Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Codigos y Normas Refundidas

Última modificación 18/09/2009
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Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

  Texto desarrollado por el Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
  EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
  TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
    CAPÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación
    CAPÍTULO II. Patrimonio de las Administraciones públicas
    CAPÍTULO III. Patrimonio del Estado
  TÍTULO I. Adquisición de bienes y derechos
    CAPÍTULO ÚNICO
  TÍTULO II. Protección y defensa del patrimonio
    CAPÍTULO I. De la obligación de proteger y defender el patrimonio
    CAPÍTULO II. De las limitaciones a la disponibilidad de los bienes y derechos
    CAPÍTULO III. Del inventario patrimonial
    CAPÍTULO IV. Del régimen registral
    CAPÍTULO V. De las facultades y prerrogativas para la defensa de los patrimonios públicos
      SECCIÓN 1ª. Normas Generales.
      SECCIÓN 2ª. De la investigación de bienes y derechos.
      SECCIÓN 3ª. Del deslinde.
      SECCIÓN 4ª. De la recuperación de la posesión de los bienes y derechos del patrimonio.
      SECCIÓN 5ª. Del desahucio administrativo.
    CAPÍTULO VI. De la cooperación en la defensa de los patrimonios públicos.
  TÍTULO III. De los bienes y derechos públicos
    CAPÍTULO I. Afectación, desafectación y mutación de destino de los bienes y derechos.
    CAPÍTULO II. Adscripción y desadscripción de bienes y derechos
    CAPÍTULO III. Incorporación al patrimonio de la Administración General del Estado de bienes de los organismos públicos
    CAPÍTULO IV. Publicidad del tráfico jurídico de los bienes y derechos
  TÍTULO IV. Uso y explotación de los bienes y derechos
    CAPÍTULO I. Utilización de los bienes y derechos de dominio público
      SECCIÓN 1ª. Disposición general
      SECCIÓN 2ª. Utilización de los bienes destinados al uso general.
      SECCIÓN 3ª. Utilización de los bienes y derechos destinados a un servicio público.
      SECCIÓN 4ª. Autorizaciones y concesiones demaniales.
    CAPÍTULO II. Aprovechamiento y explotación de los bienes y derechos patrimoniales
  TÍTULO V. Gestión patrimonial
    CAPÍTULO I. Disposiciones generales
    CAPÍTULO II. Adquisiciones a título oneroso
    CAPÍTULO III. Arrendamiento de inmuebles
    CAPÍTULO IV. Conservación de los bienes
    CAPÍTULO V. Enajenación y gravamen
      SECCIÓN 1ª. Normas generales.
      SECCIÓN 2ª. Enajenación de inmuebles.
      SECCIÓN 3ª. Enajenación de muebles.
      SECCIÓN 4ª. Enajenación de derechos de propiedad incorporal.
      SECCIÓN 5ª. Cesión gratuita de bienes o derechos.
      SECCIÓN 6ª. Gravamen de los bienes y derechos.
    CAPÍTULO VI. Permuta de bienes y derechos
  TÍTULO VI. Coordinación y optimización de la utilización de los edificios administrativos
    CAPÍTULO I. Normas generales
    CAPÍTULO II. Órganos de coordinación
    CAPÍTULO III. Actuaciones de optimización
  TÍTULO VII. Patrimonio empresarial de la Administración General del Estado
    CAPÍTULO I. Disposiciones generales
    CAPÍTULO II. Disposiciones especiales para las sociedades a que se refiere el artículo 166.2 de esta ley
  TÍTULO VIII. Relaciones interadministrativas
    CAPÍTULO I. Normas generales
    CAPÍTULO II. Convenios entre Administraciones públicas
    CAPÍTULO III. Régimen urbanístico y gestión de los bienes públicos
  TÍTULO IX. Régimen sancionador
    CAPÍTULO I. Infracciones y sanciones
    CAPÍTULO II. Normas procedimentales
  DISPOSICIÓN ADICIONAL.
    PRIMERA. Régimen patrimonial de los órganos constitucionales del Estado.
    SEGUNDA. Régimen jurídico del Patrimonio Sindical Acumulado.
    TERCERA. Régimen jurídico del Patrimonio de la Seguridad Social.
    CUARTA. Régimen jurídico del Patrimonio Nacional.
    QUINTA. Régimen patrimonial de determinados organismos públicos.
    SEXTA. Régimen patrimonial del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.
    SÉPTIMA. Bienes afectados al Ministerio de Defensa y Fuerzas Armadas.
    OCTAVA. Bienes afectados al Ministerio del Interior.
    NOVENA. Comisión de Coordinación Financiera de Actuaciones Inmobiliarias y Patrimoniales.
    DÉCIMA. Régimen jurídico de la 'Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, Sociedad Anónima'.
    UNDÉCIMA. Actualización de cuantías.
    DUODÉCIMA. Subrogación del usuario a efectos de contratos de seguro y responsabilidad civil.
    DECIMOTERCERA. Viviendas oficiales.
    DECIMOCUARTA. Bienes del Patrimonio Histórico Español.
    DECIMOQUINTA. Sistemas especiales de gestión.
    DECIMOSEXTA. Informes de la Dirección General del Patrimonio del Estado.
    DECIMOSÉPTIMA. Bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.
    DECIMOCTAVA. Gestión de la cartera de inversiones financieras y materiales de determinados organismos públicos.
    DECIMONOVENA. Gestión del Patrimonio de la Vivienda.
    VIGÉSIMA. Régimen patrimonial de SEPES.
    VIGÉSIMA PRIMERA. Bienes de determinadas entidades públicas.
    VIGÉSIMA SEGUNDA. Régimen de incorporación de bienes en determinados organismos públicos.
  DISPOSICIÓN TRANSITORIA.
    PRIMERA. Régimen transitorio de las concesiones demaniales vigentes.
    SEGUNDA. Aplicabilidad del artículo 21.4 de esta ley a donaciones efectuadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley.
    TERCERA. Régimen transitorio de los expedientes patrimoniales.
    CUARTA. Régimen transitorio de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales.
    QUINTA. Inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes demaniales.
  DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación normativa.
  DISPOSICIÓN FINAL.
    PRIMERA. Modificación de los artículos 48 y 56 y disposición adicional duodécima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
    SEGUNDA. Títulos competenciales.
    TERCERA. Carácter básico de las normas de desarrollo.
    CUARTA. Competencias de gestión de los bienes de dominio público.
    QUINTA. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
    SEXTA. Entrada en vigor.



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BOE. Boletín Oficial del Estado, November 04, 2003 Nbr. 264

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