se me han ocurrido diferentes alternativas, con las que me propongo hacer seguidamente un cóctel o mix que supongo será capaz por lo menos de ayudar en el coloquio; lo que sin duda importa mucho más para el aprovechamiento de un curso dirigido a profesionales del foro. Añadiré, suplementariamente, que yo he dedicado al asunto que aquí nos reúne varias publicaciones distintas en época reciente, que inmediatamente recordaré en parte; lo que advierto, por si alguien quiere profundizar en mayor grado sobre el tema. Pero además creo que está sin explicar, de modo absoluto entre nosostros y parcialmente en el extranjero, el origen y significado de ...Try vLex for FREE for 3 days
Access legal information from Spain including:
Try vLex without any commitment for 3 days and see why you need it.
3
days of Free Access
If you are already a vLex customer, Access Here